El caos del control horario aprobado por el gobierno
Como es sabido el gobierno mediante el Real Decreto-Ley 8/2019 de 8 de marzo aprobó una serie de medidas, y entre ellas la obligatoriedad del sistema de control horario en las empresas.
Como ha habido mucha polémica, el gobierno se ha apresurado en aprobar una guía informativa para intentar solucionar algunos problemas que plantea la implantación de este sistema.
Vamos a ir destacando sus aspectos fundamentales:
¿A quiénes se aplica este nuevo sistema?
Hay que decir que muchas empresas ya venían haciendo este control y por tanto no les afecta, sin embargo para las demás, vamos a ver lo que nos comentan desde el Ministerio.
– Se aplica a todos los trabajadores contratados por cuenta ajena
– No se aplica al personal de alta dirección
– No se aplica a los autónomos, como es lógico, pero sí en el caso de que contraten personal a su cargo.
(Es una pena que no se haya aprovechado esta modificación para obligar también a alcaldes, diputados, senadores y demás clase política)
Se dice que también se aplica a trabajadores móviles, resulta realmente difícil de pensar que alguien que trabaja desde casa tenga que fichar cuando empieza a trabajar y cuando termina, no tiene mucho sentido.
Luego no todos los trabajos son iguales, piénsese en las personas que trabajan por proyectos, en laboratorios, cuando alguien se mueve de un centro de trabajo a otro puntualmente, ¿tiene que fichar cuando sale de uno y luego cuando entra al otro?, la gente que sale a fumar fuera del edificio ¿fichan también al salir y entrar? ¿Qué pasa con la hora de la comida?
En fin, todo esto es posible que genere muchos conflictos que acabarán en los juzgados.
¿Qué mecanismo hay que utilizar para cumplir con la norma?
Se dice que vale cualquier sistema en soporte papel o telemático que cumpla estos fines de control del inicio y fin de la jornada de trabajo, que se establezca mediante negociación colectivo o acuerdo de empresa.
¿Durante cuánto tiempo hay que guardar esos registros?
Durante 4 años, en la forma que se estime conveniente, pero siempre que se garantice su preservación e invariabilidad a posteriori, vamos que no se ponga la hora con lápiz y que luego se puede borrar y cambiarlo.
¿Qué es eso de que los registros deben permanecer accesibles para los trabajadores y representantes e Inspección de Trabajo?
Pues que sea posible acceder a ellos en cualquier momento, de forma que no puede condicionarse su acceso de ninguna forma
¿Qué sanciones tiene su incumplimiento?
Según el art. 40 de la LISOS, son las siguientes:
– Con multa, en su grado mínimo, de 626 a 1.250 euros, en su grado medio de 1.251 a 3.125 euros; y en su grado máximo de 3.126 a 6.250 euros.
Y se aplicará en su grado mínimo, medio o máximo dependiendo de la negligencia, intencionalidad, incumplimiento de advertencias previas, nº de trabajadores afectados, etc. todo ello según decida el Inspector de Trabajo
Conclusiones
Quizás la implantación de este sistema en todas las empresas debería haberse hecho consultando a patronal y sindicatos, qué demandan unos y qué quieren otros. Cuando algo se hace por fuerza de Decreto-Ley pasan estas cosas, además no ha habido margen de tiempo casi para ponerlo en marcha, y la Inspección de Trabajo puede multar a las empresas que no cumplan con esto desde el primer día.
La idea puede parecer como mucha gente dice arcaica y más propia del siglo pasado, pero si miramos por ejemplo el sector de la hostelería en nuestro país, hacía falta solucionar el problema de las horas extras de estos trabajadores.
No es normal, que siendo un sector básico, España es el segundo país del mundo que más extranjeros visitan cada año, que un trabajador de hostelería sepa cuando entra a trabajar pero no cuando va a llegar a su casa, porque lo mismo echa 1, 2 o 4 horas más dependiendo de la clientela de ese día.
Esas horas trabajadas de más no se reflejaban en ningún sitio, parecía una especie de peaje que debe soportar cada trabajador por trabajar en hostelería y no tenía sentido.
Mi conclusión, que por supuesto no tienes por qué estar de acuerdo, es que en ciertos sectores era muy necesario pero en otros no tiene sentido, y creará más litigios y problemática que otra cosa.
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