Subsidio por la pérdida de la incapacidad permanente
Supongamos que a un trabajador que estaba declarado como incapacitado permanente absoluto después de un proceso de revisión le quitan la condición de incapacitado permanente, se la bajan a parcial o total, o directamente le quitan la pensión. ¿Qué puede hacer?
A parte de que esta situación es impugnable si el trabajador no está de acuerdo, podrá oponerse a esa decisión primero en vía administrativa y luego en vía judicial si lo estima oportuno.
Así que vamos a ver todo el proceso desde la revisión previa necesaria, hasta los requisitos para poder cobrar este subsidio. Recuerda que si tienes alguna duda puedes dejarme un comentario al final del artículo.
Contenido
Revisión previa
Muy brevemente el proceso es este:
- Tiene que pasa por el tribunal médico, tras lo cual el médico evaluador entiende que ha mejorado de su incapacidad hasta el punto de que está capacitado para trabajar otra vez.
- Se le notifica al incapacitado la fecha a partir de la cual deja de ser pensionista y se le concede el plazo de 30 días para recurrir.
- Si no se está conforme, como digo, interpone reclamación previa contra esa resolución.
- Nuevamente se recibe resolución de la Dirección Provincial del INSS en la que "presumiblemente" serán desestimadas sus alegaciones y se le concede un nuevo plazo de 30 días para acudir al juzgado si no está conforme.
- Se interpone demanda ante el juzgado de lo social que corresponda y se obtiene una sentencia
- Si no se está de acuerdo con la sentencia se puede recurrir ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de la CCAA que corresponda, que dictará una nueva sentencia, firme en este caso.
Pero eso no es de lo que quiero hablar hoy, o por lo menos específicamente.
De lo que quiero hablar hoy es de la posibilidad de esa persona de obtener un tipo de subsidio por desempleo precisamente para cubrir esa pérdida de ingresos y consisten en una cantidad mensual para el trabajador.
Requisitos:
-Que a través de un proceso de revisión le han quitado la condición de incapacitado permanente.
-Que a través de la misma lo hayan declarado capaz para el trabajo o le hayan rebajado la incapacidad a incapacitado permanente parcial.
-Estar desempleado, no solo eso, hay que inscribirse como demandante de empleo, estar así 30 días, y a los 15 días siguientes a la finalización del mes de espera solicitar el subsidio.
–No tener derecho a la prestación de desempleo contributiva
-Como he dicho antes estar suscrito al desempleo por tiempo de 1 mes y suscribir el compromiso de actividad, y no haber rechazado una oferta de colocación justa.
-Carecer de rentas, no puede superar el 75% del IPREM, 400€/mes.
-Aportar una fotocopia de la resolución del expediente de revisión por mejoría.
Durante cuánto tiempo se cobra
La duración máxima es de 18 meses, pero se conceden durante 6 meses que se tienen que ir renovando. Es muy importante reunir el requisito de la carencia de rentas superiores al 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extras, esto es: 712,50 € para 2021, ya que en caso contrario no solo pueden denegar el subsidio sino la devolución de parte o todo.
Hay que aclarar que si no se reúne la carencia de rentas en el momento de la solicitud, se podrá recibir posteriormente si en el plazo de 1 año desde la fecha del hecho causante demuestras que lo cumples.
¿Cuánto se cobra?
430,27 euros mensuales en 2019
¿Qué días se hace el pago del subsidio por pérdida de la pensión de incapacidad?
Se cobra a mes vencido, entre los días 10 y 15 del mes siguiente al devengo, es muy importante en la solicitud poner la cuenta corriente de la que sea titular el beneficiario del subsidio.
¿Qué ocurre si después de un proceso judicial me rebajan el grado de incapacidad de absoluta a total?
Pues que cuando se ejecute la sentencia tendrá que elegir entre la prestación o el subsidio, pero solo durante el periodo en que coincidan ambas, si eliges la prestación por que es de mayor cuantía, se te descontaría el subsidio en la liquidación inicial.
Solicitud
El modelo te lo puedes descargar desde aquí
:arrow: Subsidio por pérdida de la incapacidad permanente
El plazo para solicitar esta ayuda es de 15 días, pero hay que tener en cuenta que el trabajador deberá apuntarse al desempleo durante al menos un mes con carácter previo, y a partir de ahí contar esos 15 días para solicitarla, como te he explicado arriba.
También pueden serte útil estas dos entradas:
Qué hacer si te deniegan la incapacidad permanente
¿cuántos tipos de subsidios por desempleo hay en España?
Eso es todo, ahora ya sabes que te pueden quitar una pensión de incapacidad permanente absoluta o total, pero puedes oponerte si no estás conforme según te he explicado o cobrar un subsidio si reúnes los requisitos.
Y nada más, si te ha gustado el artículo me gustaría que lo compartieras con tus amigos usando los botones sociales, igualmente puedes dejarme un comentario o escribirme un email con tus dudas.
