Nuevas medidas en materia de igualdad y Seguridad Social aprobadas por el Gobierno
Se acaba de publicar en el BOE el Real Decreto-Ley 6/2019, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
Polémicas aparte vamos a desgranar lo más destacado de esta normativa, que recordemos necesitará ser convalidada por la Diputación Permanente en el plazo de 30 días
Creación de planes de igualdad en empresas de 50 o más trabajadores
Hasta ahora los planes de igualdad debían ser realizados por empresas que contaran con más de 250 trabajadores, con esta modificación la obligación empieza para empresas que tengan más de 50 trabajadores.
Aunque se establece un periodo paulatino para su efectiva realización de 1 año para empresas de más de 150 trabajadores, 2 años para empresas de más de 100 trabajadores y 3 años para más de 50 trabajadores
La consecuencia de no cumplir con esta obligación es que se considerará infracción grave, sancionada con multas que van desde 626 € a 6.250 €
Obligación de la empresa de llevar un registro de salarios
Se impone la obligación para los empresarios de llevar un registro con los valores medios de los salarios, complementos salariales, extrasalariales, desagregados por sexos y distribuidos por grupos profesionales categorías o puestos de trabajo.
Los trabajadores tendrán el derecho a acceder a esos registros a través de la representación legal de los trabajadores. Lo que no se dice es cómo se articula este derecho en empresas que no tengan representantes de los trabajadores.
Por último en relación a esta medida se establece que cuando en una empresa con al menos 50 trabajadores el promedio de retribuciones de un sexo sea superior en un 25% o más respecto a los del otro, la empresa deberá incluir en el registro la justificación de esa medida y que obedece a motivos no relacionados con el sexo de sus trabajadores.
Tampoco se dice sobre qué fechas hay que contar ese salario promedio, ¿semestral?, ¿anual?, ¿trimestral?
Cambio de nombre a la prestación por maternidad
Ya no se le llama maternidad sino prestación por nacimiento y cuidado de menor
Nueva prestación: cuidado del lactante
Se crea una nueva prestación llamada ejercicio corresponsable del cuidado del lactante
Se pretende proteger la reducción de la jornada de trabajo en media hora, que lleven a cabo los dos progenitores, adoptantes, guardadores con fines de adopción o acogedores con carácter permanente, en el caso de que ambos trabajen para el cuidado del lactante cuando cumpla 9 meses y hasta los 12 meses.
Si los dos progenitores reúnen los requisitos de esta prestación solo podrá recibirla uno de ellos. Suponemos que podrán decidirlo de mutuo acuerdo.
Y la prestación consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal pero en proporción a la reducción que experimente de la jornada de trabajo.
Se reactivan los convenios especiales de los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia
A partir de 1 de abril de 2019 se reactivan estos convenios para personas en situación de dependencia, que era una medida que mucha gente estaba esperando como agua de mayo.
Y eso es todo, recuerda visitar nuestra sección de noticias regularmente para seguir informado sobre las principales novedades que se producen en materia laboral y de Seguridad Social.