¿Si me vuelvo a casar pierdo la pensión de viudedad?
Hoy me gustaría plantearos qué ocurre si una persona que está cobrando la pensión de viudedad decidiera (por alguna circunstancia) casarse otra vez, ¿perdería la pensión de viudedad?, ¿la mantiene? ¿qué ocurre?.
Bien, con carácter previo me gustaría explicarte muy rápidamente los requisitos generales para poder acceder a la pensión de viudedad, y son dos, los que debe cumplir la persona que fallece y los que debe cumplir el que sobrevive y quiere cobrar la pensión.
Después abordaremos la cuestión objeto de este artículo
Requisitos de la persona fallecida
Es necesario que estuviera afiliado, en situación de alta o asimilada en alta y acreditar un periodo de cotización
-Si ha fallecido por enfermedad común, acreditar 500 días en los 5 años anteriores al accidente
-Si ha fallecido por accidente no se exige período de cotización.
-Si no estaba en situación de alta o asimilada tenía que tener cotizados 15 años en su documento de vida laboral
Requisitos del que quiere cobrar la pensión:
Existen tres tipos de situaciones para que una persona pueda ser beneficiario de la pensión de viudedad
-El cónyuge que sobrevive
-El separado judicialmente o divorciado
-El sobreviviente de una pareja de hecho
Muy brevemente, te hago un pequeño resumen de cada una:
:arrow: Si se trata del cónyuge que sobrevive debe ocurrir que:
-Existan hijos comunes, ó
-Que el matrimonio se hubiera celebrado 2 años antes a la fecha del fallecimiento. Estos dos años no será necesario acreditarlos cuando puede demostrarse haber convivido juntos un periodo que sumado a la duración del matrimonio supere esos 2 años.
:arrow: Si se trata de separados o divorciados, siempre que en este caso esté percibiendo pensión compensatoria.
*Por eso siempre es recomendable a la hora de divorciarse establecer una pensión compensatoria en el acuerdo de divorcio, para el caso de que fallezca uno de los dos, al cónyuge que sobrevive le corresponda cobrar la pensión de viudedad máxima.
:arrow: Si se trata de parejas de hecho, siempre que el que sobreviva pueda acreditar:
-Que el fallecimiento es posterior a 1.1.2008
-Inscripción como pareja de hecho en un registro público, con una antelación de 2 años a la fecha de fallecimiento.
-Convivencia ininterrumpida de al menos 5 años
-No haber estado impedido durante la convivencia para contraer matrimonio, ni tener vínculo matrimonial con otra persona
-Determinados ingresos económicos, que será objeto de otro artículo
Bueno dicho esto, vamos a entrar en el fondo del asunto.
Una de las causas de extinción de la pensión de viudedad es precisamente por:
-Contraer nuevo matrimonio, ó
-Constituir una nueva pareja de hecho
Así que la regla general es que si te casas otra vez pierdes la pensión de viudedad.
Pero como en derecho hay excepciones para casi todo, aquí también ocurre
NO se perderá la pensión de viudedad siempre que el que se case o constituya pareja de hecho:
-Sea mayor de 61 años o menor y tenga reconocida una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez o acredite una discapacidad superior al 65%, y
-La pensión de viudedad debe constituir o ser la única fuente de ingresos del pensionista, y se entiende que esto es así cuando represente como mínimo el 75% del total de ingresos de aquél en cómputo anual.
Como puedes ver, los requisitos para mantener la pensión son durísimos, porque el legislador así lo ha querido.
Así que ya sabes, es posible seguir cobrando viudedad, pero siempre que cumplas estos requisitos que te acabo de explicar.
Y nada más, si te ha gustado el artículo me gustaría que lo compartieras con tus amigos usando los botones sociales, igualmente puedes dejarme un comentario o escribirme un email con tus dudas.
Gracias
Me quiero casar soy viuda hace 5 años cobro una pensión x mi finado marido mi pregunta es pierdo mi pensión si me caso espero su respuesta a la brevedad posible gracias
Hola Ariel,
La regla general es que se pierde, se puede conservar pero solo si cumples los requisitos que escribo en el artículo.
Soy viuda cobro pensión de noventa y un mil colones y es mi único ingreso por viudedad tengo 62 años y me quiero casar con un viudo pensionado , pierdo mi pensión si nos casamos ??
Tengo una duda
Me case y me quede viuda,,, recibia entonces pension de viudedad,, despues me case por el juzgado y deje de cobrar la pension de viudedad,, de esta ultima pareja me he divorciado, Puedo solicitar de nuevo mi pension de viudedad anterior?
Gracias
Hola cobro una pensión de viuded y quiero tener un hijo con mi pareja no estamos casados ni pareja de hecho..quiero saber si al tener un hijo la pierdo la pensión
Hola Vero,
Las causas de extinción de la viudedad están tasadas por ley y en ellas no está la de tener un hijo, + info
Muy buen resumen.
Y si el nuevo matrimonio se establece en regimen de sepoaracion de bienes …tambien es necesario acreditar los ingresos de ambos inferiores a 18.000 e?
Hola soy cobro pension por viuded he tenido una relacion y voy tener un niño pierdo la pension al reconocerlo solamente sin contraer matrimonio
Hola María,
Entre las causas de extinción no está la de tener un hijo posterior con otra persona, sino en tu caso si te casas con él o constituyes pareja de hecho.