¿Cuándo se considera recaída de IT?
Supongamos que un trabajador ha sido dado de baja por una enfermedad determinada, y al tiempo es dado de alta.
Posteriormente ese mismo trabajador vuelve a solicitar la baja por la misma enfermedad que la anterior y nos plantea si se puede considerar recaída y los efectos de esa recaída a la hora de seguir cobrando la prestación de incapacidad temporal.
Pues ese es el objeto de este artículo.
Primeramente, para ponernos en situación hay que decir que las bajas laborales tienen una duración máxima de 18 meses, que podrá ser prorrogada excepcionalmente por otros 3 meses más cuando haya expectativas de mejoría o curación reales, lo que se conoce como demora en la calificación.
Si el trabajador ha estado de baja por ejemplo 8 meses y es dado de alta, si se produce una nueva baja dentro de los 180 días siguientes por la misma o similar patología se considerará RECAÍDA y por tanto los efectos de la baja se retrotraen a la fecha de la primera baja.
El procedimiento para pedir baja médica por recaída le corresponde al INSS, que será el único competente para emitir una nueva baja médica dentro de los 180 días siguientes al alta médica.
Contenido
¿Quién paga por la segunda baja laboral?
Si era la mutua la que pagaba la primera incapacidad temporal, y si se considera recaída de la primera será la Mutua la que pague también esta segunda baja laboral.
Es posible que si la primera IT lo era por accidente de trabajo, y el trabajador se da de baja posteriormente, la mutua lo califique de enfermedad común para no tener que pagarle al trabajador y que sea el INSS el responsable del pago.
¿Qué pasa si transcurren más de 180 días?
Si han transcurrido más de 6 meses desde la baja anterior, da igual que sean o no las mismas lesiones, porque se trataría de una nueva situación y habría que reconocer al trabajador de nuevo y además deberá acreditar 180 días cotizados.
Porque te recuerdo que para tener derecho a la prestación de incapacidad temporal hay que tener cotizados 180 días en los últimos 5 años si hablamos de enfermedad común, en cambio no se necesita periodo previo de cotización si estamos ante un accidente de trabajo.
Nota: Se pueden utilizar los 180 días de baja previa para tener por cumplido el requisito de acreditar 180 días dentro de los 5 años anteriores
¿Qué pasa si no transcurren 180 días pero son distintas lesiones?
Pues que habría que realizar un nuevo reconocimiento igualmente y no se consideraría recaída, debiendo acreditar nuevamente 180 días en los últimos 5 años o ninguno si es accidente de trabajo.
¿Qué ocurre si pasan los 18 meses de IT y el trabajador en el plazo de 180 días se da de baja nuevamente?
Nos podemos plantear si una vez agotados los 18 meses de baja el trabajador en el plazo de 180 días siguientes se da nuevamente de baja por la misma o similar patología, ¿tendría derecho a cobrar por incapacidad temporal?
El INSS en estos casos suele denegar muy a menudo la prestación con el argumento de que se trata de la misma o similar patología y/o no han transcurrido 180 días.
Pues bien, este razonamiento no es válido según la doctrina del Tribunal Supremo, ya que para denegar la prestación de IT en estos casos el INSS debe justificar o razonar los motivos que le llevan a no conceder la prestación, pero basarse en que simple y llanamente es la misma o similar patología o que no han pasado 6 meses no es un argumento válido.
¿Hay obligación del trabajar mientras se tramita la recaída?
– Si hay un parte de baja médico no puede ir a trabajar, y los efectos del pago directo se retrotraen desde la fecha de la baja médica.
– Si no hubiera parte de baja médico, el trabajador tiene que acudir a su trabajo hasta que se resuelva el expediente, (so pena de que la empresa pueda darlo de baja por baja voluntaria). En este caso, si se acepta la recaída, los efectos se retrotraen a la fecha de la solicitud.
Así que ya sabes, si tienes la resolución del INSS delante en la que dice que se deniega la prestación de IT (transcurridos 18 meses de la baja) porque se trata de la misma o similar patología y/o no han transcurrido 180 días puedes, o mejor dicho debes recurrirla porque tienes las de ganar.
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Gracias
Buenas tardes Javier, me dirijo a usted para saber si puedo solicitar la baja por lo mismo depresión ya la médica de cabecera me dio el alta y no estado confirme y la he recurrido.debo esperar a la resolución del inspector médico.
Y si la solicito a quién he de pedir la baja.
Gracias
Hola Javier, mi duda es la siguiente:llevo de baja desde mayo por accidente no laboral(más de 6 meses) y el rehabilitador me ha dicho que estoy bien y que por su parte me da el alta,además justo ahora tengo las vacaciones (mi empresa hay cierre de negocio y por tanto las tendría que coger si o si) . Si el médico de cabecera me da el alta y después de las vacaciones al incorporarme tuviese que volver a coger la baja por las lesiones que tengo podría hacerlo? Quien me pagaría (ahora me paga la mutua)? Y cuanto seria? Porque ahora como accidente no laboral cobro el 100%
YO AGOTE LOS 545 DIAS DE BAJA Y COGI LOS DOS MESES DE VACACIONES QUE ME DEBEN, PERO AHORA HE SOLICITADO A PETICION DE MI MEDICO LA BAJA POR RECAIDA EN EL INSS.
