¿Qué son las enfermedades profesionales?
Mucha gente me pregunta si su enfermedad puede ser calificada como profesional, y la respuesta que le doy es siempre la misma: para que la enfermedad en cuestión pueda considerarse profesional debe así venir especificada en el listado de enfermedades profesionales que se establecen al efecto en un Real Decreto que aprobó el gobierno en 2006.
Y ampliando un poco más, para que esa enfermedad sea calificada como profesional es necesario que haya sido contraída como consecuencia del trabajo por cuenta ajena o propia además de estar incluida en el listado oficial porque el trabajador ha estado o está expuesto a alguna sustancia de las que se mencionan en el listado. Aunque para algunas enfermedades profesionales según el propio listado no es necesario que obligatoriamente se cumplan los 3 requisitos
¿Qué ocurre si no se cumplen esos requisitos?
Pues que la Mutua que es la que paga en caso de enfermedad profesional, dirá que el trabajador tiene una enfermedad común y el trabajador cobrará menos y que pague la entidad gestora.
¿Quién decide si mi enfermedad es profesional?
La Entidad Gestora, sin perjuicio de que sea la Mutua como encargada de proteger las contingencias profesionales la que elaborará el parte de baja como enfermedad profesional del trabajador.
Es posible que sean los médicos de atención primaria los que si sospechan que el trabajador puede padecer una enfermedad profesional lo ponga en conocimiento a la entidad gestora correspondiente.
Si la Mutua considera que la enfermedad no es profesional y el trabajador no está de acuerdo siempre puede impugnar esa decisión mediante reclamación previa.
¿Cómo se clasifican las enfermedades profesionales?
A grandes rasgos se clasifican en los siguientes grupos:
-Causadas por Agentes Químicos
-Causadas por Agentes Físicos
-Causadas por agentes Biológicos
-Por inhalación de sustancias y agentes no incluidas anteriormente
-De la piel causadas por sustancias y agentes no incluidas anteriormente
-Causadas por Agentes Carcinógenos. Cánceres y degeneraciones.
¿Cuál es el tiempo de baja máxima por Enfermedad profesional?
Igual que para la incapacidad temporal por enfermedad común 365 días prorrogables por otros 180 días más. Con la novedad de que existe un periodo de observación de 6 meses prorrogables por otros 6 meses más cuando sea necesario el estudio y observación de la enfermedad.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar la prestación por enfermedad profesional?
-Estar afiliado, en alta o asimilada al alta.
-No es necesario periodo de cotización previo
¿Desde cuándo y cuánto se cobra?
Desde el día siguiente a la baja y se cobra el 75% de la base reguladora que deberá abonar el INSS o la Mutua dependiendo de si la empresa ha asegurado las contingencias profesionales con una Mutua o no.
También es posible que el convenio colectivo de la empresa tenga prevista algún tipo de mejora durante este proceso de enfermedad profesional.
Anexo donde figuran el cuadro de enfermedades profesionales (final del documento)
Extra:
El cuadro de enfermedades profesionales se va actualizando constantemente, como ejemplo se acaba de incluir como enfermedad profesional el cáncer de laringe por inhalación de amianto
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Saludos
Buenas tardes, estoy de baja por accidente laboral, me pagan el 75% del salario aunque mi convenio especifica que sea el 100% del salario desde el primer día de accidente, mi pregunta es, puede la empresa pagarme solo el 75% aunque el convenio diga que me tiene que pagar el 100 muchas gracias
Muchas gracias Javier.
Javier, una duda más y ya no le molesto más: si consigo que me lo incluya como enfermedad profesional, ¿la Seguridad Social puede operarme la rodilla o tendré que hacerlo con el facultativo y clinica que imponga la Mutua? Gracias y perdone.
Hola de nuevo,
En caso de enfermedades profesionales la Mutua es la que se encarga de la asistencia sanitaria del trabajador, pero hasta donde yo sé nadie te puede obligar a operarte en este u otro sitio, si tu consideras que es más seguro por la seguridad social la mutua no te puede obligar a hacer lo contrario.
Saludos