Cómo cobrar el desempleo al volver a España
En el artículo de hoy quiero comentarte lo que puedes hacer para cobrar el desempleo acumulado en un tercer país cuando vuelves a España, y las formas distintas de poder hacerlo.
En primer lugar lo que te voy a contar vale para los países de la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo, y son todos estos:
Alemania, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, «Reino Unido», Suecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Malta, Polonia, República Checa, Austria, Chipre, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Italia, Lituania, Croacia, Portugal y Rumanía, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza
El supuesto es el siguiente:
Antonio ha trabajado en Francia durante X años y después de ir a la oficina de empleo francesa le comunican que le corresponde un desempleo de 8 meses. Antonio nos pregunta si puede trasladar ese desempleo reconocido a España.
Hay dos formas de hacerlo y las consecuencias también son distintas.
1.- Con el Formulario U2
Lo que le va a permitir a Antonio este formulario es, primero cobrar la prestación de desempleo contributiva, y aquí viene lo importante, poder trasladarse a un país tercero de la Unión Europea PEROO para buscar trabajo por el espacio de 3 meses. Antes de agotar estos 3 meses Antonio deberá hacer una de estas tres cosas:
-Pedir una prórroga por otros 3 meses más, que se lo podrán conceder o no
-Volver al país que le estaba pagando el desempleo, en nuestro caso Francia
-Encontrar trabajo en España
Lo que vemos es que con este formulario no se traslada el desempleo a España, sino que únicamente sirve para que Francia le de permiso para buscar trabajo en España. Si Antonio decide quedarse en España pasados los 3 meses sin que le hayan concedido la prórroga, pues automáticamente pierde el desempleo que le quedara por cobrar en Francia.
Con lo cual no es muy recomendable si lo que quieres es venirte a España de forma definitiva.
Los requisitos para poder acceder al desempleo de esta forma son:
-Estar en situación de desempleo
-Tener derecho a la prestación por desempleo
-Estar apuntado como desempleado (en nuestro caso, en Francia) al menos 4 semanas (aunque este dato puede variar)
-Solicitar el formulario U2 para exportar la prestación de desempleo a España
Una vez que llegue a España deberá:
-Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de 7 días
-Presentar el formulario U2 al inscribirte
-Aceptar lo que te proponga el servicio de desempleo al apuntarte
2.Con el formulario U1
Con este formulario lo que va a conseguir Antonio es que se le reconozca todo lo que ha cotizado en Francia, digamos que es un certificado de las cotizaciones hechas por Antonio.
Lo que nuestro protagonista deberá hacer es acudir a su oficina de desempleo en Francia y pedir este documento, que le servirá llegado el momento para el cálculo de la prestación por desempleo.
¿Y presentando este documento al llegar a España ya cobrará el desempleo?
Me temo que no, porque para poder cobrar el desempleo en España deberá cotizar en España, es decir, encontrar un trabajo, que puede ser de 1 semana, 1 mes o 1 día, y perderlo de forma involuntaria: por ejemplo, por despido, fin de contrato, no superar el periodo de prueba etc.
Entonces ahora ya sí, Antonio podrá acudir a la oficina del INEM correspondiente y pedir el desempleo: se le acumulará las cotizaciones en Francia que no haya gastado más lo trabajado en España y podrá cobrar el desempleo.
Por ejemplo si trabajó en Francia 5 años y luego se vino a España y trabajó un mes, pues se calcula la prestación de desempleo de acuerdo con los últimos 6 años.
Si resulta que no ha acumulado más de 360 días cotizados entre Francia y España en total, podrá solicitar el subsidio por cotización insuficiente.
Si quieres saber cúanto te corresponde de paro según el tiempo trabajado pincha aquí
Puede que te estés preguntando: ¿si dejas un trabajo tienes derecho a paro?, pues la respuesta es no.
También, y por último, hay que tener mucho cuidado con simular un contrato para cobrar el desempleo, como te expliqué si pinchas en el artículo.
