¿Qué son y para qué sirven las mutuas de trabajo?
En muchos artículos que voy escribiendo aparece la figura de las Mutuas de Accidentes de Trabajo, unas veces para pagar prestaciones, y otras veces porque son las que impugnan los procedimientos de incapacidad permanente, etc.
Así que como hace poco se ha aprobado la nueva Ley de Mutuas pues me viene de perlas escribir un artículo hablando sobre ellas para que te puedas hacer una idea de lo que son y para qué sirven.
Las Mutuas son las gran desconocida para la mayoría de los trabajadores, e incluso muchos no saben ni que tienen que acudir a ellas ante un accidente o proceso de incapacidad temporal, así que no está de mal que eches un vistazo al artículo de hoy.
Contenido
Nueva denominación
Con la aprobación de la Ley de Mutuas se les ha cambiado el nombre, si antes se llamaban Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, ahora pasan a denominarse Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.
¿Qué son las Mutuas?
Son asociaciones de empresarios de naturaleza privada, sin ánimo de lucro que colaboran en la gestión de la Seguridad Social y que funcionan en todo el territorio nacional.
¿Qué se necesita para constituir una Mutua Colaboradora?
La unión de 50 empresarios, que a su vez cuenten con un mínimo de 30.000 trabajadores y un volumen de cotización por contingencias profesionales de como mínimo 20 millones de euros.
¿Por qué una nueva Ley de Mutuas?
Aunque en el preámbulo de la Ley hable de modernización, agilización, transparencia, etc como en casi todas las leyes…, el objetivo es controlar el absentismo laboral y ayudar a la mejora de la sostenibilidad de la Seguridad Social, dotando a las mutuas de mayores competencias en relación a las prestaciones, sobre todo en materia de baja por enfermedad común.
¿Sobre qué prestaciones pueden colaborar?
En todas estas: gestión de las prestaciones económicas y de la asistencia sanitaria derivada de las contingencias profesionales; realización de actividades de prevención de riesgos laborales de la Seguridad Social; gestión de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes; gestión de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y la lactancia natural; gestión de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave; y gestión de la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos.
¿Y cómo gestionan todas estas prestaciones?
Mediante las cuotas que les transfiere la Tesorería General de la Seguridad Social.
Ahora voy a plantear una serie de preguntas prácticas que pueden ser de ayuda.
En caso de accidente, ¿me voy al Hospital o a la Mutua?
Lo normal es que en caso de accidente laboral, el trabajador acuda a la mutua, pero si no sabe donde está (cosa común) o está cerrada o hay riesgo vital para el trabajador lo más lógico es acudir al Hospital más cercano, y una vez atendido la urgencia deberá dirigirse a la Mutua para dar los detalles del accidente.
¿La Mutua me puede dar el alta en caso de enfermedad común?
Las mutuas proponen el alta del trabajador y será el INSS el que resuelva esa propuesta, que en un 90% de los casos acaba confirmando la propuesta de la Mutua, eso sí, en caso de que el trabajador no esté de acuerdo podrá impugnar el alta.
¿Es más barato asociarse a una mutua o no?
Es exactamente igual, las cotizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son las mismas si optamos o no por una mutua.
¿Me curan más rápido en la Mutua?
En caso de accidente de trabajo, la mutua paga desde el primer día, así que es la primera interesada en que el trabajador se restablezca lo más pronto posible.
¿qué hago si la Mutua no reconoce el accidente laboral?
Como consecuencia de la anterior pregunta se producen muchos conflictos cuando la Mutua no reconoce como accidente laboral el percance sufrido por el trabajador, sino que lo califican de enfermedad común. Ante eso, podemos plantear una Hoja de Reclamaciones en la propia mutua explicando el caso, y también acudir al médico de cabecera para que nos expida la consiguiente baja e interponer una reclamación por determinación de la contingencia. Y en caso de que también la desestimen acudir a la vía judicial en el plazo de 30 días.
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Estos artículos pueden ser interesantes ya que hablo de quién paga mientras estoy de baja médica y cuánto me pagan mientras estoy de baja médica
Saludos
Hola muy buenas!
Mi marido está atravesando un TAG por motivos familiares graves. Le han medicado por seguridad social y desde la mutua exigen llevar los informes médicos y también lo derivan a un psiquiatra. Estamos obligados a presentar informes personales y acudir a los especialistas que ellos te manden?
hola hace unos años tuve una caida en el trabajo me causo una lesion en la espalda y desde entonces tengo recaidas por esfuerzos malas posturas etc, hasta ahora siempre me habia pillado trabajando y iba a la mutua y no habia problemas.
pero la ultima vez me a pasado lo siguiente: me hice daño, me dieron la baja me hicieron puruebas ,resonancia etc, vuelo al trabajo con la cita para dentro dee un año por la mutua, asito a la consulta y y sin novedad pero dos meses y medio despues estando de vacaciones(en mi casa) tengo una fuerte recaida por sobresalto y fui al medico de cabezera y me dio la baja al poco tiempo me llama la mutua a consulta a ver que me pasa y les comento la situacion y mi pregunta es : ¿si es una recaida por un acidente laboral la mutua deberia de hacerse cargo aunque me alla pillado estando de vaciones? gracis
Hola Jesús,
Si han transcurrido menos de 6 meses desde la baja anterior, y ésta era por accidente entonces la Mutua tiene obligación de hacerse cargo de la baja, y si han transcurrido más de 6 meses entonces no se considera recaída y habría que evaluar al trabajador.
Hola Javier.
Mi suegra esta de baja por la seguridad social hace un mes le comunicaron que la empresa donde trabajaba cerraba, ella ha ido a la mutua laboral y le han pagado la prestación que le corresponde por seguir de baja. La pregunta es la siguiente: ¿quién se hace cargo de que ella siga cotizando en la seguridad social?. Acabo de imprimir su vida laboral y esta dada de baja por la empresa pero no hay ninguna alta.
Hola Raúl,
Es una pregunta interesante, voy a escribir un artículo sobre esto próximamente.
la mutua paga el 100% del sueldo, mientras dura la baja?
Hola Juan,
Échale un vistazo a este artículo
Primeramente felicitarte por la pagina y mi agradecimiento por la información. Mi pregunta es la siguiente:
Si la mutua no reconoce el accidente laboral, pero me ofrece darme la rehabilitación, ¿Tiene algun coste para mi o la empresa? ¿Que diferencia tiene para mi que sea contingencia común o baja laboral? ¿Puedo ganar algo haciendo una reclamación por determinación de contingencia?
Hola Juan,
La mutua no es que te ofrezca a hacerte la rehabilitación, es que es su obligación en caso de que la empresa elija una mutua, faltaría más, así que no te están haciendo ningún favor. La diferencia es que se cobra más y desde el primer día, puedes impugnar la baja solicitando un cambio de contingencia.
Saludos
El otro dia me cai yrndo al trabajo albparecer me hice un rsguinse pero segui trabajando pork crei k era un dolor k se me iva a pasar pero el dia k libre corri un poco y al parecer provoke k se agrabara asisti al medico de cabezera me dijo k siguise y k si notara mucho dolor fuera a pedir la baja la verdad no puedo ni andar al ir a trabjar lo he agrabado ahora me duele hasta otro pie k puedo hacer ir donde ustedes o pedir la baja en mi medico gracias
Hola Beatriz,
Ir a tu médico de cabecera y pedir la baja médica. Quizás debiste pedirla el mismo día que te caíste para que se considera accidente laboral, pero bueno lo mejor es que si no puedes andar cojas la baja médica.
Saludos