¿Qué es el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?
El Sistema nacional de Garantía Juvenil se regula en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, denominado «de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia», palabras que pueden sonar muy rimbombantes y siempre cargadas de buenas ideas pero muchas veces vacías de contenido.
En lo que nos interesa y dando respuesta al título del post de hoy voy a analizar la novedad más importante de esta ley, que no es otra cosa que la creación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
¿En qué consiste?
Este Sistema Nacional de Garantía Juvenil tiene como finalidad que el colectivo de jóvenes (a los que en seguida me referiré) puedan recibir una oferta de empleo público, educación continua, formación de aprendiz o período de prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleadas.
¿A quién va dirigido?
A jóvenes mayores de 16 años y menores de 25, y menores de 29 años hasta que la tasa por desempleo se sitúe en menos del 20% entre ambas edades, o menores de 30 años en el caso de personas con discapacidad igual o superior al 33% que cumplan con los requisitos que establece el Real Decreto –ley
¿Hace falta estar apuntado al INEM para formar parte?
No
¿Cuáles son los requisitos?
Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de garantía Juvenil
¿Qué datos hay que incluir en el fichero?
Datos personales, aspectos sociales y económicos relevantes de cara al fichero, la formación recibida, experiencia laboral, inquietudes y preferencias laborales,
¿Cuáles son los requisitos generales para poder inscribirse?
Ser español o ciudadano de la Unión, también los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar, estar empadronado en algún municipio español, tener más de 16 años y menos de 25, o menor de 30 años en el caso de personas con discapacidad igual o superior al 33%, no haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud, no haber recibido acciones educativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, y por último presentar una solicitd expresa de tener interés en participar en el Sistema nacional de Garantía Juvenil
¿Dónde hay que inscribirse?
Parece que sólo se va a poder hacer por vía telemática, con el DNI electrónico o con certificado digital en la sede electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Las personas con riesgo de exclusión social o discapacitadas podrán solicitarlo en cualquier registro de la Administración del Estado o Comunidad Autónoma
¿Qué bonificaciones a la contratación se establecen?
Los empresarios o autónomos que contraten de forma indefinida incluso fijo discontinuo a trabajadores del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, disfrutarán de una bonificación mensual en la aportación empresarial a la Seguridad Social de 300€ durante 6 meses, estando obligado el empresario a mantener al trabajador como mínimo 6 meses. En caso de incumplimiento deberá el empresario devolver la bonificación.
-Es necesario estar al corriente de las cuotas a la Seguridad Social para optar a estas bonificaciones
¿Con qué dinero se financia el Sistema nacional de Garantía Juvenil?
Con el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil, se ha puesto a disposición de España 1.887 millones de euros
Documentos de interés:
– Formulario de solicitud de usuario y contraseña
Y nada más, si te ha gustado el artículo me gustaría que lo compartieras con tus amigos usando los botones sociales, igualmente puedes dejarme un comentario o escribirme un email con tus dudas.
Gracias