La pensión de viudedad: todo lo que deberías saber
En el artículo de hoy te quiero contar cuales son los requisitos para cobrar la pensión de viudedad, cuánto se cobra, cómo se hace el abono de esta pensión, cuantía máxima y mínima, quién te paga, en definitiva, todo lo que sé sobre esta pensión.
Empezamos.
Con carácter previo te comento que no hay una pensión de viudedad para hombres y otra para mujeres, no hay ningún tipo de discriminación positiva ni de ninguna clase, si cumples los requisitos seas hombre o mujer puedes cobrar esta pensión.
Aunque es verdad que esta pensión en su origen estaba pensada para las mujeres porque al morir el marido la mujer solía quedar en una endeble posición económica, actualmente con la incorporación de ésta al mercado laboral no hay ningún tipo de preferencia ni distinción.
Contenido
SUPUESTOS
Los requisitos para poder cobrar la viudedad son 3:
– La que se deriva del matrimonio
– Por separación, divorcio y nulidad matrimonial
– O para parejas de hecho
:arrow: Nota: Esto quiere decir que obligatoriamente tienes que estar en uno de estos 3 casos, o bien fallece uno de los cónyuges, o se da el caso de muerte de una persona separada, divorciada o por nulidad matrimonial, o fallece uno de los dos que estaban unidos como pareja de hecho.
1.Matrimonio
Para poder cobrar la pensión de viudedad en caso de matrimonio se tienen que cumplir estos requisitos:
Requisitos de la persona que fallece:
Con carácter previo, debe de estar afiliada y en alta, o en situación asimilada al alta. Si no lo está, para causar derecho a esta pensión deberá haber cotizado un mínimo de 15 años.
Y ahora distinguimos la forma de fallecimiento:
Si el fallecimiento se debe a enfermedad común
Tiene que haber cotizado 500 días en un periodo de 5 años inmediatamente anterior al fallecimiento, o a la fecha en que cesó la obligación de cotizar
Si el fallecimiento se debe a accidente, laboral o no, o enfermedad profesional
No se requiere periodo previo de cotización
Supuesto especial de matrimonio con persona enferma
Además de los requisitos generales, afiliado en alta o asimilada al alta, para que el viudo/a tenga derecho a cobrar la pensión debe cumplir los siguientes requisitos, y repito, ahora estamos hablando del caso de matrimonio con una persona enferma y que muere al poco tiempo de casarse:
Así, el cónyuge que sobrevive, deberá acreditar uno de los siguientes requisitos para cobrar la viudedad:
-O que existan hijos comunes
-O que el matrimonio se hubiera celebrado con un año de antelación al fallecimiento. Este requisito no será necesario si se puede acreditar un periodo de convivencia que sumado al matrimonio supere los dos años.
:arrow: Es decir, que si se contrae matrimonio con una persona enferma y que acaba muriendo por esa enfermedad, para cobrar la pensión, el cónyuge que fallece tiene que vivir por lo menos un año después de casado, aunque suene un poco tétrico, Ó tener hijos comunes Ó sumado el tiempo de convivencia más el del matrimonio tiene que superar los 2 años hasta que fallece el cónyuge. No se si me he explicado bien, pero esto se mira con lupa para evitar matrimonios de conveniencia.
Si no reúne ninguno de estos requisitos, es decir, ni hijos, ni año de matrimonio, ni 2 años de convivencia, pero estaba en alta en la Seguridad Social y acreditaba 500 días cotizados se puede cobrar la prestación temporal de viudedad
2.Separación, divorcio y nulidad matrimonial
En el caso de separados judicialmente o divorciados, escribí un artículo explicándolo así que si estás interesado pincha aquí. De todas formas te hago un resumen:
Pensión de viudedad en caso de divorcio
Tienes que saber que también se tiene derecho a pensión de viudedad en caso de personas divorciadas o separadas judicialmente, péééro siempre que se cumplan estas condiciones:
-que esa persona que quiere cobrar la viudedad no se hubiera casado posteriormente al divorcio
-ni hubiera constituido pareja de hecho
-y que fuera acreedora de la pensión compensatoria por su divorcio. Este requisito de la pensión compensatoria no tienen que cumplirlo las mujeres víctimas de violencia de género en el momento de la separación judicial o divorcio,(que habrá que demostrarlo)
Hay otra excepción a la pensión compensatoria, es decir, no será necesario ser acreedor de una pensión compensatoria cuando la separación judicial o divorcio sea anterior al 01.01.2008 siempre que puedan acreditar a su vez estos requisitos:
-Entre la fecha de la separación o divorcio y la muerte del cónyuge no pueden haber pasado más de 10 años
-El matrimonio haya durado al menos 10 años.
