¿Se tiene derecho a pensión de viudedad si se está separado o divorciado?
Es posible que te estés planteando precisamente esta misma cuestión: Si una persona separada o divorciada tiene derecho a cobrar la pensión de viudedad de su expareja fallecida.
Tienes que saber que solamente 3 tipos de personas pueden ser beneficiarios de la pensión de viudedad:
-El cónyuge que sobrevive
-Los separados judicialmente o divorciados
-El sobreviviente de la pareja de hecho
Hoy nos vamos a referir a la segunda de las opciones: los separados o divorciados
Pues bien, lo primero de todo vamos a exponer lo que dice la ley de forma clara y al final voy a comentar la ‘interpretación’ que hace el Tribunal Supremo sobre esta materia que viene a perfilar, si se quiere decir así, lo que dice la norma.
Contenido
LO QUE DICE LA LEY
El art. 174.2 de la Ley general de la Seguridad Social lo deja bien claro, en los casos de separación o divorcio para que proceda pensión de viudedad hace falta que se cumplan los siguientes requisitos:
:arrow: Primero vamos a transcribir los requisitos que por así decirlo tiene que reunir la persona que fallece, son estos:
1. Que el fallecido se encontrase en alta o situación asimilada al alta, cotizados 500 días en un plazo de 5 años inmediatamente anteriores. Si la muerte se produce por accidente sea o no de trabajo o enfermedad profesional no se necesita período de cotización previo.
2. Si el causante no se encontrase en el momento del fallecimiento en alta o asimilada al alta, pero tuviera un período de cotización de 15 años
3. Si el fallecimiento deriva de enfermedad común y ésta enfermedad venía padeciéndola antes de contraer matrimonio, se requiere además, que el matrimonio se hubiese celebrado un año antes del fallecimiento. No se exigirá la duración de un año si se acredita la convivencia por al menos dos años incluido el matrimonio
:arrow: Ahora vamos a comentar los requisitos que tiene que reunir la persona beneficiaria que pretende recibir la pensión de viudedad de su expareja fallecida:
1. Que sea o haya sido cónyuge legítimo, y en este último caso siempre que no se haya casado de nuevo o constituido en pareja de hecho.
2. Que las personas separadas o divorciadas sean acreedoras de la ‘pensión de compensación’ y se extinga tras la muerte del causante.
LO QUE PASABA HASTA AHORA
Lo que venía ocurriendo hasta ahora es que si la sentencia de separación o divorcio incluía la famosa ‘pensión compensatoria’ y siempre que el particular cumpliera con los demás requisitos vistos arriba pues se le concedía la pensión de viudedad.
Y, por el contrario, si no se incluía esta pensión compensatoria se denegaba.
LO QUE DICE AHORA EL TRIBUNAL SUPREMO
Lo que viene ahora a decir el Alto Tribunal es que no importa tanto la denominación que se use (pensión compensatoria, pensión por alimentos, etc) como que el ex cónyuge haya venido recibiendo una cantidad para su sustento.
Por eso, dice el tribunal, que aunque muchas veces se refieran a ‘alimentos y ayuda a esposa e hijos’, pensión para sufragar ‘cargas familiares’ o pensión ‘para gastos de la esposa e hijos’, lo verdaderamente importante es ver si esas cantidades las recibía el ex cónyuge como pensión compensatoria
No te quiero liar, pero recordemos que el Código Civil entiende por pensión compensatoria la siguiente:
“El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia.”
Dice el Tribunal, en definitiva, que habrá que mirar la finalidad misma de la entrega de dinero y no tanto la denominación que hayan hecho los cónyuges para determinar si tiene derecho a pensión de viudedad.
LA CLAVE DE TODO ESTE ASUNTO
Como te puedes imaginar la clave de este asunto es que si tú, lector o lectora, te separaste o divorciaste legalmente de tu pareja y no te volviste a casar o constituiste pareja de hecho. (PRIMER PUNTO)
Y además en el acuerdo de separación o divorcio incluía una cláusula por alimentos, pensión compensatoria, con la denominación que sea, pero que se refiera a una cantidad que el fallecido abonara a la familia para su sustento; (SEGUNDO PUNTO)
En definitiva, si cumples los puntos Uno y Dos podrías percibir la pensión de viudedad.