Gracias
Puedo seguir percibiendo la incapacidad absoluta si decido residir en el ectranjero
Hola Javier mi nombre es Agustín desde hace mas de 25 años tengo una pensión de invalidez total para mi profesión habitual aunque ha ido
empeorando las secuelas del accidente que sufrí fui a que me reconocieran grado de incapacitación y me la dejaron igual.Ahora transcurrido 3años desde la ultima revisión me han diagnosticado artrosis rehumatoide y la verdad es que llevo meses de tratamiento y no veo mejoría. Debo solicitar cambio de pensión a absoluta con este diagnostico?
Hola Valentín,
Si esa artrosis es previsiblemente definitiva y crónica y tienes informes médicos que certifiquen la gravedad de la misma, puedes plantearte presentar una revisión por agravamiento, lo que me sorprende es que después de 25 años sigan revisándote la pensión…
Hola Javier!Mi nombre es Javier, Por Octubre del 2015, me concedieron Incapacidad Permanente Total para mi profesión, por Noviembre del 2016, solicite revisión de mi incapacidad ya que el medico de la mutua me dijo que tenía daños para solicitar la absoluta, el caso que pedi la revisión por agravamiento e mi accidente, presente informes Traumatologo donde describen las lesiones en hombros y protusiones, como las recomendaciones de este de no realizar ningun tipo de trabajo que pudiera coger peso,que no este en bipedestacióno sedestacion. Informe de reumatologo, donde informa de daños en rectificacion del cuello, esteofitos en columna y Fibromialgia con 18/18, Psquiatrico, por animo reactivo y mixto con el aumento del tratamiento para este fin, todo esto viene por el accidente que me genero la incapacidad permanente, que en su día solo recogia´los daños de hombros, protusiones y transtorno adaptativo. Paso el tribunal y me dan dos años mas de incapacidad permanente total, pero me dicen que no ha visto empeoramiento,estos mismos informe lo presente en el centro base y anteriormente tenía un 45% de discapacida y ahora me conceden el 67% de discapacidad Definitiva. he presentado reclamación previa, exponiendo que no han tenido en cuenta los informes e incluso no han recogido daños como los psquiatricos que si que tuvieron en cuanta al darme la Total, tampoco han tenido en cuenta los tratamientos que como veran son fuertes, lo mismo los psquiatricos y los opiaceos, tension y relajantes. Creo que tengo que esperar 45 días antes de ir al Juzgado de lo social, ve VS, posibilidades de conseguir la Incapacidad Absoluta atraves del Juzgado, si me deniegan nuevamente?
¡Gracias un Saludo!
Hola Javier me llamo Ana tengo la columna mal como artrosis degenerativa luego aplastamiento y pérdida de altura en L3 L4 L5 y en la L2 un quiste que dicen que no es malo bueno y las cervicales el cuello también mal tengo las manos el túnel mertacarpiano tambien mal mis manos con hormigueos mi trabajo es coser 8 horas ahora mismo estoy debaja tengo 18 años cotizado y 62 años crees que puedo solicitar la baja total
Hola Javier.
Estoy afectada de paralisis cerebral con un 77% de discapacidad. Quería preguntarte si pasar la valoración del tribunal para obtener la incapacidad permanente es muy complicado.
Hola Fática,
El procedimiento es similar en el sentido de que el trabajador solicita pasar por el EVI y éste después de ver al trabajador emite una resolución por la que se concede o deniega la pensión de incapacidad, pero necesitas unos requisitos de cotización como explico en esta guía
Hola Javier, gracias por tu labor?
Quiero preguntar si cuando te retiran una IPA el hecho de apuntarte al SEPE y cobrar el subsisidio correspondiente la SS puede usar esoen tu contra en el juicio de impugnacion de la resolución de capacidad?
Un saludo,
Hola MAría,
Si el INSS puede utilizar en tu contra lo hará, otra cosa es que el juez de turno lo tenga en cuenta, es un tema complejo y habría que estudiarlo bien.
Mi cónyuge con 51 años de edad lleva 6 años percibiendo una pensión por incapacidad permanente en grado de absoluta por un accidente laboral que sufriÖ. ¿Hasta q no cumpla la edad de 65 años no pasa a la situación de jubilación? ¿ Si en el momento actual falleciese yo tendría derecho a algo tanto por ciento de la prestación q en estos momentos eecibe.
Hola Fco,
Percibirías pensión de viudedad en todo caso, en la forma y cuantía que explico aquí
Buenos dias,
Tengo una incapacidad permanente, de un 55% , por meningitis, lo que me imposibilita trabajar de electricista oficial de 1ª.
Tengo ahora 34 años, y llevo ya 5 años sin trabajar cobrando la pensión.
He tenido muchas recaídas, y los médicos me han dicho que no voy a poder volver a trabajar en nada, porque cualquier minimo esfuerzo cada vez es más perjudicial.
