¿Quién paga la baja después de un año?
En el artículo de hoy vamos a explicar la problemática con la que se encuentra mucha gente después de estar 1 año de baja, que no saben quién les va a pagar la baja y cuánto.
En primer lugar, tienes que saber que un trabajador puede estar de baja médica como mucho 365 días prorrogables por otros 180 días más cuando se presuma que durante dicho plazo pueda ser dado de alta por curación.
Así que la regla general es que la baja dura 365 días, y solo en caso de que así se decida puede durar otros 180 días más.
Y, ¿Quién decide esto?
La Inspección Médica, este órgano obligatoriamente se pondrá en contacto con el trabajador que llegue a 365 días de baja por IT para que pase revisión y así decidir si le prorroga la baja.
Llegados a este punto es conveniente recordar que el Inspector podrá hacer 3 cosas:
- Prorrogar la baja 180 días más
- Dar de alta al trabajador
- Determinar que se inicie un expediente de incapacidad permanente
Por lo que hoy nos interesa nos vamos a centrar en prorrogar la baja 180 días más.
Características de esta prórroga de la baja médica 180 días más.
-Ya no se emiten más partes de confirmación de baja médica por el INSS
-Será el INSS el que tome el mando, si se puede decir así, sobre la baja médica, sobre las comunicaciones que haya que hacer a la empresa o la mutua en su caso.
-Me imagino que sabrás que hasta ese momento existía la obligación de las empresas de abonar la baja médica en pago delegado, pues bien, esta obligación consiste en lo sigueinte:
-Aunque el pago delegado finaliza cuando se concede la prórroga del subsidio por IT por 180 días más, la empresa continúa cotizando por la cuota que le corresponda del trabajador.
-En la notificación por la que se le concede la prórroga vendrá indicado quién es el responsable del pago del subsidio, que será el INSS o la Mutua.
– La cuantía que percibe es la siguiente:
- Desde el día 4 de la baja hasta el 20 el 60% de la base reguladora
- Desde el día 21 en adelante el 75% de la base reguladora
Por tanto, a partir de 365 días de baja se sigue percibiendo el 75% de la base reguladora que se viniera percibiendo, y será el INSS o la mutua la responsable del abono del mismo.
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Saludos
Hola .Ha sido de mucha utilidad el haber despejado mis dudas respecto a la baja laboral x accidente de trabajo. Mil gracias.
Un cordial saludo.
Buenas tardes: Llevo más de 1 año de baja, cobrando el 100% pues trabajo en Ibsaut en Baleares.Cumplía el año el 12 de febrero e incluido este mes he cobrado el 100% y al cobrar el mes de marzo he percibido el 50%.Me aviso el médico que pasaría al IISS y recibí un SMS que indicaba la prórroga de los 180 días, pero ningún aviso por escrito, ni que me presentara en ningún lugar. Todo esto no lo entiendo en absoluto.Agradecería alguna aclaración.Atentamente , un saludo.
Buenas noches. Si cumplido el año de baja pasa 1 mes y todavía no me han llamado de la inspección quien me paga ese mes?