¿En qué consiste la jubilación parcial?
En el artículo de hoy voy a explicar en qué consiste la jubilación parcial, y los requisitos que tiene que reunir la persona para poder acceder a ella y que te paso a enumerar a continuación.
Básicamente esta jubilación lo que permite es cobrar la misma y además realizar un trabajo como te voy a explicar.
Al final del artículo te cuento algunos cosas interesantes como por ejemplo con qué es compatible o incompatible este tipo de jubilación
Venga empezamos
Contenido
Requisitos
Para acogerse a la jubilación parcial es necesario cumplir lo siguiente:
Con carácter previo el solicitante tiene que haber cumplido los 60 años, simultanearlo con un contrato de trabajo a tiempo parcial que puede estar vinculado o no a un contrato de relevo celebrado con un trabajador en situación de desempleo o que tenga concertada con la empresa un contrato de duración determinada. Además se tiene que tener derecho a la pensión de jubilación contributiva.
Los requisitos propiamente dichos son:
- Cumplir con la edad ordinaria de jubilación
- Puede estar contratado a jornada completa o parcial
- La reducción de la jornada de trabajo podrá consistir entre un 25% a un 50% o al 75% si se le aplica la Ley 27/2011
- El período mínimo de cotización debe ser de 15 años, de los cuales 2 deberán estar incluidos dentro de los 15 años anteriores al hecho causante de la jubilación.
- No se exige antigüedad en la empresa
- Tampoco se exige contrato de relevo (sobre esta figura hablaré en otro artículo de forma más detallada)
Cuál es la cuantía de la pensión
Para saber la cuantía de la pensión que le corresponderá al trabajador se aplicará un porcentaje de reducción a la pensión que le correspondería de acuerdo con el total de los años cotizados.
Cuál es el hecho causante
El hecho causante de esta prestación es el día del cese en la jornada de trabajo que viniera realizando con anterioridad siempre que en dicha fecha se hubiera celebrado el contrato a tiempo parcial o el de relevo en su caso
Cuándo se producen efectos económicos
El día siguiente del hecho causante, siempre que en dicha fecha haya entrado en vigor el contrato a tiempo parcial o, en su caso, el de relevo, y la solicitud se presenta 3 meses antes o después de la fecha del hecho causante
Compatibilidades de la jubilación parcial
La pensión de jubilación parcial es compatible con el trabajo a tiempo parcial en la empresa, y en su caso, otros trabajos a tiempo parcial que realizara con anterioridad, pero siempre que no se aumente la duración de su jornada, ya que en este caso la pensión de jubilación parcial se suspende
De igual forma si se cesa en los trabajos que se venían desarrollando con anterioridad a la jubilación parcial y se concierta un nuevo trabajo a tiempo parcial una vez concedida la jubilación parcial, será compatible siempre que este nuevo trabajo no aumente la duración de la jornada que realizaba hasta entonces, porque en caso contrario al igual que el supuesto anterior la prestación de jubilación parcial se suspende.
Finalmente, es también compatible con la pensión de viudedad, prestación de desempleo, y otras prestaciones sustitutorias de las retribuciones que le correspondieran por trabajos a tiempo parcial
Incompatibilidades de la jubilación parcial
Debes de saber que la pensión de jubilación parcial es incompatible con la pensión de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
También lo será con la pensión de incapacidad permanente total para el trabajo que se preste en virtud del contrato que dio lugar a la jubilación parcial
Y también con la pensión de jubilación que pudiera corresponder por otra actividad distinta a la realizada en el contrato a tiempo parcial.
Cuándo se extingue
-Por fallecimiento del pensionista
-Reconocimiento de la jubilación ordinaria o anticipada
-Reconocimiento de una incapacidad permanente declarada incompatible
-La extinción del contrato de trabajo a tiempo parcial realizado por el jubilado parcial salvo que se tenga derecho a desempleo o a otras prestaciones sustitutorias percibidas en aquel, en cuyo caso, la extinción de la jubilación parcial se producirá en la fecha de extinción de las mismas.
Obligaciones de la empresa
Finalmente nos vamos a referir a las obligaciones de la empresa en relación a los contratos y son las siguientes:
Si durante la vigencia del contrato de relevo, antes de que el trabajador sustituido alcance la edad ordinaria o anticipada de jubilación se produjera el cese del trabajador relevista, el empresario:
-Deberá sustituirlo por otro trabajador desempleado
-Concertar un nuevo contrato de relevo en el plazo de 15 días
Y la jornada de trabajo a realizar será como mínimo la misma que venía desarrollando el trabajador en el momento de su cese.
Si el trabajador jubilado parcialmente fuera despedido improcedentemente antes de alcanzar la edad que permite la jubilación ordinaria o anticipada y no se produce su admisión:
-Deberá ofrecer al trabajador relevista la ampliación de su jornada de trabajo
Si la ampliación de jornada no fuera aceptada, deberá contratar a un nuevo desempleado o al que tuviera contratado con la empresa un contrato de duración determinado y ofrecerle un contrato de relevo
Si el empresario incumpliera las obligaciones anteriores deberá abonar a la entidad gestora que corresponda el importe de la prestación de jubilación parcial devengado hasta la extinción del contrato hasta que el jubilado parcial acceda a la pensión de jubilación ordinaria o anticipada
Solicitudes
El modelo de la solicitud se presentará ante la Entidad gestora que corresponda, o el INSS, o el Instituto Social de la Marina si se trata de trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar
Formulario:
formulario_jubilación
Se presentará con una antelación máxima de 3 meses
En caso de que no reuniera algún requisito o documento, se le notificará esta circunstancia para que alegue lo que estime oportuno en el plazo de 10 días antes de dictar resolución.
Es muy importante destacar que para que proceda la concesión de esta pensión, se hace necesaria con carácter previo, la formalización del correspondiente contrato a tiempo parcial, o el de relevo en su caso.
Si quieres saber más sobre la pensión de jubilación contributiva pincha aquí, o si quieres saber con qué edad te podrás jubilar pincha aquí.
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