¿Puede mi jefe prohibirme la entrada a la empresa?
En el supuesto de hoy vamos a analizar qué ocurre cuando un trabajador intenta incorporarse a su puesto de trabajo y su jefe no se lo permite, o una vez dentro de la empresa lo expulsa, y posteriormente le comunica que al no haberse incorporado al trabajo lo da de baja por renuncia voluntaria.
El supuesto es bastante diabólico porque primero el empresario lo echa y luego le dice que como no se ha incorporado le tramita la baja voluntaria por renuncia
En este caso, ¿qué puede hacer el trabajador?:
Primero, me gustaría decir, que la oposición del empresario a que un trabajador suyo entre en la empresa, no tiene más razón de ser que intentar echarlo (gratis) buscando la renuncia al puesto de trabajo, ya que para que prosperase este otro supuesto: reiteradas faltas de asistencia al puesto de trabajo, haría falta eso, faltas de asistencia al trabajo, pero no causadas por el empresario, es obvio.
En el caso que comento de reiteradas faltas de asistencia, el despido se calificaría como procedente y la indemnización al trabajador sería de 0€ pero eso será motivo de otro post.
Volviendo a nuestro caso, si estás leyendo esto, y te encuentras en el caso de que tu jefe no te permite entrar a la empresa, a parte de la situación de angustia y preocupación lógica, te comento lo que yo haría:
– Primero asegurarme que no hay malentendidos ni ordenes de terceros, que sea el jefe el que lisa y llanamente no te permite acudir a tu puesto de trabajo.
– En segundo lugar, una vez que constatamos que lo que va buscando es la renuncia voluntaria, (no da derecho a indemnización ni prestación de desempleo, así que cuidado) tranquilo porque para que la renuncia del trabajador sea legal es necesario estos requisitos:
Los tribunales exigen que la baja voluntaria tiene que desprenderse de forma clara, consciente, deliberada y determinante de no incorporarse al puesto de trabajo.
Además, dependiendo del sector o del contrato, en muchos casos se requiere un preaviso del trabajador de 15 días.
Puede ayudar mucho, sobre todo preparando la demanda de despido improcedente, llamar a un notario y que levante acta de que se le está impidiendo al trabajador acceder a su puesto de trabajo.
Y finalmente, el trabajador tiene 20 días desde que se le impide la entrada al puesto de trabajo para interponer la demanda de despido.
Espero que te sea útil, y si te gusta el artículo lo compartas con tus amigos, igualmente puedes escribirme un correo para comentarme tus dudas.
Gracias
Me niegan el acceso a un bar donde trabaje durante más de un año, alegando que fue orden de la dueña, cuando mi renuncia fue voluntaria (que ellos no tomaron mi decisión personal de muy buena manera, se negaban a dejarme ir, dándome más y más «beneficios» por cuestiones personales, me era muy difícil continuar) ahora me niegan el acceso a dicho lugar donde incluso no me han liquidado y dado mi finiquito.
Hola, si en el caso de los bares, el despido se produce un viernes noche, disciplinario (por faltas de respeto al jefe), VERBAL, pues indica que hasta el lunes el gestor no lo va a redactar por escrito, y voy al día siguiente al trabajo Sabado, me pongo a trabajar y me niego a irme del local. Llaman a la policía y dicen que ellos dejan anotado que me han comunicado el despido y que de ahí, si no se me comunica el despido el lunes podría reclamar?
Pueden obligarme el dueño o la policía a abandonar el restaurante sin el escrito?
Gracias
Hola Hagete
El despido nunca se puede hacer de forma verbal sino por escrito, tu haces bien en acudir al trabajo hasta que no recibas la carta de despido formalmente, si quieren que te den vacaciones hasta el lunes, pero tu obligación es trabajar mientras no te despidan como digo
Hola en mi empresa me estan cambiando de área (administrativa – Horario de Lun a Viernes) a otra (operativa Horario de Lun a Sab inclusive feriados) por el mismo sueldo que percibo en mi anterior área.
Consulta puedo regresar a mi anterior puesto de trabajo es decir a mi anterior área.