CUAL ES MI SORPRESA QUE ME CONTESTAN QUE ELLOS NO ME DDAN LA BAJA POR RECAIDA Y QUE TIENE QUE SER MI MEDICO DE CABECERA.
VOY AL MEDICO DE CABECERA Y SE SORPRENDE NO LO PUEDE CREER Y LLAMA POR TELEFONO A UNA INSPECTORA QUE LE CONFRMA QUE ES EL QUIEN ME LA DEBE DE DAR, LA BAJA Y NNO HAN PASADO SEIS MESES DE LA ULTIMA,
Buenas tardes.
Estoy en una empresa de limpiezas, ahora estoy de baja por lumbalgia crónica, mi temor es que cuando me den el alta, digan que las empresas a las que yo iba a limpiar han pedido el cambio de señora, y me quede sin sitios.
Y si esto pasa pueden despedirme?
Y teniendo en cuenta que llevo 10 años en la empresa, cuanto tendrían que indemnizarme? Y puedo cobrar el paro?
Estoy a terrorizada, pues tengo 60 años, y si esto pasa no voy a encontrar trabajo…
Gracias.
Hola Mar,
Si la empresa te despide tu indemnización es de 45/33 días por año trabajado, por otro lado, eso que me comentas, «el cambio de señora» es más problema de la empresa que tuyo, mejor no adelantarse a los acontencimientos, espera a reincorporarte y si te despidieran pásate por aquí y lo comentas.
Hola Javier. Si es posible necesito respuesta rápida ya que estoy con el proceso.
Te comento la situación.
En Enero de este mismo año tuve un accidente laboral en el cual se me rompió el menisco, la mutua me opero y empezó al rehabilitación. Me dieron el alta a los dos meses justo, y yo decía en dichas sesiones de rehabilitación y en la citas del medico de la mutua que no estaba bien y tenia los mismo dolores y molestias. Nunca mas me volvió a ver un traumatologo de la mutua y yo se lo decía al medico que me mandara.
El alta que se me dio lo denuncie al INS, el cual me hizo ir al tribunal medico, y el que me dio la razón deshaciendo dicho alta anterior.
Al volver a la mutua me hicieron una resonancia de control, la cual me dijo el medico que estaba todo bien. Continue con la rehabilitación.
Al mes me volvieron a dar el alta. Solicite las resonancias y demás documentos que los tengo en mi poder.
Me puse a trabajar en otra empresa, que no tiene acuerdo con ninguna mutua y nos trata la S.S.
El ultimo alta de que dio la mutua fue el 9 de junio de este año, empece a trabajar en julio y solo he podido aguantar hasta septiembre que tuve que pedir la baja porque no aguanto con los dolores y molestias, mi trabajo me exige estar fisicamente bien ya que soy buceador profesional. Fui a mi medico de cabecera y me dio la baja, pero por enfermedad común.
Lleve la ultima resonancia que me hizo la mutua a un medico privado el cual me dijo y me hizo un informe que el menisco estaba roto, definiendo la misma lesión igual a la anterior de operarme la mutua. Rotura del cuerno posterior del menisco interno.
Lleve la documentación a inspección medica y me la han reconocido como accidente laboral y el INS me dicho que de los gastos des subsidio de baja se hace cargo la mutua anterior con la base de cotización de esta ultima nomina, pero el tratamiento me lo hace la S.S.
El medico de cabecera no me pone recaída en el parte de baja porque dice que no dispone de información de esa baja anterior, la cual le lleve todo, informes,resonancia, partes de baja de la mutua…
Mi pregunta es si eso de la base reguladora es así, si tiene que ser a la ultima nomina de la recaída o tiene que ser la que cobraba anteriormente en la primera baja?
Me tiene que dar asistencia sanitaria la S.S o la mutua?
Muchas gracias y un saludo.
Buenos días!
Muy interesante artículo. Pero tengo unas dudas.
Estoy de baja desde principios de agosto. Baja emitida por mi médico de cabecera, depresión. Estimación de baja 60 días. La razón de depresión – empeoradas ondiciones laborales.
Como ya se sabe ahora las Mutuas «persiguen» a los trabajadores. Después de unos 15 días después de visitar médico de la mutua paso informe al tribunal médico. Como coincidía con las vacaciones mi doctora de cabecera me ha dado de alta para que no tenga problemas. Y al volver de las vacaciones me ha dado de baja otra vez – recaída.
Ahora la Mutua otra vez me visto y la doctora mando el informe al tribunal médico. Motivo – mis explicaciones son claras (vamos, se que tengo, se cómo explicarlo, pero sigo con ansiedad que antes). Pues tribunal médico manda una notificación a la doctora de cabecera de darme de alta. Está dice que si seguirá dándome de baja y luego es el tribunal médico que me den de alta ella ya no podrá darme de baja ni siquiera por una diarrea. Que tendré que ir a la mutua y a ver si estos me dan de baja.
Quiero anotar que el médico de cabecera y la de mutua fueron notificados que voy a psichoterapia por mi cuenta. Mi psicóloga dice de aún no estoy apta para trabajar. Que en muy poco tiempo estaré igual que cuando empecé la terapia. Que debería seguir de baja.
Entonces mis dudas. 1. Es verdad que si el tribunal médico me da de alta mi doctora de cabecera no podrá darme de baja ni si quiera por diarrea? 2. Serviría de algo si yo presentaría el informe de mi Psicóloga al tribunal médico? Mi duda es porque está Psicóloga me encontré yo a través de mi seguro privado. Que no sea que me digan que está a favor mío porque le pago (que no es cierto, paga mi seguro, da igual si yo voy a sus sesiones o no).
