El subsidio para empleadas de hogar durante el coronavirus
El gobierno acaba de aprobar las condiciones para solicitar el subsidio extraordinario para personas empleadas del hogar. Recordemos que ya se establecía la posibilidad de obtener este subsidio, lo que ocurre es que hasta ahora no se podía solicitar, ni se sabían cuales eran las condiciones.
Vamos a ver su regulación:
Contenido
REQUISITOS
– Es necesario como paso previo para poder solicitar este subsidio que la persona solicitante estuviera de alta en el Sistema Especial de Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social antes de la entrada en vigor del estado de alarma, es decir, antes del 14 de marzo de 2020.
– Que hayan dejado de prestar servicios, total o parcialmente, con carácter temporal, por causas ajenas a su voluntad, en uno o varios domicilios con motivo de la crisis del coronavirus.
– Que se haya extinguido su contrato de trabajo por causas ajenas a la voluntad de la persona trabajadora y esta extinción se debe a la crisis sanitaria del COVID-19.
– Que los hechos causantes se hayan producido con posterioridad al 14 de marzo de 2020, es decir, que la pérdida total o parcial del empleo sean posteriores al 14 de marzo, porque si han sido antes no se tendrá derecho a percibir el subsidio.
DÓNDE SE PUEDE PRESENTAR LA SOLICITUD
– En las oficinas de correos
– En cualquier oficina de asistencia en materia de registros
– En unos días en el registro de la Administración General del Estado y en la sede electrónica del SEPE
PLAZO
Desde el 5 de mayo y hasta 1 mes después de la finalización del estado de alarma
MODELO DE SOLICITUD
Es necesario presentar el modelo de solicitud, la declaración responsable del empleador, fotocopia del DNI o equivalente de la persona trabajadora y de todos los empleadores y carta de despido, comunicación de desistimiento de la persona empleadora o documentación de baja en la Seguridad Social
Modelo Solicitud SEEH_R
CUANTÍA
La cuantía será el resultado de aplicar a la base reguladora que tuviera la persona el porcentaje del 70%.
(La base reguladora diaria será la base de cotización del empleado de hogar del mes anterior dividida entre 30)
La cuantía resultante no podrá ser superior al SMI, esto es 950 € / mes
DURACIÓN
La duración del subsidio se extenderá desde la fecha del nacimiento del derecho hasta el último día de vigencia del estado de alarma. Hay que tener en cuenta que el importe del subsidio sumados a otros ingresos que pueda tener la persona solicitante y que sean compatibles no pueden superar el SMI, que es de 950 € / mes.
PAGO
El pago se hará por periodos mensuales desde el nacimiento del derecho hasta la finalización del estado de alarma
Se abona los días 10 de cada mes en la cuenta bancaria del solicitante
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Gracias