ACLARACIÓN FINAL
Esta es, por así decirlo la regla general:
(separado o divorciado + pensión compensatoria = pensión de viudedad)
Pero la normativa establece que hay un supuesto en que sin pensión compensatoria también puede percibir la pensión de viudedad, te lo cuento ya mismo:
Estamos hablando de los supuestos de violencia de género.
Las mujeres que puedan acreditar que eran víctimas de violencia de género, en el momento de la separación judicial o divorcio, a través de:
-sentencia firme de maltrato
-archivo de la causa por extinción penal por fallecimiento
-orden de protección
-informe del Ministerio Fiscal que así lo acredite, ó
-cualquier otro medio de prueba admitido en derecho
Podrán ser beneficiarios de la viudedad, ojo, pero aplicable solo a fallecimientos producidos a partir de 1.1.2008
Ya casi terminamos..
Si el fallecimiento se produjo antes de 1.1.2008, es necesario cumplir estos requisitos:
-Que entre la fecha de la separación o divorcio y el fallecimiento del excónyuge no hayan pasado más de 10 años
-El vínculo matrimonial haya durado más de 10 años
-Que se cumpla por lo menos una de estas subcondiciones, por así decirlo:
-Existencia de hijos comunes
-Que el beneficiario tenga una edad superior a 50 años en la fecha del fallecimiento
Nota:
-Cuando la pensión de viudedad fuera superior a la pensión compensatoria, una vez concedida aquella, su cuantía será como máximo la cantidad que venía recibiendo como pensión compensatoria.
-La persona separada o divorciada que fuera deudora la pensión compensatoria no puede ser beneficiaria de la pensión de viudedad, es decir, que si tú eras quien tenías que pagar la pensión y fallece tu ex cónyuge no puedes solicitarla.
SENTENCIA SOBRE PENSIÓN DE VIUDEDAD PARA DIVORCIADOS
Aquí puedes descargarte la sentencia del Tribunal Supremo de la que hablamos
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Saludos
Hola. Estoy recientemente divorciada tengo concedida una pensión compensatoria vitalicia, mi ex ha fallecido no he cobrado nada aún, pues ha coincidido sentencia y fallecimiento, tendría derecho a la de viudedad y conpensatoria?, muchas gracias.
Me casé en Enero de 1987 me separe en Julio de 1995 la sentencia obligaba a pasar una manutención de 30 mil pesetas en aquellos tiempos yo lo tenía conmigo en la ss.ss como beneficiario. Se murió el 10 de enero de este año .mi pregunta es la siguiente tengo derecho a la paga de viudad
Hola mi marido falleció en noviembre del 2019 y nos separamos en marzo del 2019 25 años de casada sin hijos en común el 50 años y yo 48 tengo derecho a una pesion de viudez..
Buenos días,
Mi madre se caso en 1978 y se separó en 1982, el divorcio en 1992, jamas pago el la pensión alimenticia y tampoco fue reclamada puesto que era conflictivo y tenía varias denuncias por maltrato hacia mi madre y nosotros.
El se caso el 25 de julio de este año con la pareja que estaba, tras llevar cierto tiempo de cáncer sabiendo que le quedaba ya poco puesto que estaba en fase terminal muriendo el 25 de agosto de este año. Ha hecho testamento en enero del 2019 sin estar casado, con esta persona llevaba 5 años pero sin estar declarado su relación, jamás se ha preocupado por nosotros.
Ahora bien, tiene mi madre 64 años y tiene derecho a la pensión de viudedad ya que el con su actual pareja no tenía hijos legítimos y solo llevaba 1 mes casado
Gracias
Buenos días,
Mi madre se caso en 1978 y se separó en 1982, el divorcio en 1992, jamas pago el la pensión alimenticia y tampoco fue reclamada puesto que era conflictivo y tenía varias denuncias por maltrato hacia mi madre y nosotros.