Muchas gracias sus comentarios.
Buenas noches, Javier.
Ante todo, felicitarte por la gran labor que haces asesorando.
En mi caso estuve 365 días de baja laboral debido a crisis de ansiedad y trastorno de la personalidad crónica y fuí dado de alta. Han pasado 6 meses desde entonces y estoy a la espera de que se celebre el juicio para ver si se me concede la incapacidad. Mi pregunta es…¿Si en esos 6 meses transcurridos no he trabajado ni, por lo tanto, cotizado, puedo pedir una nueva baja y tener derecho a prestación? ¿O se consideraría recaída por no haber estado trabajando durante estos 180 días?
Un Saludo y muchas gracias por tu atención.
Buenos días Javier desearía que me ayudases estando con una prórroga de 180 días y sin consumir esos días me ha dado el alta el INSS a los 2 días presento una solicitud de recaída ahora tengo que esperar 2 días para que me vean otra vez en el INSS mi pregunta es la siguiente desde la fecha de alta del INSS hasta la nueva fecha que me han dado para verme nuevamente en la consulta del INSS, como estoy laboralmente y quién es el que se ocupa de mi prestación salarial muchas gracias
Mire, despues de 18 meses de baja, si inspección te concede una prórroga excepcional de 3 meses o 6, en cuyo caso parece que la empresa deja de cotizar por ese trabajador . Bien, a efectos prácticos ¿qué consecuencias tiene eso? ¿Deba pagarse el trabajador esa seguridad social que la empresa deja de pagar? ¿O que se hace?
Muchas gracias
Hola Javier m llamo José me an dado el alta tras agotar lo 18 meces con cuatro operaciones pendiente dos de ella ya firmadas ya e empesado hoy a trabajar imaginate cómo estoy no puedo con mi alma y cargando personas mallores en una residencia cuando m llamen para operarme y m den el alta Kien m paga la baja es k escuchado k m dan d baja pero no me pagan si usted me lo puedes aclarar gracias.
Hola Javier,
Eh estado de autónomo hace un año enferme de enfermedad común supuestamente, 365 días de baja el inns da el alta impugnó ese alta y denegado,
Desde el primer mes de la baja medí por sece de actividad ahora quiero retomar la actividad averiguar hasta que punto puedo trabajar, dado que médicos de cabecera y especialistas saben que no sere capaz de aguantar mucho en mi puesto de trabajo,si iniciará la actividad según el inns me da el alta con una cotización mayor a la que ya venía cobrando en la baja anterior se calcularia a la nueva alta, es decir a la nueva cotización que yo establesca? Ya sea por recaída en menos de 180 días ? Muchas gracias espero entienda mi pregunta saludos
Buenos días
Mi mujer ha estado de baja 538 días. Ahora lleva de alta unos 4 meses (menos de 180 días) por lo que la bajas por igual o similar patología las tiene que dar el INSS. Este lunes ha sufrido una recaída y al día siguiente hemos solicitado en el INSS (después de verla un médico evaluador) la baja por recaída. La resolución a dicha solicitud tarda unos días en llegar tanto al interesado como a la empresa. Nos han dicho que en caso de concederle la baja sería con carácter retroactivo, esto es desde el día que la solicitó. A la empresa de momento le hemos llevado copia de la solicitud de baja pero nos dice que con ese papel el trabajador sigue en activo y por tanto debe acudir a su puesto de trabajo. En el INSS nos dijeron que en estas situaciones el trabajador tiene derecho a no trabajar y esto es algo lógico porque en caso de concederse el alta, si el trabajador estuviera trabajando, amen del riesgo que puede conllevara para su salud, habría estado trabajando de baja, algo manifiestamente irregular y encima sin cobrar por ello. Es mas lógico, que no acuda y si finalmente no le concedieran la baja, regularizar los días no trabajados descontando de vacaciones, días libres o descontando de nómina. La pregunta es si en alguna normativa (ley, decreto, etc) o jurisprudencia, esta contemplado esta situación y el trabajador no tiene por que acudir. En el INSS nos dicen que eso viene en la normativa pero no saben decir en cual exactamente.
Hola buenas. Tuve un accidente de tráfico yendo a trabajar el 28 de junio. Me fracturé la clavícula y me rompí el omóplato. Automáticamente me dieron de baja por accidente laboral. Mi contrato cumple el último día de julio y mi jefe quiere que pida el alta voluntaria porque mi trabajo es pasivo, lo cual no tengo que hacer esfuerzos físicos. Ahora bien. Me mandaron rehabilitación pero, si pido el alta voluntaria pierdo la rehabilitación? Muchas gracias!
Gracias por la información que brindas en este Post.
El 5 de junio de 2016 me caí y me rompí el húmero. Estuve de baja hasta el 17 de febrero de 2017. Ahora me han programado operar para retirsar los clavos el 17 de agosto. Creo que son 180 días justos. Podré pedir la baja por recaída?
Buenos dias mi pregunta es después de darme radioterapia en la pierna todo indicaba una buena recuperación después de una baja desde 4 de mayo asta 7 de julio pedí el alta y al día siguiente 8 de julio me doy cuenta que el tumor vuelve a Dalí que pasa si el lunes 10 de julio cojo la baja
Hola buenas!!
