Pagar las deudas con la Seguridad Social con tarjeta de crédito
Prueba de que la Administración se moderniza cuando quiere es este servicio que se presta en la sede electrónica de la Seguridad Social para facilitar el pago de las deudas que tenga la persona o empresa usando simplemente una tarjeta de crédito.
Porque ya sabemos todos los que nos relacionamos con la Administración la cantidad de trámites, plazos, requisitos, documentos que son necesarios cuando se trata de cobrar un subsidio o una prestación, sin embargo, cuando lo que nos toca es pagar todo son facilidades.
Así que hoy voy a hablar de este servicio para el pago de deudas a través de tarjeta de crédito o débito.
Contenido
¿Qué deudas se incluyen?
En principio se trata de deudas con la Seguridad Social en vía voluntaria no ingresadas dentro del plazo reglamentario, de las deudas en vía ejecutiva y de las deudas que hayan sido objeto de reclamación de las siguientes deudas:
-Liquidaciones de deuda
-Reclamación de deuda
-Acta de liquidación
-Providencia de apremio
-Expediente de apremio
-Expediente de aplazamiento
-Expediente de Procedimiento de deducción
-Fraccionamiento de reintegro de prestaciones indebidas
¿Cómo funciona el servicio?
Es tan sencillo como entrar en esta dirección https://mediospago.bbvaglobalnet.com:444/, introducir los datos que se nos piden:
– Nombre o razón social de la persona deudora
– NIF-NIE de la persona deudora
– Nº de referencia /expediente
– Nº de cuenta de la tarjeta
– El importe exacto
A continuación si todos los datos rellenados son correctos, pulsamos aceptar y el sistema informático comprueba que existe dinero en la cuenta asignada, nos pedirá el nº secreto de la tarjeta para evitar fraudes, y a continuación se carga el pago
¿Cuesta dinero este servicio?
No, es totalmente gratuito, y tiene la ventaja de evitar desplazamientos a bancos y cajeros con la molestia y consiguiente pérdida de tiempo, ya que se hace todo de forma online.
¿Cuándo se tiene por efectuado el pago?
Cuando tengan entrada los fondos en la cuanta de la Tesorería General de la Seguridad Social. Como norma general tienen entrada entre las 24 y 48 horas siguientes al pago
¿Puedo obtener un justificante de pago?
Al finalizar la operación se le mostrará en la pantalla un justificante del pago realizado, en el que constará la siguiente información:
-Cuenta de ingreso: número de la cuenta en que se ha efectuado tal pago.
-Apellidos y nombre del deudor/deudora o razón social de la empresa deudora.
-NIF/NIE del deudor/deudora.
-Número de referencia o del expediente
-Identificación de la transacción. Es un código numérico que singulariza cada una de las operaciones de pago realizadas y sirve para realizar el seguimiento y control de las mismas.
-Cantidad: es el importe a que asciende el pago realizado con la tarjeta de débito o de crédito.
-Fecha y hora: Es el día en que se ha realizado la operación de pago con la tarjeta de débito o de crédito con expresión de la hora, minuto y segundo en que se ha producido.
-Resultado de la operación: Cuando la operación de pago haya concluido de forma satisfactoria en el justificante de pago aparecerá el siguiente literal: “EL PAGO SE HA REALIZADO CORRECTAMENTE”
¿Y si no funciona el pago telemático?
Puede ser, que por la razón que sea, se ha caído la red, tareas de mantenimiento, etc. no funcione el pago online. En ese caso se debe acudir a los medios tradicionales de pago, y estos son:
-Efectivo en cajero automático
-En las dependencias de la entidad financiera
-Por cheque que reúna las condiciones exigidas en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social
-Por transferencia
Nota final
Nos avisan desde la página de la sede electrónica que este servicio puede ser modificado sin previo aviso, incluso podrán cancelarlo si lo considera conveniente, de todo ello se dará la debida cuenta en la web de la seguridad social para evitar molestias a los usuarios, aunque yo dudo mucho que lo cancelen, si acaso lo mejorarán para facilitar los pagos.
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Gracias