Y nada más, si te ha gustado el artículo me gustaría que lo compartieras con tus amigos usando los botones sociales, igualmente puedes dejarme un comentario o escribirme un email con tus dudas.
Gracias
Buenas Javier
Soy un poco troglodita para todo esto de las cotizaciones europeas, pues estoy en paro desde hace años, exactamente desde noviembre del 2013 por cuestiones personales deje de trabajar para cuidar a mi esposa durante una enfermedad de la cual se recupero y en su momento no pedi paro no me inscribi porque al no haber cotizado ni 6 meses pues di por entendido que no me correspondia.
Pues las cosas han cambiado, mi esposa de recupero y nos hemos divorciado y pues he estado buscando trabajo en activo pero ahora cayo todo esto del coronavirus por lo que ahora me encuentro frenado en mis ambiciones.
Pues, hoy revisando documentos encuentro un papel llamado U1 que me entregaron de la ultima compañia donde trabaje en Italia antes de regresar a España y alli he cotizado por lo menos 2 años.
Dice que para que España reconozca esos plazos como computos de paro tengo que haber trabajado aqui por lo menos 1 dia.
Entonces mi pregunta es la siguiente
Si consiguo trabajo si me despidieran tendria que inscribirme en el paro y presentar ese U1 ¿Aun siendo una certificado del 2013 lo aceptarian?
Gracias
Hola ! mi historia es que llevo esperando tres meses …en el INEM les entregue todos mis P45 y P60 de los últimos 5 años por haber trabajado en UK . No pude conseguir el U1 ….. que puedo hacer? thanks!
Hola Javier,
He trabajado 5 anyos en Suiza y ahora tengo un oferta de trabajo en Roma.
Se tendrían en cuena los anyos trabajados en Suiza para el derecho a la prestación por desempleo en Italia? Cuál sería el tiempo mínimo qué tendría que trabajar en Italia antes de ser despedido para tener derecho a desempleo entonces?
Tengo dudas por la situación singular de Suiza desde el referendum que dió lugar a la anulación de los acuerdos bilaterales.
Un saludo y muchas gracias
Hola Javier, gracias por el espacio y la atención altruista que compartes en tu website.
Tengo una inquietud.
(1) INEM deniega la prestación
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Resulta que estando trabajando en Alemania, mi jefe me pide que encuentre a alguien para trabajar y puse un anuncio al que respondió una persona y estuvo trabajando por un periodo de 6 meses aproximadamente.
Esta persona, al volver a España y solicitar la prestación por desempleo presentando el U1, el INEM le ha respondido por carta certificada que le deniegan el desempleo porque el tiempo que ha estado trabajando en Alemania, lo ha hecho por cuenta propia. Es algo que no entiendo. El estuvo contratado. No trabajando como autónomo, sino como trabajador asalariado.
Podrías explicar, por favor, que condiciones se han dado para llegar a esta situación? Muchas gracias.
(2) Volviendo a casa
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En mi caso personal, llevo más de tres años trabajando en Alemania. Quería solicitar el U1 para trabajar en la temporada de verano en un restaurante de la costa, y así solucionar el cobro de la ayuda mientras busco un trabajo adecuado a mi profesión. Mi duda es, si me podría ocurrir lo mismo que a mi compañero.
Javier, muchas gracias por tu tiempo. Le rogaría que contestase los puntos 1 y 2 de forma separada para que pueda comprender ambas situaciones por separado.
Saludos desde el Rhön :)
Hola Javier ¿sabes cuanto puede tardar en llegar el certificado U1 de Portugal a España solicitando que me lo envíen por correo electrónico?
Gracias.
Hola Adrián,
Lo siento no tengo ni idea.
Hola Javier,
Priemro gracias por toda la información de la web, es muy útil.