En noviembre 2016 sufro accidente laboral y se me diagnostica una Hernia Inguinal , despues de algunas perdidas de tiempo se me interviene quirurjicamente el 4 de Abril de 2017 con el posterior periodo de recuperación de unos 40 dias mas o menos y se me da el alta.
Al ir a reincorporarme al trabajo se me obliga a disfrutar las vacaciones y antes de reincorporarme se me despide ( con lo cual ahora estoy en paro ).
Resulta que me vuelvo a encontrar mal de la hernia ( creo que por una mala intervencion) y queria saber si la mutua esta obligada a atenderme ( como en cierto dia me comento el propio medico de la mutua )
Estoy en lo correcto y la mutua debe de atenderme aunque este en paro?
GRACIAS y un saludo
He cogido la baja por recaida, la empresa que trabajo quiere que deje de trabajar voluntariamente, eso es legal o me quieren tomar el pelo.
Hola Javier,
e visto que el artículo está actualizado pero no sé si puedo acogerme a la recaída porque en mi caso, tras una baja muy larga de 18 meses más una demora de la calificación de varios meses más, me han denegado la IP que iniciaron de oficio, desgraciadamente mi patología es permanente e invalidante pero ellos no lo entienden así y «milagrosamente» me he curado durante la demora de calificación. De hecho las síntesis dice que mis limitaciones me impiden desarrollar mi trabajo (el cual tiene responsabilidad ante terceros, estrés…) y en la actualidad estoy en proceso de Reclamación Previa y posterior vía judicial, pero a lo que voy, ¿puedo solicitar al INSS recaída pues no han pasado 180 días, por la misma patología y correspondería pago en caso de que atiendan la petición? Muchas gracias de antemano por tu respuesta y un saludo.
Núria
Hola Nuria,
Yo entiendo que no puede considerarse recaída, porque ya has agotado la duración máxima del periodo de IT de 18 meses, por lo tanto creo que deberías iniciar un nuevo proceso, salvo mejor opinión
Buenas tardes,
tras 365 dias de IT, el inss me dio el alta, la impugne y me la han denegado. Quiero solicitar una recaida pero no se como hacerlo. Fui al inss a por el historial medico y me dijeron que era totalmente ilegal que me lo proporcionaran, asique tampoco se como solicitarlo porque creo que es algo importante a la hora de reclamar mi situacion. ¿me puedes ayudar?
Gracias
Hola Javier, tengo una duda, trabajando por ett mas de 5 años en la misma empresa, cogi la baja por enfermedad comun en abril del 2016, ya que la mutua no reconoció mi lesión como suya, una hernia en las cervicales y demás cosillas, a los pocos días la empresa me hecho y pase a cobrar creo por la mutua, aunque la seguridad social fue quien me dio la baja y ala cual pedí el alta 8 meses despues para buscar un nuevo trabajo, estoy de alta desde enero, y a mediados de abril encontré un trabajo, trabajar a media jornada, el contrato es de trabajo temporal a tiempo parcial, 4 horas semanales aunque empece haciendo 9 h semanales,, mi pregunta es, si cójo una recaída de baja que fue lo que me dijo mi doctora en su día, en caso de que recagera,, seguiría cobrando lo de antes, osea un sueldo de baja por 8 horas que es lo que me quedo o cobraría a raíz de las horas del nuevo trabajo? Gracias de antemano
Hola Jennifer,
En caso de enfermedad común, la base reguladora se calcula según el mes anterior a la baja, que puede ser superior o inferior a la que se cobró en su momento, es decir, según el nuevo trabajo.
Tuve un accidente en mi trabajo me diagnosticaron lumbalgia y contractura paravertebral , me dieron de alta aún sabiendo el médico que persistia con los dolores intensos. Me presente a laborar y a los 4 dias regrese pues el dolor era insoportable me calificaron como no recaida porque ahora aparte de la contractura me diagnosticaron un esguince y que nada tiene que ver con el primer diagnostico. No estoy conforme porque a fin de cuentas se me sigue tratando medicamente por la contractura. Debo presentar mi inconformidad ante oficinas de trabajo, que posibilidades tengo de una respuesta positiva?
Hola Javier.
Mi consulta es por estar de baja por recaída de una anemia hemolítica auto inmune . Estuve 5 meses de baja en el 2016 y ahora , después de 3 meses en activo volví a recaer . Mi sorpresa es al ver la nomina de este mes pues según me dijeron en la Mutua del Trabajo cuando me llaman para llevarles los informes médicos de la Seguridad Social que es la que me lleva la enfermedad y el tratamiento , me comentaron que cuando empezara a trabajar si tenía que volver a coger la baja por lo mismo sería por recaída y continuaría cobrando el 75% del sueldo como antes de dejar la baja . En la empresa me dicen que su gestor le comentó que de baja por recaída se cobra el 50% los 3 primeros días , del 4º al 20º el 60% y desde el 21º el 75 % . Ahora no se quien tiene la razón al ver tu comentario:
Si el trabajador ha estado de baja por ejemplo 8 meses y es dado de alta, si se produce una nueva baja dentro de los 180 días siguientes por la misma o similar patología se considerará RECAÍDA y por tanto los efectos de la baja se retrotraen a la fecha de la primera baja
. Muchas gracias
Hola Diego,
Lo que yo quiero decir es que si se produce recaída se repone la percepción del subsidio por incapacidad temporal en la cuantía que corresponda el 60% o al 75%, y sin tener que esperar a que pasen 3 días, se cobra desde el día de la recaída.