-Además, que se cumpla alguna de estas opciones:
-o que existan hijos comunes
-o que la persona beneficiaria tenga a la fecha del fallecimiento del otro cónyuge al menos 50 años.
Como vemos puede ser un poco farragoso con tantas excepciones y requisitos pero he querido sintetizarlas todas de la mejor manera.
En caso de nulidad matrimonial
Tiene derecho a cobrar la pensión el cónyuge de buena fe (dice la ley) que sobreviva y que tenga derecho a una indemnización si ha existido convivencia conyugal.
*¿Y si hay varios beneficiarios de la pensión de viudedad?
Es decir, supongamos que una persona se ha casado a lo largo de toda su vida con 3 personas y que éstas tienen derecho a viudedad, ¿cómo se reparte la pensión?
Se divide la pensión proporcionalmente al tiempo que haya convivido con cada uno de ellos pero siempre dejando el 40% a favor del último cónyuge.
Si solo hay un cónyuge, lo cobraría todo, esta regla que acabo de explicar es por si existen varios beneficiarios.
*¿Y si hay varios beneficiarios de la pensión y muere alguno de ellos, lo que recibía se reparte entre los demás?
Con la ley anterior a 1.1.2008, si un excónyuge fallecía, su pensión pasaba a acrecentar la pensión del cónyuge que estaba casado con el fallecido. Pero solo al cónyuge actual y no a otros excónyuges.
Posteriormente a 1.1.2008 no se produce ninguna alteración en el reparto de la pensión porque algún beneficiario fallezca.
3.Parejas de hecho
Para todas aquellas personas que estaban unidas como pareja de hecho a la muerte de uno de los dos, para poder cobrar la pensión de viudedad se necesita reunir los siguientes requisitos:
-Que el fallecimiento es posterior a 1.1.2008
-MUY IMPORTANTE, haberse inscrito como pareja de hecho en un registro público oficial, ya sea del propio ayuntamiento donde resida o CCAA, o la formalización en documento público de tal unión, pero siempre con una antelación mínima de 2 años a la fecha del fallecimiento, es decir, si te has inscrito como pareja de hecho y al año fallece uno de los dos ya no se cumpliría este requisito.
-Que se pueda acreditar una convivencia estable y notoria con el fallecido, con una duración no inferior a 5 años, es decir, poder probar que se viven juntos con facturas, de luz, estar empadronado en el mismo domicilio, cuentas bancarias conjuntas, etc
-Este es el más extraño, durante todo el tiempo que han convivido juntos, que ninguno de los dos estuviera impedido para contraer matrimonio ni obviamente estaba casado con otra persona.
-Y unos determinados ingresos.
COMPATIBILIDADES
Se puede cobrar la pensión de viudedad y la de jubilación a la vez, e incluso también es compatible con la pensión incapacidad permanente.
En caso de nuevo matrimonio y con derecho a la pensión de viudedad anterior,(como te cuento al final) en el caso de enviudar otra vez esta pensión sería incompatible con la primera, es decir, no se pueden cobrar dos pensiones de viudedad.
EXTINCIÓN
Aquí te cuento cómo se puede perder la pensión de viudedad:
-Por contraer nuevo matrimonio o constituir pareja de hecho.
-Por declaración en sentencia firme de la culpabilidad de la muerte del fallecido.
-Por fallecimiento del beneficiario.
-Por comprobarse que no falleció el trabajador desaparecido en accidente
-Por condena de un delito de homicidio.