El se caso el 25 de julio de este año con la pareja que estaba, tras llevar cierto tiempo de cáncer sabiendo que le quedaba ya poco puesto que estaba en fase terminal muriendo el 25 de agosto de este año. Ha hecho testamento en enero del 2019 sin estar casado, con esta persona llevaba 5 años pero sin estar declarado su relación, jamás se ha preocupado por nosotros.
Ahora bien, tiene mi madre derecho a la pensión de viudedad ya que con su actual pareja no tenía hijos legítimos.
Gracias
Buenas Tardes, me gustaria me sacara de dudas. Me case en 1983 y tuvimos cos hijas, me dieron el divorcio en el 2009,despues de varios años recibiendo malos tratos,tanto fisicos como psicologicos. Mi ex marido fallecio en el 2011 me pasaba una pension compensatoria de 300 euros al mes porque no auiso abandoned la vivenda conyugal
Y me tuve que marchar y alquilar in piso. Han pasado mas de 8 años y percibo mensualmente 270 euros , porque no me dieron la viudedad completa, despues de todo
lo que pasamos mis hijasy yo.
Un Saludo
Buenas tardes, una pregunta que no me ha quedado resuelta. Se cobra en relación a los años que has permanecido casada ?. O también se cobra lo mismo aunque lleves más años separada que los que estuviste casada ?. Muchas gracias y un cordial saludo.
Hola yo me divorcie en noviembre . Falleció mi marido en marzo y no tenia compensatoria y tampoco le denuncie por acoso pero tengo pruebas .Tengo derecho a la pensión de viudedad
Hola, mi pregunta es la siguiente, mi pareja esta separada de hecho de su ex hace casi 10 años (con la cual tuvo 2 hijos – ambos menores), y convive conmigo hace casi 4 y tenemos un hijo en común (también menor de edad), si llegara a fallecer mi pareja, quien tiene derecho a la pensión de viudez? la ex o yo? o ambas?. Cabe aclarar que nosotros no pudimos hacer unión convivencial ya que legalmente todavía esta casado con ella. Gracias.
Llevo más de veinticinco años divorciado, la ex se casó no sé cuándo, yo soy pareja de hecho hace muchos años, estoy jubilado, la ex tendría derecho a pensión de viudedad en caso de mi fallecimiento
buenas tarde me case en el 1995 tengo tres hijas en comun me divolcie en el 2010 y fallecio enn el 2013 no tenia paga compensatori ‘ahora que tengo 50 años puedo pedir la paga de viuda? un saludo
Hola buenas noches, tengo una consulta, mi papa se separo de mi mama hace 23 años, nos abandono a mi mama mi hermana y a mi, nunca paso mantención o cuota de alimentos, formó pareja reiteradas veces e incluso tiene una hija con una de ellas con la que actualmente vive, lamentablemente mi mama no se llegó a divorciar, mi papa hoy quiere cobrar la pensión pero me parece una verguenza que quiera hacerlo siendo que nos abandonó y nunca estuvo presente, yo tengo papeles denuncias y exposiciones civiles que mi mama hizo cuando la abandonó, quiero saber como tengo que proceder para imposibilitar que el cobre esta pensión dado que no se la merece ni en lo mas minimo, mi mama trabajo toda su vida para cuidar de mi hermana y de mi, y falleció por un cancer terminal a los 47 años, no puedo ni dormir tranquila pensando en que el puede llegar a cobrar una pensión por el esfuerzo trabajado de mi madre siendo un padre totalmente ausente, espero puedan ayudarme muchas gracias.
Hola, estoy divorciada desde el 2001 cobro pensión compensatoria, tengo dos hijos en común, mi exmarido ha fallecido recientemente, espero tener una pensión de viudedad, me hablan de artículo 101 del código civil.
Tendré algún problema para que me den la pensión de viudedad . Él se casó y tuvo otro hijo .
Gracias por la respuesta.