Buenos dias
Hoy despues de ir a trubunal medico por una baja desde octubre de 2016, me ha dicho que mi lesion no era suficiente como para seguir de baja, pero en para realizar mi trabajo tengo que cojer peso con mi brazo izquierdo(es el lesionado) y se me queda sin fuerza, en caso de que mañana no pueda realizar mi trabajo podria ir a la mutua( para pedir la baja por accidente laboral) o ir a la seguridad social para que me den la baja por recaida.?
Hola Ángel,
Si te dan de alta por la inspección, puedes impugnarla por el motivo de que sigues incapacitado para realizar tu trabajo habitual, aportando informes y citas médicas, medicamentos que estés tomando etc, en definitiva probar que no puedes coger peso aún
Estado de baja un año por depresión me reincorpore a trabajar el 9 de enero y me encuentro mal nuevamente mi médico lo considera una recaída pero el INSS me envió una carta diciéndome que no podía coger otra baja hasta dentro de seis meses por la misma dolencia en este caso mi psiquiatra considera que tengo una recaída y que va a solicitar se considere la baja nuevamente qué pasaría me pagaría solo inss o cobraría con el complemento que me pagaba la empresa gracias
buenas grqcias de antemano y un saludo estoy de baja mas de un año por espondiloartritis axial y sacrolitis con agrabante de uveitis medicacion inyectada metrotexate y corticoides para la uveitis en el ojo la mutua me propuso para invalidez permanente la resolucion de la seguridad social la denego aun no me llego la carta de estos echos y ala empresa si me llaman intentan negociar para salir de ella y me negue me exigieron coger vacaciones aunque el mismo dia tengo cita medica cabecera me da baja de nuevo por causa similar de la anterior aunque me pone para 60 dias solo que debo hacer despues recalco aun no tengo la sentencia en carta del tribunal dandome la denegacion gracias
buenas grqcias de antemano y un saludo estoy de baja mas de un año por espondiloartritis axial y sacrolitis con agrabante de uveitis medicacion inyectada metrotexate y corticoides para la uveitis en el ojo la mutua me propuso para invalidez permanente la resolucion de la seguridad social la denego aun no me llego la carta de estos echos y ala empresa si me llaman intentan negociar para salir de ella y me negue me exigieron coger vacaciones aunque el mismo dia tengo cita medica cabecera me da baja de nuevo por causa similar de la anterior aunque me pone para 60 dias solo que debo hacer despues recalco aun no tengo la sentencia en carta del tribunal dandome la denegacion gracias
Hola Javier mi pregunta es la siguiente.. me dieron de baja por una lección del bíceps estava trabajando. Y cuando me dieron la baja la empresa me despidio estuve 5 meses de baja a los 40 dias he acudido a la mutua de nuevo porque sigo con dolencia ahora no estoy trabajando y tampoco estoy cobrando el paro ¿tengo derecho a cobrar otra vez por la recaida?¿quien me pagaria?
BUENOS DIAS!!! Soy funcionaria de carrera, llevo un año dada de baja por depresión. Me dicen que me van a dar el alta, solicitaré la prórroga de los 180 días. Mi pregunta es la siguiente. Si después de que pasen los 180 días me incorporo al trabajo y recaígo por la misma enfermedad, comenzaría un nuevo período de baja en las mismas condiciones que la anterior?
Buenas tardes Javier:
Yo llevo 3 meses de baja por depresión y me han diagnosticado un tumor de Warting. el cirujano me aconseja operarme pero mi pregunta es. Si me operan se anularía mi baja por depresión y constaría la baja por operación? porque yo sigo con la depresión y lo que no se es si al darme la baja al operarme si me dan le alta por ej. en un mes de la operación y sigo con la derpesión que tendría que hacer para continuar cn la baja. Muchas gracias. Un saludo
Hola .estoy de baja por un pinzamiento tengo hernia dical c4 c5, estoy desde mayo hoy estado en rehabilitación y me dice el médico que no me pueden hacer nada tendré que acostrubrarme a vivir con el dolor .que me llamarán para enseñarme unos ejercicios para fortalecer la musculación, Si me me doy de alta como autónoma para mi propia empresa .y sigo mal me podría dar de baja sería baja nueva o recaída. Es mejor ??? Agotar los 18 meses o intentar reicorporarme no se si comentarselo a mi medico de cabecera
Hola Javier,
Soy trabajadora autónoma y estoy embarazada de 27 semanas, he estado de baja por lumbalgia hasta el 31 enero, y al día siguiente se me ha dado de baja por riesgo de parto prematuro. ¿Hay alguna forma de seguir cobrando el 75% de la prestaciónpor it?
El diagnóstico de baja ha cambiado porque la mutua me mando a una revisión en su ginecóloga la cual redactó un informe en el que, el cuello del utero se ha borrado y, estoy en riesgo de parto prematuro solicitando baja laboral y reposo acompañado de un tratamiento.
buenas me gustaría a ver si me pueden orientar un poco. LLEVO CON DEPRESION y TRASTORNO OBSESIVO COMPULSIVO 14 AÑOS EN Ocasiones mejor y en otras peor y tomando medicación prácticamente todo este tiempo, hace unos mese me despidieron y mi problema se esta agravando, estoy cobrando el paro y quiero saber si pido la baja medica cuando se me acabe el desempleo seguiría cobrando por la seguridad social o no? gracias de antemano.