SUPUESTO DE NUEVO MATRIMONIO
Este caso es interesante, puedes preguntarte ¿si me caso pierdo la pensión de viudedad? la regla general dice que si te casas otra vez pierdes la pensión de viudedad, pero como casi siempre en derecho hay excepciones y aquí también, son estas:
Se podrá mantener la pensión de viudedad en el caso de que el pensionista contraiga nuevo matrimonio o pareja de hecho siempre que se acredite lo siguiente:
– Ser mayor de 61 años o menor y tener reconocida una pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez o acreditar una discapacidad superior al 65%
– Que la pensión de viudedad constituya la principal o única fuente de ingresos del pensionista. Y se considera tal cuando el importe de la pensión represente como mínimo el 75% del total de los ingresos en cómputo anual.
– Tener el matrimonio o pareja de hecho unos ingresos anuales, incluida la pensión, que no superen en cómputo anual el doble del SMI (950 x 2= 1.900 €)
Como ves es bastante complicado reunir estos requisitos, pero dicho queda.
Y esto vale tanto para separados o divorciados si hay nuevo matrimonio, no se tiene derecho a viudedad como regla general, salvo el supuesto que acabo de comentar.
PAGO
Seguro que quieres saber esto: ¿cuánto cobra una viuda o un viudo?
La paga de viudedad se calcula sobre un porcentaje de la base reguladora, que ha cambiado recientemente, así que vamos por partes:
La regla general es que el porcentaje que se cobra es el 52% de la base reguladora.
A partir del 1.8.2018 la base reguladora pasa a ser del 56% cuando el beneficiario pueda reunir estos requisitos:
- Tener 65 o más años
- No tener derecho a otra pensión pública nacional o extranjera
- No percibir ingresos por trabajos por cuenta propia o ajena
- No percibir rentas superiores a 7.347,99 € al año
Desde el 1.1.2019 la base asciende al 60%
Será del 70% si se cumplen todos estos requisitos:
1.Tener cargas familiares, y se entiende por cargas familiares cuando conviva con hijos menores de 26 años o mayores incapacitados o menores acogidos. A estos efectos se considera que existe incapacidad cuando se acredite una discapacidad igual o superior al 33%.
2.Que los rendimientos de toda la unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supere en cómputo anual el 75% de SMI para 2021 (950 75% = 712,50 x 12 = 8.550 €/año)
3.Que la pensión de viudedad constituya la principal fuente de ingresos, entendiendo que se cumple este requisito cuando el importe anual de la pensión sea superior al 50% del total de los ingresos del pensionista.
4.Que los rendimientos anuales del pensionista no supere el límite de 18.539,40 € anuales
CÁLCULO DE LA PENSIÓN DE VIUDEDAD
Si la persona fallece por enfermedad común o accidente no laboral,
La base reguladora es el cociente de dividir entre 28 la suma de las bases de cotización del fallecido durante un periodo ininterrumpido de 24 meses naturales, elegido por el beneficiario dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha del fallecimiento.
No te preocupes por este dato ya que la propia entidad gestora elegirá los 24 meses más beneficiosos para hacer el cálculo de la pensión.
Si la persona fallece por accidente de trabajo o enfermedad profesional
La base reguladora se calcula sobre las retribuciones efectivamente percibidas.
Se toman los salarios reales del año anterior y se dividen entre 12
QUIEN PAGA
La paga el INSS o el Instituto Social de la Marina, o la Mutua si el fallecimiento se debe a enfermedad de trabajo
CUANTÍA
A la hora de cobrar la pensión de viudedad tienes que saber que la cuantía de la pensión se fija cada año en los Presupuestos Generales del Estado. Los datos que vienen más abajo se refieren a cuantías mínimas mensuales y anuales dependiendo de las circunstancias personales:
Pensión de viudedad mínima:
La cantidad mínima para 2021 es de 522,50 €/mes
Pensión de viudedad máxima:
La cantidad máxima en 2021 es de 2.707,49 €/mes
CUÁNDO SE COBRA
Se abona mensualmente, con dos pagas extraordinarias en los meses de junio y noviembre, salvo si es accidente laboral o enfermedad profesional que se abonan en 12 meses con las pagas extras prorrateadas.
Lo normal es que la pensión esté hecha el primer día hábil del mes en que se realiza el pago, y en todo caso antes del cuarto día natural del mismo. No obstante, algunas entidades bancarias suelen adelantar el pago unos días
¿desde cuándo tiene efectos económicos la pensión de viudedad?