Yo trabaje en España durante 6 años, vine a Inglaterra hace un año y medio y ahora que mi contrato se acaba, volveré a España. Seguramente encuentre un trabajo durante el verano y así podré estar en situación de desempleo legal en España. Mi duda es cómo se calcula el dinero de la prestación. Normalmente se calcula con los seis últimos meses trabajados pero viniendo de UK, ¿tienen en cuenta mi sueldo en UK, lo hacen sólo con los sueldos que recibí en España o tienen sólo en cuenta mi último contrato en España (aunque sea de un mes)? Gracias!
Hola Odiaz,
Se tienen en cuenta todas las cotizaciones durante los últimos 6 años siempre que no lo hayas gastado antes.
Hola, me han quedado varias dudas con el tema
Te explico mi situacion.
Trabajo en Holanda, y tengo un contrato temporal, el contrato es de una semana, pero ae renueva al finalizar cada semana, es extraño, pero funciona asi. Si yo le digo a la ett que no me renueven mas el contrato se considera baja voluntaria?
En el caso de que no lo sea, tendria que encontrar trabajo en españa, por ejemplo minimo 3 meses despues y con baja involuntaria, es decir, fin de contrato.
Una vez en españa, con el U1 y lo correspondiente cotizado en españa, el paro se basa en el minimo español, o en lo cotizado en el extranejero? Porque aqui en holanda te pagan un 75% de tu último salario los dos primeros meses y un 70% el resto de los meses correspondientes.
Yo estoy cobrando alrededor de 1600/1800 € mensuales, y cuando vuelva a españa a cobrar este subsidio no veria logico cobrar 650€ que es el minimo español.
Podrias aclararme esta duda? Gracias
Hola Ivan,
Si no quieres renovar un contrato eso se considera baja voluntaria y no podrías cobrar el paro, para hacerlo como bien comentas tendrías que encontrar un empleo de forma que entre la ‘baja voluntaria’ y la pérdida ahora involuntaria de este empleo pasen más de 3 meses.
Con el U1 más lo cotizado en España se hace el cálculo, pero de acuerdo con la legislación española, que es el 70% y el 50% a partir de los 6 meses de acuerdo con la base reguladora.
Hola Javier
Estoy trabajando en Alemania y me quedé sin empleo, pará cobrar el paro en Alemania me piden U1…no se como conseguirlo tengo 20 días de plazo y por imeil de la pajina de inem no puedo no me da esta opción. .
Gracias
Hola Rosi,
Se puede hacer por email o por teléfono, quizás sea lo más rápido: 901 11 99 99
Hola, muchas gracias por la ayuda ofrecida.
Tengo entendido que con el u1 se refleja el tiempo de cotización en el país extrangero.
Yo llevo 5 años trabajando en Francia, aquí me corresponderían 2 años de paro, pero al irme a España, encontrar un trabajo y perderlo de forma involuntaria al mes (por ejemplo) , ¿también tendría derecho a dos años de paro, o se calcularía a la manera española? Que serían 20 meses solamente?
-otra duda: creo haber leído que para calcular la cuantía mensual a recibir, se tienen en cuenta los últimos 6 meses cotizados en España de los últimos 6 años, y yo en los últimos 6 años no he cotizado en España, solo tendría cotizado el mes que trabajará al llegar de Francia para tener derecho a la prestación. ¿Cómo se calcularía entonces la cuantía mensual? En base a ese último mes o tendría que trabajar como mínimo 6 meses en España al llegar de Francia?
Espero haberme explicado bien, muchas gracias de antemano!!
Buenos dias,
Mi duda es si he trabajo ańos en Portugal y una semana (la ultima) en Espańa, se cobra en base al sueldo de Portugal o de Espańa?