Hola Javier mi caso es que tuve una baja por enfermedad común ciática y después de 4 meses me dan el alta el inspector yo no la recurro la empresa me despidió se me consumió el paro ahora en enero encuentro otro empleo en otra empresa distinta y vuelvo a recaer de lo mismo en medico no me pone recaída se le pasó mi pregunta es quién me paga y cuánto ,gracias un saludo.
Voy a cumplir el día 27 de enero2017 dos años de baja he recibo el 28 dic una resolución donde me dicen que van de alta pero he tenido 2 cirugía una el 2 nos2016 y otra el 23 dic2016 están son las dos últimas de 6 cirugías de cáncer de mama que puedo hacer si aun no puedo alzar espeso trabajo en una residencia como auxiliar de enfermeria
hola javier mi pregunta es yo llevo de baja 8 meses en el trabajo pero me la dio la seguridad social por que no fue trabajando.bien si aora despues de q me den el alta y vuelvo a trabajar y me vuelvo hacer daño cuanto tiempo tiene que pasar para que la mutua se pueda hacer cargo y ellos me puedan tratar la lexion????
Hola Javier
Me llamo Maria estado 18 meses de baja por un ictus isquemico cerebeloso,con un foramen oval permeable,aneurisma del septo interauricular, insuficiencia mitral leve,mareos multifactoriales debido al ictus y en tratamiento por epilepsia aunque fue un solo episodio gracias a dios ando y no tengo secuelas físicas pero si muchos mareos y dolores de cabeza, y una gran depresión por lo sucedido y no encontrarme bien lo dicho después de 18 meses de baja ahora me dan el alta por curación trabajaba entonces en operario de cadena de montaje con maquinaria hidráulica pero estando de baja me despidieron y cobre los meses de paro que tenia me siguió pagando la mutua pero ahora mi pregunta es ¿QUE PUEDO HACER? ES NORMAL QUE EN ESTAS CONDICIONES ME DEN EL ALTA SI COMO ASI
Hola María,
Es un disparate, deberías solicitar la incapacidad permanente y pasar por el tribunal.
Saludos:
Anteriormente y tras año y medio de baja ya me denegaron la IT
Los denuncié en el juzgado pero lo perdí.
Al cabo del año vuelvo a darme de baja por lo mismo y tras 2 años me la vuelven a denegar.
En la sentencia de la primera denegación ellos decian:
APTO PERO CON LA RESTRICCIÓN DETRABAJO CON AUDICIÓN BILATERAL ESTABLE.
Mi enfermedqad es COLESTEATOMAS EN LOS OIDOS:
4 operaciones de oido en uno de ellos vaciamiento total.COLESTEATOMA RADICAL
en uno audición al 50% y en el otro 0%
Como podría seguir con el segundo expediente, pués todavía no he recibido la denegación pero yo ya la he visto que está resuelta negativamente en mis expedientes con certificado digital.
está resuelta negativamente por no alcanzar el grado de lesiones.
gracias
Hola Antonio,
Como son dos expedientes distintos, cuando le llegue la resolución podrá impugnarlo igual que hizo con el primero
Hola!
Una pregunta; si hemos tenido una laringofarigitis aguda estamos de baja un día, cogemos el alta y al cabo de 5 días tenemos una bronconeumonía, se considera recaída?
gracias!
Hola Mireya,
Si se puede considerar que es la misma o similar enfermedad entonces sí, y siempre que no hayan pasado los 6 meses de rigor desde el alta y la nueva patología
Hola fue intervenido de epicondilitis hace 9 meses la mutua me dio de alta a los 8 meses y aun tengo dolor e inchazon en el codo no puedo flexionar al máximo y al hacer fuerza me duele la mutua no me quiere atender x que la seguridad social no me acepta la reclamación porque ya han pasado los 20 días que son para reclamar un traumatologo privado me manda a hacer una resonancia porque posiblemente hay algo mal y ni la seguridad social ni la mutua se quieren hacer cargo de las pruebas a quien puedo solicitar las pruebas de momento estoy en paro
Gracias de antemano
Hola queria saber !estoy de baja x enfermedad o sea la ciatica. Y estiy embarazada cuantas semanas pasan gasta que te llama la mutua?
Hola Javier.
Me ha gustado mucho tu articulo, es muy interesante y aclaratorio, pero si me lo permites, se me ocurre una contingencia que no veo reflejado en el mismo y que paso a exponer.
Supongamos que estoy de baja médica durante uno o dos meses, pasados los cuales el doctor de cabecera me da el alta. Me reincorpora a mi trabajo y al día siguiente me despiden porque no tienen proyecto para mi, aun teniendo un contrato indefinido pero en periodo de prueba (6 meses llevando 5 cumplidos).
En estas condiciones, quedo en el paro, sin prestación, y a los 20 días, por ejemplo, vuelvo a recaer en la misma enfermedad. ¿que pasaría entonces? ¿Se retomaría también como continuación de la anterior? ¿Me pagaría el INSS?
Gracias de antemano.