Hola me llamo Toñi,tengo 53 años y desde el 2001 estoy divorciada legalmente,la compensatoria la pérdida porque mi abogada de oficio se quitó del medio y fue en contra mía y a favor de el,mi matrimonio duro casi 15 años.Hace unos 6 o 7 años el volvió a casarse,comentar que tengo 3 hijos aunque ya sólo percibo la manutención del más pequeño 262 euros,mi pregunta es ¿en caso de que el fallecido,tengo yo derechos?
Hola.
Yo me separé judicialmente en 1999 y firmamos un convenio regulador en el que mi marido (con la invalidez permanente absoluta) me pasaba una cantidad para contribuir a las cargas familiares de hipoteca, hija y todo en general. Posteriormente, como gastaba demasiado, me recomendó la abogada pedir la retención judicial de la pensión (con acuerdo de mi marido), y de ese modo vengo percibiendo la cantidad pactada aunque no hayamos dejado de vivir juntos (por el bien de la hija y de mi marido mismo).
Posteriormente,en el año 2015, como leí lo de que para cobrar la pensión de viudedad había que tener una «pensión compensatoria», mi marido y yo pactamos hacer el divorcio estableciendo una cantidad en esos términos.
En la actualidad, sigo percibiendo lo pactado por el medio de la retención judicial de su pensión, seguimos viviendo en familia los tres (mi marido actualmente ha devenido a la situación de Dependiente, y me necesita para todo…)
¿Cree que si falleciera tengo derecho a la pensión de viudedad?
Hola,me llamo Pili,mi marido y yo nos casamos en 1980 y nos separamos legalmente en 1990,en ese mismo año retomamos la relación y convivimos hasta el 2016,que el fallece,durante esos años adquirimos vivienda en propiedad conjuntos,y tenemos documentos de compra-venta privados,cuentas bancarias conjuntas y dos hijos,hoy adultos, en comun.Mi pregunta es…si solicito la pensión de viudedad como separada,tengo derecho a ella?Gracias.
hola mi pregunta es ¿ la ex de mi marido tiene derecho a pensión de viudedad ? ellos llevan separados 20 años en la sentencia pone infidelidad y malos tratos tienen dos hijas de los 18 años de matrimonio llevan divorciado 3 años y me case con el hace dos año y medio la ex tiene una pensión de jubilación de unos mil e y mi marido tiene la maxima 2500 ella no tiene pensión compensatoria
Mi ex-marido falleció en Julio. Él trabajaba desde 1982 primero en hacienda y luego en el catastro, en el mismo edificio de hacienda en Santa Cruz de Tenerife,34 años ininterrumpidos.Cobraba 1.590€ mensuales y las 2 pagas extras.Estuvimos casados desde 1983 hasta 1999, año en el que nos separamos. Posteriormente nos divorciamos en 2007. Me pasaba pensión por nuestras tres hijas. Nunca me casé ni tuve pareja de hecho. Él tampoco. Solicité la pensión de viudedad en Agosto. Los requisitos los cumplía todos, según las personas que me atendieron en la seguridad social y la documentación que rellené y fue aceptada. ( tuve que ir varias veces a aportar mas documentos a petición de la seguridad social). Más de 10 años casados, divorciados antes del 2008, tres hijas (ahora adultas), tener mas de 50 años (tengo 54). Por mi edad no consigo trabajo, no tengo ingresos fijos, excepto alguna cosa esporádica como limpiar una casa, cuidar un niño, a días sueltos. Tengo una hipoteca del piso que compré después del divorcio.
Hoy he recibido una carta denegándome la pensión.Se amparan en la normativoa del 30/10/2015
Mi madre se divirció en 1986 y su ex marido murio en diciembre del 2015. Ella presntó la solicitud en febrero del 2016 y le fue concedida por importe de 600€, a pesar de tener ya su pensión de jubilación, por lo q se la aumentaron en 318€. Cobra ahora casi 1300€. A ella se la aprueban y a mi no.
¿Puedo reclamar con éxito?