Gracias
Hola, yo acabo de volver a Espanya despues de mas de 4 anyos trabajando en Inglaterra, mi intencion es cobrar el paro hasta que me reponga pues las causas han sido la ruptura con mi pareja, es recomendable buscar a alguien para que me de de alta al menos una semana o 10 dias?en caso afirmativo, tambien investigan si se a hecho efectivo un pago por este trabajo o solo hacen preguntas en la empresa o a mi? gracias
Hola Miguel Ángel,
Tienes que encontrar un empleo al llegar a España, y perderlo de forma involuntaria para que estés en situación por desempleo
Hola, yo quería preguntar, tengo un subsidio por desempleo y me quedan 2 meses por agotarlo; pero me voy a ir francia; tengo que exportalo??? Y si lo exporto y demás y luego me sale algún trabajo en alguna ett por días, qué pasa? Se para esos días y sigo cobrando luego la exportación. Si me pueden aconsejar. Gracias
Hola Javier.
Yo estaba trabajando de forma temporal en España, que se me terminaba en Navidad. Aun me queda 7 meses de desempleo, y como me ha salido una oportunidad de trabajo en UK, me he dejado el trabajo de España y estoy en UK. Cuando termine el trabajo temporal de 3 meses en UK y regreso a España, tengo derecho a seguir cobrando los 7 meses de desempleo que me quedan?
Saludos
Hola Javier mi nombre es Leonardo y lo primero darte las gracias por la de articulos que publicas que nos sirven de gran ayuda. Tengo una pregunta, estaría muy agradecido si me la pudieses contestar, Yo he trabajado casi 4 años en Inglaterra y ahora en España estoy trabajando de nuevo con un contrato de obra y servicio, estoy interesado en cobrar el paro y ya se que cuando termine mi contrato puedo cobrar el paro, mi pregunta es, ¿que sucede si cobrando el paro, me vuelven a llamar de esta empresa donde estoy trabajando actualmente o cualquier otra, para contratos similares, temporales, etc? Pues estoy interesado en cobrar el paro en su totalidad y no quisiera trabajar hasta que se agote. ¿Se puede rechazar cualquier oferta que me hagan de nuevo ? Sabiendo que no viene directamente del INEM ¿Hay algun riesgo de sanción o perdida del paro? ¿Se podria hacer algun curso como excusa de ocupación para seguir cobrando el paro y no trabajar? Muchas gracias por su atención, un saludo
Leonardo
Hola buenas tardes, queria preguntarte unas preguntas. Mi novio y yo llevabamos viviendo en Londres 6 y 4 años y queremos volver a España en 5 meses. ¿ si dejamos los trabajos volvemos a España trabajamos 1 dia o 1 semana en España con un contrato a jornada completa tenemos derecho a paro despues? yo cotice antes de venirme pero cobre el paro y mi novio lleva mas de 6 años aqui pero nunca se ha movido y casi no ha cotizado en España. Espero si respuesta porque es muy importante para nosotros. En la pag del inem lo que no entiendo muy bien es cuando pone 6 años desde la ultima salida del pais
Buenas tardes Javier! Mirando un poco las respuestas me has ayudado muchísimo, pero me gustaría comentarte mi situación ya que es un poco compleja.
Volví de Irlanda en Marzo habiendo cotizado casi 1 ano y medio y en el 2011 estuve en Londres trabando casi 1 ano y medio también y de los dos países tengo el U1, hasta aquí bien.
Después de viajar por el mundo en verano al volver a casa en Septiembre tuve la oportunidad de trabajar un día solo en bodas de banquete sabiendo que así cumplía los requisitos para pedir la prestación, así que es lo que hice. Como ya me temía me han citado hoy día 14 por los investigadores junto con la empresa porque se pensaban que estaba apalabrado, pero no lo estaba, con lo cual hoy hemos dejado bien claro con muchas pruebas de que yo realmente estaba allí trabajando y el inspector nos ha dicho que lo ha visto muy claro. Pero el caso es que me ha dicho que van a revisar los 300 días que me han dado porque según el inspector todo el tiempo que ha pasado desde Marzo, cuando volví de Irlanda, hasta la fecha que pedí la prestación, me lo tendrían que descontar de los 300 días que me corresponden. El me ha afirmado de que tendría que haber pedido la prestación en Marzo cuando volví pero yo en este momento no tenia la necesidad de buscar empleo, pero según la gente del inem y toda la gente profesional nos explicáis que se necesita cotizar en España al volver a España, cosa que creo que el inspector no sabia bien este punto de la ley que sea y ahora estoy a la espera de que dicen los superiores ya que no encuentro en ninguna web oficial un documento explique todo esto el cual le puedo enviar al investigador como el me ha dicho.