Hola buenos días. Le expongo mi caso :
En octubre de este año me dieron una baja médica por una infección en los ojos y se consideraba enfermedad común. Tuve que pedir el alta voluntaria para volver al trabajo a los 5 días sin estar al 100%. Ahora a finales de octubre me han vuelto a dar la baja por el mismo motivo. No me curé bien y la infección ha salido de nuevo. La empresa me dice que al ser la baja por la misma patología por segunda vez en un año la seguridad social no cubre nada durante mi tiempo de baja y que me van a descontar los días de baja de mi sueldo, ¿es eso posible? En ese caso..si estoy un mes de baja estaré sin cobrar absolutamente nada? Espero su respuesta porque estoy bastante preocupado. Un saludo
Muy buenas. He estado de baja medica 2 meses por lumbalgia, viernes me ha dado el alta. me incorporaron en el trabajo he trabajado 3 horas (mi hornada es de 6h30 sin pausa) después me he ido en emergencia porque me dolía la espalda y la pierna izquierda (estoy embarazada de 25 semanas y también me pinchava muy fuerte la barriga) hoy mi médico me ha dado un informe donde le pida a la inspectora valorarme hotra vez y la empresa también me ha dado un papel donde escribe que no me puede ofrecer hotro puesto de trabajo y que ellos se dedica exclusivamente tareas agrícola. Mi pregunta es que puedo hacer pedir la baja en inss por recaída o hay hotra opción es que yo en mi estado no puedo hacerme mi trabajo habitual como peón agrícola. Muchas gracias!
Hola. Hoy la inspectora me ha dado la alta. Estoy embarazada de 24 semanas, estoy trabajando como peón agrícola y no puedo incorporarme porque no me encuentro bien. Mi baja fue por lumbalgia mi médico de cabecera me ha dado un informe donde decía que no puedo trabajar que estoy tomando tratamiento… y la inspectora me ha dicho que ya puedo incorporarme… que alegría… mi pregunta es ahora que hago como puedo seguir de baja??? Y se que la mutua me puede dar la baja para riesgo pero no se que hacer no se donde preguntar. Gracias!
Hola soy ishi
Tuv un accidente que el bus publico yo era pasajera
Me fui de baja y el dolor que mas me mantenia de baja es el de la muñeca izquierda
Estos dias me senti bien y cogi el alta
Fui a y trabajar cono era deesperar
Pero al llegar la noche comebmnzo de nuevo el dolor de la muñeca
Que he de hacer
Y en este caso me seguira pagando la mutua?
He estado de baja un mes y pico
Muy buenas.
He estado de baja por ansiedad reactiva desde mayo hasta septiembre de este año.
Llevo trabajando un mes y estoy volveindo a tener problemas pero tengo dudas si me puedo coger una baja por lo mismo ya que los enlaces de la empresa no me saben responder.
Y no saben si por tener dos bajas iguales en menos de dos meses me pueden despedir procedentemente
Hola Alexander,
Te pueden despedir, pero como a cualquier trabajador y pagándote una indemnziación en todo caso
Hola!soy empleada de Correos y estoy de baja por una fractura de codo desde Abril.Actualmente estoy esperando que me llamen para operarme porque no se me ha quedado bien. La cuestion es que yo creo que me encuentro bien para trabajar y he pensado en coger el alta hasta que me llamen para la operacion ya que se prevee que aun falta bastante. Mi pregunta es habra algun problema con eso al volver a coger la baja? Y otra duda que tengo es si me van a seguir descontando dinero de la nomina durante mas meses despues de coger el alta?
Hola soy una trabajadora que está de baja por enfermedad común pero he pedido una determinación de contingencias para que se haga cargo la mutua,de momento es la s.socisl la que se está haciendo cargo de mi,al mismo tiempo me han operado y dado otra baja sin estar dada de alta de la enfermedad anterior,no tengo muy clara mi situación ni que debo hacer,mi jefe me ha pedido firmar la baja voluntaria y yo me he negado,creo que quiere despedirme y pasarme a la s.social,puede hacerlo?si lo hace que podría hacer yo?
Gracias
ola mi problema es estuve trabajando en una empresa que me dieron la baja me encontré mejor al mes y cogí el alta en pese con otra empresa y tuve una recaída el medico me dio la baja recaída la mutua me llamo y presente los papeles ahora no me quieran pagar por recaída que hago gracias
Hola, tengo un problema con mi baja.me caí el ,23 de agosto del 2015 en casa, y me partí el.radio no hubo operación.
Tras la caída estuve con el brazo inmovilizado 8 semanas y la seg social no.me dio la rehabilitación.la mutua me dio la posibilidad de dar rehabilitación y.la estuve recibiendo sin mejora Y me propusieron para el alta, el sas, que Es el servicio de Sanidad de Andalucía me llamo a la inspección y me volvío a dar la baja mandado un TAC.
Sin embargo, al.mes me plantel INS y me han dado el alta, como la muñeca me sigue doliendo y tengo una movilidad parcial y estoy pendiente de una prueba y cita con el especialista de mano hice la reclamación .
Entre medias he ido a un traumatólogo especialista en mano y ha visto que tengo una fractura que no han visto en.la esquina del.cubito, un distanciamiento entre el escafoide….En fín que el.dolor es normal porque no estoy bien.Así que voy al INS a presentar el informe y me dicen que ya han resuelto la reclamación y ya no puedo presentar nada, que tengo que ir al juzgado.y.yo.sólo quiero que me vea el informe…..Así que no se que puedo hacer.tengo que pedir una recaída?
