Nuevo modelo de nómina
Hace tiempo se publicó en el BOE el nuevo modelo de nómina, en el que obligatoriamente deben hacerse los pagos a los trabajadores a partir de mayo de 2015 y deberá ser así en adelante mientras no se vuelva a cambiar. En el artículo de hoy te voy a explicar las principales novedades.
Obligación de cumplir la norma.
El Estatuto de los Trabajadores establece en su artículo 29.1 que «el recibo de salarios se ajustará al modelo que apruebe el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social» (hoy de Empleo y Seguridad Social). Por tanto no hay duda en su obligado cumplimiento.
¿Qué debe contener la nómina?
Según el art. 104.2 de la Ley General de la Seguridad Social establece: “El empresario descontará a sus trabajadores, en el momento de hacerles efectivas sus retribuciones, la aportación que corresponda a cada uno de ellos. Si no efectuase el descuento en dicho momento no podrá realizarlo con posterioridad, quedando obligado a ingresar la totalidad de las cuotas a su exclusivo cargo.
En los justificantes de pago de dichas retribuciones, el empresario deberá informar a los trabajadores de la cuantía total de la cotización a la Seguridad Social indicando, de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 103, la parte de la cotización que corresponde a la aportación del empresario y la parte correspondiente al trabajador, en los términos que reglamentariamente se determinen.”
Es decir, según esto, en las nóminas el empresario descuenta lo que tiene que pagar cada trabajador y además se debe informar lo que tiene que aportar el empresario a la Seguridad Social por ese trabajador y lo que paga el trabajador por él mismo.
Lo que ocurría hasta ahora.
En las nóminas se hacía una relación de conceptos que componen la nómina y las deducciones a aplicar de cuenta del trabajador con lo cual resultaba al final el importe líquido a percibir por el trabajador. Pero no había ni rastro de lo que había pagado el empresario por el trabajador a la Seguridad Social, es decir, lo que le cuesta a la empresa el trabajador. Y eso es lo que viene a resolver esta nueva norma.
Qué se pretende.
Bajo mi punto de vista aportar mucha más transparencia al recibo de salarios, de forma que todas las partes de la relación laboral sepan y tengan claro lo que paga cada una a la Seguridad Social.
Conceptos que paga la empresa (y que no se mencionaban hasta ahora)
El 23,6% a la Seguridad Social
El 5,5% de desempleo (aunque es distinta para cada tipo de contrato)
El 0,6% por formación profesional
El 0,2% al FOGASA
Si los sumamos todos resulta que la empresa paga un 29,9% más de lo que aparecía reflejado en la nómina hasta ahora. Lo que ocurre es que ese dinero lo ingresa la empresa directamente cada mes.
En definitiva, este ‘coste empresa’ o ‘cuota empresa’ que parece que no cuenta, pues cuenta y mucho en los costes que debe soportar la empresa por cada trabajador y a partir de ahora debe fijarse en la nómina de cada uno de los trabajadores.
¿Cuándo entra en vigor esta norma?
El 11 de mayo de 2015
Hasta aquí todo normal:
:arrow: Esta es la novedad:
Finalmente, puede que te interese conocer qué hacer si la empresa no te paga la nómina, o cómo calcular el sueldo neto
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