¿Puedo viajar al extranjero si cobro un subsidio?
En el artículo de hoy quiero explicar la posibilidad que existe de salir al extranjero y seguir percibiendo un subsidio por desempleo.
Obviamente me refiero a la posibilidad de viajar y que el SEPE no me sancione ni me abra expediente y tenga que devolver el dinero que se cobra por el subsidio. Para el caso de la prestación por desempleo escribí este artículo
Para ello vamos a distinguir dos variables:
- El tiempo que dure la salida al extranjero
- El tipo de subsidio
Cuando nos referimos a subsidios por desempleo a estos efectos se incluyen los siguientes:
- Para mayores de 52 años
- Cotización insuficiente
- Emigrantes retornados
- Subsidio extraordinario por desempleo
- Revisión de incapacidad permanente
- Liberados de prisión
- Agotamiento del paro con responsabilidades familiares
- Agotamiento del paro sin responsabilidades familiares
Y ahora nos referimos a tiempo que estemos fuera de España
Contenido
NO MÁS DE 15 DÍAS
En este supuesto se permite que cualquier persona que esté percibiendo los subsidios mencionados pueda salir de España durante 15 días naturales, no tienen por qué ser seguidos, es decir, se puede viajar, 3, luego 5 días, etc., siempre que el total al año no superen los 15 días naturales.
En este caso, se puede salir al extranjero por cualquier motivo, y el subsidio se mantiene.
Se nos dice siempre que es conveniente que comunique al SEPE la salida al extranjero
Y, ¿Cómo se comunica la salida fuera de España?
Con este formulario que puedes ver desde aquí.
Y muy importante, a la vuelta del extranjero debe presentarse en la oficina de prestaciones en el primer día hábil siguiente al del regreso. Y aunque ahora haya menos citas o sea más difícil acudir a la oficina del SEPE, hay que presentarse allí obligatoriamente, pidiendo cita con antelación, en el caso del que el SEPE no pudiera atenderte el día establecido se comunicará por teléfono contigo.
SUPERIOR A 15 Y HASTA 90
En este caso, si se está percibiendo algún subsidio o la Renta Activa de Inserción y se traslada al extranjero por cualquier motivo.
Volvemos a lo mismo que el caso anterior, no puede superar 15 días y hasta 90 al año, sean continuados o no.
Aquí lo que ocurre es que el subsidio o la RAI se suspende
Y en este caso es necesario comunicar la salida y que el SEPE la autorice.
En caso de que no comuniquemos la salida o lo hagamos, pero el SEPE no lo autorice, el subsidio se extinguirá, así se las gasta el SEPE.
SUPERIOR A 90 DÍAS PARA CUALQUIER COSA MENOS TRABAJAR
Lo que queremos decir es que, si la salida no es para trabajar, buscar trabajo, realizar estudios o acciones de cooperación internacional el subsidio se extingue.
MENOS DE 12 MESES
Si el traslado al extranjero dura menos de 12 meses continuados, y el motivo de la salida es para trabajar, buscar trabajo, realizar estudios o acciones de cooperación internacional, el subsidio de suspende.
Recuerda que es obligatorio en este caso también comunicar al SEPE la salida y que ésta sea autorizada.
MÁS DE 12 MESES
Si el traslado al extranjero dura más de 12 meses continuados, y el motivo de la salida es para trabajar, buscar trabajo, realizar estudios o acciones de cooperación internacional, el subsidio se extingue.
SI SE ESTÁ COBRANDO LA RAI
Si se está cobrando la Renta Activa de Inserción, y se traslada al extranjero para trabajar, buscar trabajo, realizar estudios o acciones de cooperación internacional, si esa salida dura menos de 6 meses continuados la prestación se suspende y si dura más de 6 meses continuados la prestación se extingue
Como en todos los casos es necesario comunicar la salida y que el SEPE lo autorice.
Así pues, podemos ver que el régimen de las salidas al extranjero mientras se cobra un subsidio puede ser un poco farragoso, pero hay que quedarse con dos datos básicamente: qué tipo de subsidio se está percibiendo y cual es la duración de la salida, cuanto más tiempo estemos fuera de España, los requisitos para seguir cobrando el subsidio son mayores y viceversa.
Y también como regla general salvo que vayamos a permanecer fuera de España menos de 15 días al año, es obligatorio comunicar y que el SEPE autorice esa salida, en caso contrario nos abrirán un expediente sancionador que tiene como consecuencia la extinción del subsidio.
Y créeme que el SEPE está vigilante con este tipo de situaciones y tiene perfectamente controlado la salida de las personas del territorio nacional. No es la primera vez que sabiendo que se ha salido de España, por ejemplo, a Marruecos le pide al interesado que acuda al SEPE y adjunte el pasaporte.
Eso es todo, si te ha gustado el artículo me harías un gran favor si lo compartes con tus amigos utilizando los botones sociales más abajo, igualmente puedes escribirme un correo o dejarme un comentario con tus dudas y sugerencias
Saludos
Si estoy cobrando el ingreso mínimo vital y quiero salir al extranjero por una semana debo notificar al SEPE?
Creo que sí es menos de 15 días no sería necesario y tampoco a mi regreso pero no estoy seguro.
Gracias