Cobraría lo mismo que antes?
Hola Javiermire yo estado de baja desde el 14 de enero al 14 de junio por ddegeneracion de disco l4 l5 y pequeña rotura de los mismos discos L4l5 y el 14 de junio quien me dio el alta fue una iinspectora médicay llevo dos semanas que me incorpore al trabajo pero es que no puedo trabajar me sigo sintiendo mal mi trabajo es de auxiliar de ayuda a domicilio y tengo que cargar peso y ahora la médica ya no puede darme la baja así que no se que va a pasar conmigo me han dicho que es el inss el que ahora decide si me dan la baja que hago ?
Hola Viviana,
Cuando le da el alta la Inspección, el médico de cabecera ya no puede hacer nada, lo que tendría que hacer es acudir a la Inspección y solicitar que le prorrogue la baja más tiempo, para ello su médico de cabecera puede hacerle un informe completo de cuál es su situación médica, y con ese informe se va a la Inspección para que se la prorroguen por más tiempo.
Ola me el mismo día k se me acababa el contrato me dieron la baja por recaida kien me paga aora y si tengo k firmar o no en la empresa. Para el finiquito un saludo
hola buenas tardes,pido un fabor.me operaron de una hernia discal l5 s1 y al cavo de 5 o 6 meses empece a recaerpor pinzamientos en la zona operada y he ido recallendo cada poco tiempoy desde primeros del año pasado a sido muy costante de recaida en recaida.el problema es que impugne el alta barias beces y me la an denegado,pues empezaba a trbajar y en 4 maximo 5 dias bolvia arecaer,el caso es que asta que el tiempo trnscurrido asta que me llegaba la resolucion del inss he tenido dejar de cobrar asta que empezaba a trabajar.si buelvo a recaer por las mismas dolencias, ¿ese tiempo que no he cobrado me lo tienen que pagar?
Buenas tardes Javier. Me he operado del menisco de la pierna izquierda y he estado de baja laboral hasta el 26-04-2016. Un mes antes de darme el alta que por cierto me la di yo voluntaria, tuve un desgarro en el cuadricep de la pierna derecha pero crey que estaba curado pero tuve una recaida del desgarro el dia antes de avisarme del alta (25-04-). El medico volvio a darme de baja por el desgarro el (27-04) pero al no haber una alta laboral no me a correspondio cobrar nada por la nueva baja. A LAS DOS SEMANAS DE LA NUEVA BAJA ME HAN DADO EL ALTA. MI PREGUNTA ES LA SGUIENTE: Si vuelvo a trabajar con contrato laboral y tengo un nuevo desgarro en recaida porque no me encuentro bien del todo cobrare por la recaida del desgarro o no me pertenecera nada por no haber cobrado nada cuando me di de baja por el desgarro. MUCHAS GRACIAS
Buenas tardes Javier.
En agosto de 2014 me rompí un pie en accidente no laboral y me operaron con clavos. estuve de baja 4 meses y después solicite el alta por mejoría para el trabajo.Con el paso del tiempo esto no ha mejorado incluso creo que he empeorado por lo que solicite la incapacidad permanente para mi trabajo (vigilante seguridad). La solicitud la entregue el día 29 de marzo y justo este día y el siguiente tengo un esguince en el pie malo (en el trabajo) y el día 1 de abril me dan la baja pero por enfermedad común. El EVI que ya me valoro me envía la carta de notificación y donde pone contingencia viene también enfermedad común. yo solicite la incapacidad por rotura de los huesos del pie en accidente. me podría explicar por que ponen esto y no accidente.Muchas gracia, un saludo
Hola Juan José,
Debes solicitar un cambio de contingencia, para ello hay un formulario que se puede descargar de la seguridad social, te pongo el enlace http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/189095.pdf
Buenas. Dispongo de varios periodos de baja uno por cervicalgia durante 3 meses (marzo-junio 2015), una tendinitis de hombro durante 5 meses (agosto 2015-enero 2016), una cervicalgia de 1 mes y medio (febrero-marzo 2016) y ahora otra cervicalgia (actualidad). Entre todas ellas han pasado menos de 6 meses entre cada baja. ¿En el cómputo de plazos solo se suman las dos últimas cervicalgias la de mes y medio y la actual? Lo que subyace a toda la problematica es una hernia discal cervical que apareció en una resonancia de agosto del 2015. Gracias por su atención. Es un tema que me preocupa porque no quisiera ni siquiera oir hablar de una incapacidad ni una valoración para la misma.
Hola.Estuve trabajando en un matadero por una empresa de trabajo temporal.Despues de 2 meses me dieron la baja medica por dolores abdominales y la empresa me hizo fin de contrato.Empeze a cobrar de la seguridad social y despues de 7 meses de baja medica me dieron el alta sin un diagnostico.Despues de 7 dias del alta medica,me dieron baja medica otra vez,por recaida.Mi pregunta es,quien me paga ahora estando de baja?Gracias
Hola Dana,
Cuando un trabajador está de baja siempre le comunican por escrito todo lo relacionado con su baja, debería ser el INSS o la Mutua quien se haga cargo de la baja por recaída, pero mejor esperar a ver la notificación o incluso acudir al INSS e informarse.