¿Es posible cobrar el paro siendo autónomo?
Hace unos días entró en vigor una importante modificación legislativa sobre el régimen de los autónomos que afecta a la posibilidad de cobrar el desempleo y ser autónomo a la vez que te paso a contar.
Con carácter previo te comento lo que ocurría hasta ahora:
Por ley se establecía la incompatibilidad de cobrar el paro y a la vez trabajar como autónomo, pero como casi toda regla general tenía sus excepciones.
La excepción a esta regla consistía en la posibilidad de compatibilizar el desempleo con el trabajo como autónomo, pero siempre y cuando se estableciera así por un programa de fomento del empleo.
Bien, pues eso es precisamente lo que se viene a regular, y a partir de ahora para poder compatibilizar el paro y el trabajo autónomo tienen que darse estos requisitos:
-Tener derecho a desempleo por haber cesado en un trabajo por cuenta ajena (despido, terminación de contrato, etc.)
-Darse de alta como autónomo
-Solicitar el paro en el plazo de 15 días desde que se da de alta como autónomo, si se pasa ese plazo no se tiene derecho a compatibilizar el paro, así que este plazo es importantísimo.
¿Durante cuánto tiempo se podrá compatibilizar el paro?
Durante un máximo de 270 días (9 meses) o si es inferior, el tiempo que le reste al trabajador de cobrar el paro.
¿Tiene el trabajador que sellar el paro durante este tiempo?
No, se le exime expresamente de esta obligación sin perder el paro, además no tiene que inscribirse como demandante de empleo, ni realizar acciones de formación
¿Y si a la vez trabaja por cuenta ajena aunque sea a jornada parcial?
Automáticamente se pierde el derecho a esta compatibilidad
¿A quienes no se aplica esta medida?
A todos aquellos trabajadores cuyo último empleo haya sido como trabajador autónomo, o que se hayan beneficiado ya de esta medida, o que hayan obtenido el pago único de la prestación por desempleo en los últimos 24 meses (capitalización por desempleo en pago único)
Para evitar suspicacias tampoco podrá acogerse a esta compatibilidad aquellos trabajadores que se den de alta como autónomos y contraten con el empresario para el que hubieran trabajado anteriormente antes del desempleo o una empresa del mismo grupo empresarial.
¿Y si el trabajador no opta por la compatibilidad y quiere guardar el paro?
Se produce una particularidad, y es que hasta ahora si una persona realizaba un trabajo por cuenta ajena de duración inferior a 12 meses, se suspendía la prestación por desempleo, y si era autónomo se suspendía si duraba hasta 24 meses, pudiendo reanudarla posteriormente.
Pues bien, este plazo ha cambiado y se eleva a 5 años para los autónomos sin restricciones de edad, con lo cual es una mejora sustancial, ya que el autónomo en 5 años ya sabe si le va bien o le va mal, y en consecuencia si le interesa seguir como autónomo o darse de baja y reanudar el paro que tenía suspendido.
Ojo, todo esto vale como digo si se tenía derecho a desempleo, es decir, si se estaba en situación legal de desempleo, por tanto si antes de darse de alta como autónomo se fue del trabajo voluntariamente no tendría derecho a paro ni a esta compatibilidad.
¿Y si tiene derecho a más de 9 meses de paro podría darse de baja en autónomos y seguir cobrando la prestación por el tiempo que le restase?
Sí, si el trabajo como autónomo no ha alcanzado 60 meses de duración (5 años) computados desde el inicio hasta su fin, ya que si es igual o superior a 60 meses se extingue ese derecho.
Lo que tiene que hacer el trabajador es solicitar la reanudación del desempleo, aportando la solicitud y el alta y baja de autónomos, en el plazo de 15 días desde la finalización del trabajo
Si una vez terminada su actividad como autónomo, tuviera derecho a la prestación por cese de la actividad, podrá optar entre percibir esta o reabrir el desempleo que tenía suspendido.
Por último, toda esta nueva regulación también vale para los autónomos que se incorporen como socios de sociedades laborales o socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado de nueva creación en ambas, mientras cumplan todo lo dicho antes.
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Gracias
Hola, quizás ya se ha dado la respuesta en los mensajes anteriores, pero no me ha quedado claro. Soy autónoma y trabajadora por cuenta ajena a media jornada. El caso es que la empresa va a realizar un ERTE. Estaría en situación de poder cobrar el paro o no?
