Todo lo que deberías saber de la renta agraria
Vamos a hablar hoy de la Renta Agraria, intentaré resumir lo más importante en cuanto a su concepto, requisitos, duración, cuantía, y todo lo que pueda serle útil al lector sobre esta prestación que recordemos que se establece solo para Andalucía y Extremadura.
Contenido
¿Qué es la Renta Agraria?
Es una prestación por desempleo dirigida a trabajadores eventuales incluidos en el SEASS, es decir, el Sistema Especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios de la Seguridad Social, residentes en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
¿Quién puede ser beneficiario?
a) Se tiene que tratar de trabajadores incluidos en SEASS, que se encuentren en situación de desempleo, y no puedan ser beneficiarios del Subsidio agrícola al no haber sido beneficiario de dicho subsidio en alguno de los 3 años anteriores a la fecha de la solicitud.
b) También los trabajadores con contrato fijo discontinuo, incluidos en el SEASS en Extremadura y Andalucía, cuando dejen de prestar servicios por haber finalizado o haberse interrumpido la actividad intermitente o de temporada de la empresa o cuando se suspenda la actividad por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, o cuando tras esas situaciones cesen involuntariamente en un trabajo eventual agrario.
Requisitos que debe reunir el solicitante
– Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo
– Tener su domicilio en Andalucía o Extremadura
– Además acreditar que a lo largo de su vida y con anterioridad a la solicitud ha estado empadronado en Andalucía o Extremadura como mínimo 10 años
– Inscrito en el SEASS
– Si es la primera vez que solicita esta prestación, se le exigirá haber permanecido inscrito en el SEASS o en situación asimilada al alta al menos 12 meses anteriores a la solicitud.
– Si además es mayor de 45 años, tiene que haber permanecido inscrito en el SEASS a lo largo de su vida laboral los siguientes periodos:
De 45 a 51 años: 5 años
De 52 a 59 años: 10 años
De 60 a o más años: 20 años
– No haber cumplido la edad de jubilación
– Estar al corriente del pago de las cotizaciones de la Seguridad Social
– Carecer de rentas de cualquier naturaleza que en cómputo anual (los 12 meses anteriores a la fecha de la solicitud) superen el SMI, excluidas las pagas extraordinarias.
– No tener derecho a desempleo contributivo del Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social.
¿Cuál es la cuantía?
El cálculo se hace en relación al número de jornadas reales que se puedan acreditar, y se calcula en función de un porcentaje del IPREM de la siguiente manera:
¿Cuánto dura?
Depende de la edad:
Si el solicitante es menor de 25 años y no tiene cargas familiares, la renta será de 3,43 días de derecho por cada jornada real trabajada con una duración máxima de 180 días.
Menores de 25 años con cargas familiares, la duración será de 180 días.
Mayores de 25 y menores de 52 la duración será de 180 días, y para mayores de 52, 300 días.
Presentación de la solicitud
A través de la sede telemática del Sepe https://sede.sepe.gob.es, en la oficina de prestaciones, en los registros del Servicio Público de Empleo, o de otras Administraciones en las que exista convenio o dirigiéndose por correo al Servicio Público de Empleo
renta agrariaRecuerda que la renta agraria es incompatible con:
La realización simultánea de trabajo por cuenta propia o ajena
Con la obtención de rentas de cualquier naturaleza que en cómputo anual superen el SMI, excluidas las pagas extras.
Con la percepción de otras rentas o subsidios por desempleo o la Renta Activa de Inserción.
Pensiones o prestaciones incompatibles con el trabajo o que, sin serlo excedan del SMI
Con la condición del trabajador o su cónyuge de propietario, arrendatario, aparcero o titular por concepto análogo de explotaciones agropecuarias cuyas rentas superen en cómputo anual el SMI excluidas las pagas extraordinarias.
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Saludos
HOLA:
Mi duda es la siguiente, trabajo con contrato indefinido de 7 horas semanales,en ayuda a domicilio.Pero me gustaria apuntarme al PER.Soy extremeña.Esto es debido a que los ingresos que obtengo son muy bajos.¿Que consecuencias tendria ocasionar una baja volintaria en mi trabajo?No tengo derecho a prestaciones de desempleo, eso lo se pero habria algun otro problema mas?