Desde el día siguiente del fallecimiento si la solicitud se presenta en el plazo de 3 meses
¿Prescribe el derecho a reclamar la viudedad?
No, se puede reclamar en cualquier momento, pero si por ejemplo solicitas la pensión a los dos años de fallecer el causante solo se te va a abonar 3 meses hacia atrás desde la fecha de la solicitud y no los dos años.
SOLICITUD
Los trámites para la pensión de viudedad en la Seguridad Social se inician con el modelo de solicitud, que lo puedes descargar desde aquí
Por último, si tienes interés he escrito un artículo que habla sobre la posibilidad de cobrar pensión de viudedad en caso de violencia doméstica y muerte del excónyuge.
Eso es todo, si te ha gustado el artículo me harías un gran favor si lo compartes con tus amigos utilizando los botones sociales más abajo, igualmente puedes dejarme un comentario o escribirme un email con tus dudas y sugerencias.
Saludos
Buenas noches.
Necesitó hacerle una pregunta pero no veo su correo.
Sus explicaciones son valiosas porque con relación a las segundas viudas hay mucha injusticia.
Le dejo mis datos para que me puede contestar.
Hola Javier, agradecer enormemente la dedicacion en atender, he leido el articulo y los comentarios y tengo una duda, llevabamos 16 años casados en España yo española mi marido de Nigeria, recientemente ha fallecido en su pais, no hay hijos, ¿tengo los mismos derechos que se describen si mi marido era extranjero? Muchas gracias.
Buenas tardes, me llamo Laura.
Mi consulta es la siguiente, mi madre es jubilada y cobra 1850 € al mes, mi padre ha fallecido y tenia una base reguladora de 1598.03
A mi madre le ha quedado una pension de 412.19€ quedandole 330,99€ despues del dto IRPF porque supera el máximo que según ponen mas arriba para este año es de 17460.37€
Mi duda:
si como comentan en su artículo que la pensión máxima es de 2573.70€ al mes porque a mi madre no le dan más dinero hasta llegar a esos 2573.70€?
Mi padre está casado con mi madre pero separada ante notario hace más de 20 años.. No ratificado por el juez y lleva 20 años viviendo con otra mujer sin ser pareja de hecho ni nada… En caso de fallecimiento de mi padre quien cobra y como la pensión??
Hola Actualmente tengo pensión de absoluta de 2573€ la base de cotización del momento de adquirir la pensión era de 2050€ en 2004..podria decirme que pensión le quedaría a mi mujer en caso de fallecimiento Muchas gracias
Buenas tardes,
El caso de mi padre (88 años )es muy similar al de Rosa: Está cobrando 564 euros por jubilación y 389 euros de viudedad. Sin embardo mi suegro, que tiene a su esposa a su cargo, cobra la pensión mínima: 789 euros.-
Yo creo que son pensiones, las de nuestros padres viudos, mejoradas en su día con complementos a mínimos que se retiran en cuanto empiezan a cobrar 2 pensiones.
Pero en todo caso, por favor, me gustaría que el Sr. Ortega nos aclare si es correcto cobrar pensiones (jubilación y viudedad) que individualmente consideradas estén por debajo de las cuantías mínimas.?
GRACIAS DE ANTEMANO !
Buenas noches
Si la persona que lo solicita esta en el extranjero ¿como puede solicitarlo? Puede otorgar algun poder a sus hijas para gestionarlo en España.
Gracias y un saludo
Hola Carmen,
Según tengo entendido se tienen que solicitar en el país de residencia por el propio titular
Hola Javier|Soy Maria,te he escrito el 5 de Octubre.Me dirijo otra vez a ti esperando me puedas contestar y si es posible ayudarme a resolver unas dudas.Como te comentaba anteriormente, mi madre es huérfana de padre militar,murió en la batalla del Ebro,mas tarde falleció su madre, cuando esto sucede,le dicen que el día de mañana si quedase viuda tendría derecho aparte de la pensión de viudedad a una de orfandad.Me interesaría saber si esto es así,pues acaba de enviudar.Que tipo de trámites hay que hacer y a donde debo dirigirme para tramitarlo.O si por el contrario,no tiene derecho, ya no existe dicha paga, etc.Cualquier información que pudieses facilitarme, me seria de gran ayuda.Gracias.Un saludo.