Gracias
Hola Javier,
El gobierno que la verdad no ha resuelto mis dudas acerca de este estado en el que nos encontramos por el COVID-19,a ver si me puedes ayudar.
Yo soy trabajador por cuenta ajena (4 años) y además soy autónomo (1 mes), por lo que dispongo de las bonificaciones de autónomo. Por el coronavirus, mi empresa actual va a realizar un ERTE.
Me gustaría saber, si sería posible cobrar el paro debido a la situación por fuerza mayor en la que nos encontramos derivado de mi trabajo por cuenta ajena sin tener que realizar ningún cese de actividad en el autónomo. De no ser así, ¿perdería el derecho a bonificacion?, me parece que los pluriactivos somos los mayores perjudicados.
Un saludo y gracias.
https://miasesorlaboral.es/el-coronavirus-y-el-empleo-lo-que-sabemos-hasta-ahora/
Buenos días Javier,
Me encuentro en la misma situación que Fran, pero no encuentro respuesta en el enlace, llevo 3 semanas intentando contactar con el SEPE y nunca están disponibles, me encuentro en una situación desesperada, pagando mi cuota de autónomo y en un ERTE del que no me puedo beneficiar, o al menos no me dan la opción porque no puedo ponerme en contacto con nadie que sepa cual es el procedimiento.
Hola, mi consulta es, si formando parte de una comunidad de bienes ceso mi actividad como comunero pero sigue la CB dada de alta, ¿tendría derecho a la prestación?
Gracias.
Hola Javier,
Si dentro del periodo de una excedencia en una empresa privada, te contrata un autónomo y al mes te despide ¿tienes derecho a prestación por desempleo?
muchas gracias.
saludos.
Buenos días,
si mientras tienes una excedencia en una empresa privada, te contrata un autómono y pasado un mes de despide ¿tienes derecho a prestación por desempleo?
gracias.
saludos.
Buenas tardes:
He negociado con la empresa para la que trabajaba un despido para poder cobrar el paro. Esta empresa es una cooperativa por lo que el procedimiento es diferente al de una empresa privada normal. Yo todavía estoy de alta en la empresa hasta que se reuna el Consejo Rector para decretar mi expulsión y se ratifique por el Consejo de Recursos. Esto ocurrirá sobre el 30 de noviembre. Mi duda viene porque quiero montar una tienda on-line y darme da alta como autónomo pero me gustaría hacerlo ya para poder comprar a mayoristas (que exigen estar dado de alta). Si me doy de alta ahora aunque sólo sea en Hacienda, ¿podré percibir la prestación por desempleo? Gracias de antemano por la respuesta.
Llevo más de dos años como autónomo.
Anteriormente estaba contratado por cuenta ajena en una empresa y tengo paro guardado que es de 24 meses. No lo gasté al darme de alta de autónomo.
Quiero seguir como autónomo pero quiero saber si puedo cobrar algo del paro que tengo sin gastar.
No se si hay alguna forma de hacerlo, aunque solo sea para pagar la mensualidad del autónomo.
Gracias.
Hola Benjamín,
Si llevas más de 2 años como autónomo entiendo que no puedes beneficiarte de la medida que explico en el artículo, lo podrías hacer si te das de alta como autónomo y a la vez solicitas el desempleo, pero en tu caso creo que no es posible.
buenas tardes Javier,
tengo una duda. actualmente trabajo por cuenta ajena y soy abogada ejeriente y mutalista (pero mis facturas desde entonces son a 0 y la declaracion de IVA e IRPF) desde Junio de 2017, antes de ello ya habia cotizado y tenia derecho a paro. Mi contrato finaliza en la empresa el miercoles 8 de noviembre. Seguire como abogada ejerciente y mutualista porque me gustaria empezar a ejercer el derecho.
podria cobrar la prestacion???.
muchas gracias
Hola Ainhoa,
Me imagino que te refieres a que has estado contratada por cuenta ajena y a la vez has seguido siendo mutualista aunque no hayas facturado nada por tu cuenta. Yo creo que no es compatible, aunque hayas cotizado para desempleo, al ser mutualista no se tiene derecho a paro al perder el trabajo.
MI pregunta es la siguiente, soy autónomo en régimen especial cooperativista, este verano e conseguido trabajo como asalariado y me da para tres meses de subsidio de 425 euros, pero no e dejado de ser autónomo( es decir sin tramitar baja por cese de autonomo)en la actualidad sigo siendo autonomo,fui autonomo antes de ser contratado como asalariado,durante trabajo como asalariado y despues, ahora en la actualidad, mi pregunta es¿puedo tener acceso al subsidio siendo que ya no trabajo de asalariado y en la actualidad soy autonomo? y otra, si no se pudiera,dado que e cotizado por dos vias( la de asalariado y la de autonomos) abria alguna ventaja en ello¿?