Otra cosa que me ha preguntado es si el trabajo de Irlanda lo deje o fue un cese,lo deje porque me quería volver a casa porque no estaba bien. Pero me lo preguntaba como si hubiera una ley para eso, y que con lo que yo entiendo es el ultimo trabajo realizado así que en mi caso el día que trabaje en España.
Pues mis preguntas son solo estas 2 Javier, tiene importancia el si fue cese voluntario en el trabajo de Irlanda? y la otra es si realmente el tiempo que pasa desde la salida del país extranjero hasta la solicitud de prestación se tiene que restar al tiempo obtenido de prestación.
Muchas gracias por escuchar el tostón pero de verdad estoy muy preocupado y me ha gustado mucho como informas a la gente y quería saber tu humilde opinión,
Gracias de antemano y un cordial saludo.
Adria
Hola Adria,
Voy a buscar más información al respecto y vuelvo a comentar este mensaje.
Buenos días os felicito por la información que proveéis
me gustaría hacer una pregunta: tengo una duda sobre cómo me podría afectar la siguiente situación. Hace 3 años salí de forma espontánea a Alemania 4 días para ver cómo estaba la situación por Europa ya que me encontraba cobrando prestación por desempleo en España desde hace más de 12 meses y no había manera de encontrar un trabajo. El problema es que en esos 4 días encontré una oportunidad muy buena de trabajo en Alemania pero con la condición de quedarme ya aquí firmar el contrato rápido porque la empresa lo requería y si me volvía perdía ese puesto, entonces ocurrió todo muy rápido (suena a excusa, pero es así) y no avise de interrumpir la prestación en España que seguí cobrando hasta la finalización de esta, es decir un mes más aproximadamente. El SEPE no tiene constancia de que hubo un mes que yo cobre prestación y a la vez cotice en el extranjero. No tengo la intención de volver a España, y si lo hago seria con un puesto de trabajo allí, es decir no volver y cobrar paro. ¿Que podría pasarme si vuelvo, presento documentos de mi tiempo de cotización aquí y me “pillan”?
Hola Javier muchas gracias por tus informaciones. Soy Italiano y vivo en Irlanda donde cobro el paro despues que deje voluntariamente mi trabajo ya que aqui te dan paro igual si dejas tu trabajo en algunas condiciones . Ahora me gustaria ver si encuentrp trabajo en españa y cobrar el paro irlandes por 3 meses. Sabes si todavia tengo derecho a hacer esto tambien si deje voluntariamente mi trabajo segundo la normativa española? Segundo los irlandeses si, pero no se si una vez en españa me dicen que no se puede hacer esto. Gracias.
Hola Javier, gracias por toda la información que nos das. Yo tengo una pregunta, he estado trabajando en Francia y despues he estado cobrando el paro francés. Durante este tiempo, me ha salido un trabajo en España. Con lo que me di de baja del sistema francés (Pole Emploi) y me he vuelto para aqui. El caso es que a los 4 dias mi jefe me ha dicho que no he superado el periodo de prueba.
he llamado al Inem, y estos me dicen que igual puedo solicitar el paro con el documento U1 para acreditar lo cotizado alli, pero como el trabajo aqui solo ha durado 4 dias seguramente se enviarà a la inspección de trabajo por si hubiese fraude. Mi consulta es: si la inspección de trabajo pregunta a la empresa, van a comprobar que es verdad, que he trabajado allí 4 días, es decir, no ha habido fraude, pero si aun asi, la inspección no se fia….que recurso nos queda? Porque por inercia (y mala fe), pueden decir de base que no se creen nada y encima sancionarte a ti y a la empresa.
