Futura jubilación anticipada de los policías locales
La jubilación anticipada de los policías locales es una de las grandes exigencias de este colectivo, la posibilidad de pasar a una segunda actividad en consonancia con otros cuerpos y fuerzas del estado, como por ejemplo la Policía Nacional, que llegada una determinada edad, próxima a la jubilación permite a estos colectivos desempeñar un puesto de trabajo con menores exigencias psicofísicas.
Recordemos que el pase a segunda actividad de la Policía Nacional se encuentra regulado por ley y se basa en tres motivos:
-Razones de edad: alcanzar los 55 años
-Por petición propia
-Por insuficiencia de aptitudes psicofísicas
Pues bien, de esto están hablando responsables del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y la FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias), en estos días.
Te puedes preguntar, ¿qué pinta la FEMP en esto?
Bueno, la respuesta es lógica, ya que los policías locales prestan sus servicios en Ayuntamientos, y la FEMP es el órgano de representación y defensa de los intereses locales, por tanto tiene todo el sentido que sea la propia FEMP la que informe sobre estos funcionarios.
En concreto desde el Ministerio de Empleo se ha solicitado a la FEMP que haga un informe sobre dos cuestiones:
-Informe sobre la posibilidad de que los policías locales pasen a una segunda actividad
-La viabilidad del coste económico de esta medida, serían los ayuntamientos los que tienen que costear mayormente este cambio, ya que la cotización adicional del 10,6% será asumida por los propios ayuntamientos en el porcentaje del 8,86% y por los propios policías locales el 1,76% restante.
Mi opinión es que por supuesto que es posible, ya que el 99% de los ayuntamientos despilfarran el dinero en cosas triviales, por tanto, parece que mejorar las condiciones del cuerpo de policías locales se merece ese “esfuerzo” por parte de los ayuntamientos.
Otra cuestión a valorar es sobre todo en los municipios pequeños que son la mayoría, con pocos efectivos disponibles, cómo se le asignan labores de oficina o administrativas ya que podrían quedar desprotegidas las funciones principales de estos funcionarios que son: vigilancia del tráfico, instruir atestados por accidentes, auxilio en caso de accidente, etc. A su vez, si los agentes de policía locales como consecuencia de la edad y otras circunstancias han perdido algunas aptitudes físicas o psíquicas no podrán hacer con la debida diligencia y profesionalidad este tipo de actuaciones por lo tanto parece lógico que se implante esta medida
Pero bueno, para eso se reúnen, tiene que haber una forma de articular el interés general y proteger los derechos de este colectivo.
Como digo este proceso lleva varios meses con reuniones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social con los representantes de la policía local ( Plataforma Social de Policías Locales y Plataforma por el Anticipo de la Edad de Jubilación), en concreto en octubre y noviembre de 2015, a la que se suma ahora, con la FEMP.
Parece que en no muy poco tiempo debería haber una resolución al respecto, el único problema es que en junio hay elecciones y es posible que quede paralizado todo hasta que sea el nuevo ejecutivo el que tome una decisión definitiva a esta petición que como decimos es una demanda histórica de este colectivo.
Seguiremos atentos a cualquier novedad que se pueda producir pero parece que la jubilación anticipada de los policías locales está más cerca.