Hola buenas noches si en mi trabajo tuve un chopper malo me pueden cambiar de tienda
Buenos Días! Estoy cobrando el paro, me quedan nueve meses y me ha salido trabajo como asesor. Tengo que darme de alta como autonomo y me gustaría compatibilizar el paro que me queda. Pero yo quiero darme de alta en la mutualidad de la ingeniería y no en la ss. Podría? La mutualidad dice que si y el sepe dice que no……..mi paro es contributivo. Antes siempre trabaje por cuenta ajena. Gracias
Hola Elo,
No sabría decirte, por ejemplo los abogados a la hora de colegiarnos tenemos que decidir si lo hacemos en la SS o en la Mutua, tenemos esa opción, no entiendo por qué en el SEPE dicen que no puedes elegir si nunca has estado trabajando por cuenta propia. Quizás habría que ir al SEPE y que te den los motivos de la negativa para ver si están en lo cierto o equivocados.
Hola Javier,
Soy autónoma, si ceso mi actividad podría cobrar el paro que tengo acumulado como trabajadora por cuenta ajena? Tengo acumulados 10 meses de prestación que no llegué a cobrar, más el tiempo que llevo como autónoma que es 1 año? Gracias!
Hola Nina,
No, deberías trabajar por cuenta ajena, perder ese empleo involuntariamente y luego ya puedes sumar lo que tuvieras acumulado para cobrar el paro
Buenas! Fui autónoma durante 5 años y cese la actividad por falta de trabajo y en inem me dijieron que no podía solicitar paro. Me contrató una empresa durante 11 días y mi pregunta es si con lo que tengo acomulado habría alguna manera de pedir el paro o alguna ayuda pues tengo 59 años. Gracias de antemano por tu ayuda
Hola Javier,
Como bien dices cuando se acaba el contrato por cuenta ajena si eres autonomo no tienes derecho a cobrar el paro. Pero si por ejemplo despues de 5 meses desde el despido y trabajando como autonomo dejaras de ser autonomo, podrias solicitar el desempleo si estuviste en la empresa que te despidierón 3 años?
Muchas gracias
Hola Alfonso,
Creo que en este caso tendrías que haber cotizado en el régimen general y perdido el empleo de forma involuntaria para que se puede sumar las cotizaciones antiguas,
Hola Javier, tengo un problema
Soy administrador de una S.L desde Octubre 2015 y a la vez llevo trabajando para mi empresa desde Octubre 2014.
Bien pues voy a ser despedido a finales de mes pero el negocio todavía no da para un sueldo para mi. Mi cuestión es si puedo cobrar el paro estando ya dado de alta de autónomo…
Javier tus aportes son valiosos, gracias por compartirlos. Te expongo mi situacion, actualmente trabajo en pluriactividad, por cuenta ajena desde hace mas de 10 años sin haber solicitado nunca prestación por desempleo, y desde Junio de 2015 como autónomo en una comunidad de bienes de una pequeña empresa familiar anadaluza ( mi residencia y trabajo por cuenta ajena es en Madrid).
El caso es que mi empresa actual se encuentra en una situación delicada y temo que en el corto plazo pueda afectarme un ERE. Dado el caso, y para evitar incompatibilidades, estoy planteandome darme de baja como autonomo en el proximo mes, y llegado el momento, si se produce mi despido por cuenta ajena, poder optar a la prestacion por desempleo por cuenta ajena. Entiendo es una opción perfectamente valida basandome en la legislacion actual, ¿estoy en lo correcto? Mi idea seria solicitar un pago unico para reinvertir en mi empresa familiar volviendome a dar de alta en el RETA posteriormente para poder aplicarlo en un plan de modernización que justificaría la aplicación del mismo. Agradecería tu consejo al respecto.
Hola Francisco,
El problema que veo es que la prestación por desempleo en pago único está pensada para personas que desean iniciarse como autónomos en una nueva actividad (entre otras), pero según parece en tu caso no sería nueva como tal puesto que ya apareces como autónomo en el pasado, por tanto no tengo claro que el SEPE te conceda esa ayuda
Hola, Javier, me surge una duda: Durante ocho años he trabajado como autónomo. Hace 15 meses me contrataron para hacer una suplencia, pero seguí cotizando también como autónoma ya que después de mi jornada laboral hacía trabajos de freelance. Ahora termina mi suplencia. Mi duda es si podría acogerme al paro teniendo en cuenta que he estado haciendo una doble cotización (por cuenta propia y ajena).