Quiero pedir la absoluta, pero tengo miedo de que si me la deniegan, además me revisen la pensión que cobro ahora (800.-€), y me la bajen.
¿cree que hay alguna posibilidad de solicitarla, y en caso de que fuera denegada, que la que cobro actualmente se quede tal y como está?
Muchas gracias
Hola Francisco,
Lo primero de todo es que los médicos eso que le dicen de que ‘no puede trabajar en nada’ lo plasmen por escrito para que valga de algo, y en segundo lugar no tiene nada que ver pedir una revisión por agravación a que en caso denegatorio le revisen la que tiene concedida.
Hola jaier he vpisto que eres muy bueno en esto, tengo revision en una semama por incsoacudad permaanente y absoluta por temas psicologicis y no he mejorado e empeorado tengo infornes. Me la pueden quitar aun asi?
Hola Javier tengo una permanente por una enfermedida degenerativa y también tengo fibromialgia y artrosis en las cervicales ya muy perjudicadas las c4-c5-c6 con espondilosis yo debería de solicitar una absoluta no crees? ya que me es imposible realizar un cualquier trabajo, que posibilidad tengo y si es mejor coger un abocado,muchas gracias y espero tu respuesta.
Hola Amparo,
Sí, por lo menos que estudie tu caso y vea si existen posibilidades reales de conseguir la absoluta.
Hola. Tengo una incapacidad peemamente absoluta hace unos cinco años.De profesion enfermera y funcionaria de plaza me dieron jubilacion del hospital. Enferma de lupus y de IRC. Recientemente trasplantada del riñon. Pueden mandarme a trabajar de nuevo? Y me deben dar o recuperar mi plaza o puesto? Gracias.
Hola Yolanda,
Si tienes una Absoluta no puedes realizar ningún tipo de trabajo, por lo tanto a todos los efectos estás incapacitada y no te pueden llamar para trabajar ya que técnicamente estás jubilada.
Buenos días, me concedieron una incapacidad permanente absoluta y en la carta decía que podría ser revisada a parir de los 6 meses. Han pasado 2 años y no me han llamado a revisión ¿podrían quitarme mi incapacidad, o es que ya no me llamarán?
Un saludo.
Hola Jose Luis,
Como yo lo veo cuanto más tiempo pase sin revisar la incapacidad más probabilidades tienes de que no te la revisen más, conozco a gente que no se la revisan nunca y a otros que se la revisan casi cada año…
Hola mi mujer tiene diagnosticado esquizofrenia paranoide hace 11 aňos no a trabajado nunca por sus recaidas a estado 4 aňos muy bien y se dio de alta en autonomos por trabajo lleva 7 meses de alta y a sufrido ina recaida que derechos tiene muchas gracias
fui al juicio y el medico forense mio y el de la seguridad social coinciden,usteed cree que lo ganare
Hola Roberto,
Si coinciden no entiendo como no le dieron la incapacidad sin necesidad de recurrir, algo no me cuadra, pero bueno supongo que su abogado puede darle esa respuesta que busca, yo poco puedo hacer, pero mucha suerte
me ha venido la resolucio y me la han desetimado,estando de acuerdo el medico de la seguridad social y el medico forense mio,y ahora ha dicho la abogada al tribunal superior de justicia usted cree qe la dara
Hola Roberto,
es complicado que yo pueda dar una respuesta sin conocer los informes médicos, ni la sentencia.., eso es algo que preguntar a su abogado, pero bueno el recurso siempre se puede ganar
Hola con IPA que me han concedido el 31/3/16 tengo derecho a cobrar la liquidación de mi empresa?
Hola Jesús,
Sí, la empresa tiene que abonarle el finiquito correspondiente con la fecha de 31.03.2016
La pension total absoluta se la han dado a mi marido.
se la pueden quitar?. ES revisable,
muchas gracias
Hola Pilar,
En la propia carta por la que se resuelve la pensión debe venir una fecha en la que dicen que «puede» ser revisada, lo que no quiere decir que se vaya a revisar, pero tampoco se descarta, eso solo lo sabe el INSS.
Me ha gustado mucho y lo esplicas muy bien y claro,yo queria consultarte yo tengo una I.Total y cobro la pension con mi resolucion no he consegido en casi 10 años encontrar trabajo la pension no me da para vivir,no cabria la posivilidad de llegar a un acuerdo con la administracion para que me de un trabajo cobrando un poco mas y yo renunciaria a la pension .Queria decirle q tengo tres no minas de un trabajo social que hice,tengo derecho a paro
Hola Pedro,
la pensión de IPTotal puede ser compatible con otro trabajo, siempre que no sea de la misma actividad para la que tienes concedida la invalidez, así que solo tendrías que comunicarlo al INSS y podrás compatibilizar prestación y trabajo.