MI MUJER Y YO NOS CASAMOS EN 1974, NOS SEPARAMOS LEGALMENTE EN 1997..CON DERECHO (ELLA) A UNA PENSION MENSUAL..TAMBIEN OTRA PARA MIS TRES HIJOS.
A LOS POCOS MESES NOS JUNTAMOS DE NUEVO..COMPRAMOS UNA CASA JUNTOS Y HEMOS VIVIDO CON LOS HIJOS. EN LA ACTUALIDAD SEGUIMOS VIVIENDO JUNTOS..CREO QUE ESTAMOS CASADOS ¿NO?..YO YA ESTOY JUBILADO..Y COBRO UNA PENSION DE 784E..SI YO FALLEZCO..¿ TENDRA MI MUJER ALGUN PROBLEMA PARA COBRAR LA PENSION DE VIUDEDAD?..¿Y CUANTO COBRARIA?…GRACIAS POR LA RESPUESTA..¡UN SALUDO!
Hola Jose,
Legalmente para que los separados antes de 1.1.2008 pueden cobrar la pensión de viudedad, es necesario que entre la separación o divorcio y el fallecimiento no hayan pasado más de 10 años, en vuestro caso al ser la separación de 1997 va a pasar con creces este plazo y no podría cobrar viudedad aunque acredite convivencia desde entonces, quizás sería bueno para curarse en salud inscribirse al menos como pareja de hecho en algún registro público oficial …
1986 me case 1995 me separe tres hijos en común ya mayores de edad en la separación tengo derecho a que pase un tanto por ciento a mi cuando pase de cierta cantidad de sus ingresos nunca me lo ha pasado ha fallecido este año tengo derecho a la pensión de viuda estoy trabajando con una minusvalía del 52% un saludo
Hola Isabel,
No tengo claro si tenías derecho a pensión compensatoria o no, pero para separaciones anteriores a 2008 se requiere esto:
-que entre la fecha de la separación y el fallecimiento no pasen más de 10 años
-que el vínculo matrimonial haya durado 10 años
-que o bien se tengan hijos comunes o la edad tuya (en este caso) sea superior a 50 años en la fecha del fallecimiento
De todas formas yo iría al INSS a preguntar
Hola Javier,
Mi padre falleció en Febrero de 2016, mi madre ha solicitado la pensión de viudedad, tiene 56 años y se lo han denegado por no tener los 65 años.
Llevaban separados 23 años y estuvieron mas de 11 años casados.
Ahora nos dan 30 días para recurrir.
Mi pregunta es si hay alguna posibilidad de poder conseguir que se lo den?
Muchas gracias
Mi pregunta es: en 1996 me separe(renunciando a una pension ) en el año 2002pedi divorcio. En 2015 me dieron nulidad eclesiastica.el 11de febrero de2016 fallecio mi exmarido. Tengo derecho a pension de viudedad. Muchas gracias
Estoy separado judicialmente desde hace más de 18 años y mis dos hijos quedaron a mi cargo. El juez ordenó que yo le pasara un dinero mensual a mi ex mujer, pero posteriormente, este fallo o sentencia quedó anulado desde hace más de 15 años.
Mi duda o mi pregunta es, si a mi ex mujer le correspondería cobrar pensión de viudedad, en caso de que yo fallezca.
Hola Francisco,
Como regla general para que pueda cobrar viudedad en caso de separación anterior a 2008, que es su caso, no es necesario acreditar pensión compensatoria siempre que se den estos requisitos:
-Entre la fecha de la separación y la fecha del fallecimiento no pasen más de 10 años. (este no parece que pueda cumplirse en su caso)
-matrimonio de duración mínima de 10 años
-Existencia de hijos, (si se cumple en su caso).
De todas formas habría que mirarlo con detenimiento.
Saludos
Hola me casé en 1975 y tengo 4 hijos me separé no legalmente en 1987 mi marido nunca me paso dinero alguno para la manutención de nuestros hijos, mi pregunta es tengo derecho a pensión de viudedad si el hubiese fallecido?