El caso es que no entiendo porque dicen que para volver y cobrar el paro en España (reconociendo lo cotizado allí), dicen de trabajar al menos 1 dia aquí si luego no se fían (ya se que es por los fraudes, pero nos perjudica al resto)….En fin, espero me haya explicado bien.
Muchas gracias por tu atención. Un saludo
Hola María José
Efectivamente, se suele decir que con trabajar un día en España ya puedes cobrar el paro y eso no es del todo cierto, ya que suelen exigir contratos más largos, los de pocos días se suelen mirar con lupa y no queda otra muchas veces que recurrir en caso de denegación de la prestación, sobre todo se mira si hay relación de parentesco con el empresario o si trabajaste en el pasado en la misma empresa para evitar los «apaños»
Hola Javier, muy bueno tu articulo. Mi nombre es Jose Maria, pero por un momento pensé en ser Antonio porque estoy en su caso. Me surge una pregunta con el formulario U1, he entendido que debo de encontrar un trabajo y perderlo de forma involuntaria, ahora mi pregunta es: si me hiciera autónomo también contaría como trabajo y podría recuperar las cotizaciones, en mi caso las de Alemania?
muchas gracias por tu ayuda! Un saludo desde Berlin
Hola Jose María,
Lo veo complicado porque los autónomos salvo que coticen por desempleo no tienen derecho a paro y luego las condiciones para cobrar el desempleo soy muy difíciles de acreditar, de todas formas déjame que lo mire y vuelvo a editar este mensaje.
Hola Javier,
Me parece una página realmente interesante y de gran ayuda. Te planteo mi cuestión:
Trabajé en España durante 5 años y después 5 años en la UE. Llevo 2 años sin trabajar (estudiando) y ahora me planteo intentar cobrar el paro. Para ello me contratarán en una empresa por el periodo que yo estime, mi pregunta es la siguiente, a la hora de saber la cuantía que yo cobraré de paro, se calculará en base a lo cotizado en la UE + España (de manera proporcional a los días dados de alta en cada país) o solamente por lo cotizado en España aunque ese contrato se haga solamente por un mes?
Muchas gracias.
Hola Javier, me ha sido de gran ayuda tu articulo pero mi situación es algo diferente y tengo un par de dudas.
Me encuentro actualmente en situación legal de desempleo cobrando prestación en España. Dentro de un mes me traslado a Francia para trabajar por un periodo de 5 meses, por lo tanto me han paralizado la prestación por desempleo. Me han dicho que a mi vuelta con el formulario U1 podre retomar la prestación que me quedaba en España, dejándome lo cotizado en Francia para futuros trabajos en España.
Mi pregunta es, puedo exportar el paro de Francia por un mínimo de 3 meses a mi regreso con el formulario U2 y después retomar mi prestación en España?
O puedo elegir entre exportar el paro en Francia o seguir cobrando la prestación de España?
Gracias de antemano!
Gracias Javier.
Entonces entiendo que sería más práctico pedir el U2 o también tendría el mismo problema al dejar yo el trabajo?
Por otra parte, el U1 significaría salirme completamente del sistema alemán y migrarlo todo espanyol?
Gracias de nuevo!
Hola de nuevo,
Tienes que pedir el U1 que es una especie de certificado de los días trabajados en Alemania, una vez en España tienes que trabajar y perder el trabajo para que se sume lo cotizado en Alemania y España, de todas formas puedes preguntar en el SEPE cuando vengas la tramitación es muy sencilla
Hola,
gracias por el articulo.
Llevo mas de una decada trabajando en Alemania y me gustaria volver a Espanya. Para ello tendria que dejar mi trabajo de manera voluntaria y, segun he entendido, solicitar el U1 para presentarlo en Espanya.
Al dejar el trabajo voluntariamente, tengo derecho a paro en Espanya?
Gracias.
Hola Antonio,
No, tendrías que encontrar un trabajo en España y perderlo de forma involuntaria para colocarte en situación legal de desemlpleo y poder cobrar el paro.