Mil gracias
María
Hola María,
Yo entiendo que no es posible puesto que si se te acaba el contrato sigues como autónoma y no es compatible paro y autónomos
Hola Javier, tengo una duda.
Según dices sólo puedes cobrar el paro al mismo tiempo que eres autónomo durante 9 meses como máximo. Si te pertenece más paro, por ejemplo un año en total, ¿esos 3 meses restantes de paro los podrás solicitar si cesas tu actividad como autónomo en menos de 5 años?
Muchas gracias.
Hola María,
Es interesante tu pregunta voy a mirarlo y vuelvo a editar este mensaje. –> Se puede reanudar el anterior subsidio si el trabajo como autónomo no ha alcanzado 60 meses de duración, si es igual o superior a 60 meses se extingue. Para reanudar la prestación hay presentar la solicitud y el alta y baja de autónomo
Buenos días.
Actualmente soy autónomo (2 años) y trabajador por cuenta ajena.
En el caso que me despidiesen de mi trabajo, ¿tendria derecho a cobrar el paro y seguir con la actividad de autónomo?
Hola Juan,
Uno de los requisitos para poder cobrar el paro es «No realizar una actividad por cuenta propia», así que me temo que no
Buenas Javier mi caso es el siguiente en los últimos 3 años de junio a septiembre estoy de autónomo (hostelería,periodo piscinas verano) ahora acabó terminar un contrato cuenta ajena de campaña en 1 industria fruta que compaginado también con el periodo autónomo cuenta propia.
Mi pregunta es si el año y pico que tengo cotizado de autónomo se sumará a los 4meses que tengo cotizado por cuenta ajena generándose el periodo que sea de paro.
Gracias de antemano
Hola Jesús,
LO trabajado como autónomo no genera derecho a desempleo
Buenos días Javier,
Mi chica y yo tenemos un pequeño problema.
Desde los 18 hasta los 23 años ha trabajado por cuenta ajena.
Después de eso ha estado de autonoma durante 7 años. Se dió de baja y no ha cobrado paro ni nada. Después volvió a trabajar por cuenta ajena durante un año. Ahora se le acaba el contrato y no la van a renovar. Le corresponde subsidio por desempleo por los años trabajados como autonoma?
Muchas gracias
Hola Fabián,
Como yo lo veo no sería posible por los años como autónoma y sí en cambio por el año que ha trabajado por cuenta ajena, e incluso la ayuda familiar si reúne los requisitos.
Buenos días,
Si era pluriempleada (trabajaba a tiempo completo por cuenta ajena y cotizaba como autónoma también aunque realizaba trabajos muy puntuales) y se me acabó el contrato por cuenta ajena, ¿tengo derecho a desempleo? Unos me dicen que sí y otros que no. Toda la información que veo disponible es sobre nuevas altas en el régimen de autónomos y mi caso es distinto, yo ya era autónoma como 4 meses antes de que se extinguiera el contrato por cuenta ajena.
Gracias, cualquier información me será de gran ayuda.
Hola Rocío,
Según lo veo yo, no tienes derecho ya que no es compatible el trabajo autónomo y cobrar el desempleo, salvo que tuvieras derecho a desempleo antes de darte de alta como autónomo, cosa que veo que no ha sucedido en tu caso, efectivamente para nuevas altas si se puede compatibilizar, pero si ya eras autónomo al tiempo de terminar el contrato por cuenta ajena no se tiene derecho a cobrar el paro.
Saludos
Hola Javier,
al hilo del tema de la nueva legislación de los autónomos y el desempleo, me gustaría preguntarle una cuestión:
Si se ha despedido a un trabajador de la empresa, cuanto tiempo debe pasar para que pueda ser autónomo para colaborar con la misma empresa?
Gracias.
Hola Carolina,
Que yo sepa para eso no hay plazo, cuestión distinta es que se despida al trabajador, automáticamente pase a cobrar el paro y luego vuelva a trabajar para la misma empresa, el SEPE puede apreciar indicios de fraude para el cobro de prestaciones por desempleo por connivencia empresa – trabajador, y acabar sancionado a la empresa y al trabajador.
Saludos