Hola María,
Pedir cita previa al INSS y allí te pueden informar sobre la pensión de viudedad, si tienes derecho a ella y la cuantía.
Hola Javier
Tengo 48 años , no tengo hijos y soy viuda desde hace 1 año, hace 1 mes conocí a una persona y hemos empezado una relación. Me pueden sacar la pensión si el viene a vivir a mi casa, o abrimos una cuenta en común ???.
Hola Ana,
legalmente solo te la pueden quitar si te casas otra vez o constituyes pareja de hecho, por abrir una cuenta o vivir juntos no puede hacerlo.
Hola, quería realizar la sig. consulta: mi madre cobra pensión de viudedad (convenio internacional España-Argentina). Mi madre tiene 63 años y está pensando en pedir la jubilación a Argentina, pero no encuentro información suficiente que me aclare las sig. dudas: puede ella perder la pensión de viudedad si cobra la jubilación de Argentina? son compatibles? gracias
Hola Diosa,
Con la ley en la mano te comento que pensión de jubilación y viudedad son compatibles, y según leo, si una persona tiene válidamente reconocido el derecho a una pensión no se le puede modificar por el hecho de residir en Argentina o España, pero lo mejor es consultarlo con el INSS
Hola, Javier buenas noches .
Te quería hacer una consulta el complemento del 75% en la pensión de viudedad con hijos menores a cargo , te la pueden quitar cuando cumplen los 18 años o es hasta los 26 años . Tengo una prima
que es viuda y le han quitado el complemento del 75% al cumplir su hijo los 18 años.
Gracias
Hola Juan Carlos,
Es posible que haya dejado de reunir los requisitos de ingresos…
Hola, Javier buenas noches , te quería hacer una consulta el complemento del 75% en la pensión
de viudedad con hijos menores a cargo , te la pueden quitar cuando cumplen los 18 años o es hasta los 26 años .
Gracias
Hola Juan,
Me imagino que te refieres a 70%, la ley dice «convivir con un hijo menor de 26 años»; lo que yo entiendo que es hasta los 26 años, siempre que sigas cumpliendo los otros 2 requisitos.
Buenas noches. Tengo una duda con respecto al tema y me gustar2ia saber si me la puede aclarar. Mi padre cobraba una pensión de 760 euros por prejubilación (minusvalía de 64%) desde el 2008 . Él falleció hace un par de semanas, por lo que mi madre solicitó la pensión de viudedad. Ella, antes de él fallecer cobraba 586 euros de pensión (tambien prejubilada pero por cumplir requisitos). Cuando fuimos a arreglar los papeles, nos dijeron que de esos 586, le iban a quitar 142 euros, que en su tiempo le aumentaron por que su pensión no llegaba al mínimo y tener familiares a cargo(mi padre que era dependiente). Ayer le llegó la carta de la Ss y se ha quedado cobrando una nueva pensión de 620 en total. Lo que no entendemos es que aun quitando esa cantidad (142), la paga de viuda de mi madre no llega ni a los 200 euros.
Hola,Javier.Mi pregunta es la siguiente.Mi madre acaba de enviudar,su padre murió en la guerra en el Ebro y su madre esta muerta.le habían dicho hace unos años, que cuando se quedase viuda tenia derecho a una pensión de orfandad.Me gustaría saber si esto es así y que debe hacer,y si no tiene derecho a dicha pensión.Tiene 82 años(no se si influye la edad)y esta cobrando la pensión de viudedad.Un Saludo
Javier mi pregunta es mi suegro a muerto hace dos meses, tres días antes de cumplir 65 años cobraba dos pagas en total 1200€ lleva cobrando 32 años después de hacer todas las gestiones para la paga de viudedad de mi suegra le mandan una carta con la cantidad a percibir 480€ fuimos a informarnos aver si avía algún error nos dicen que miran la cotización no entiendo nada
Hola Israle,
Se toma como referencia la base reguladora, y de ésta se cobra el 52 o 70%, en la propia carta de concesión de la viudedad debe venir el cálculo así que no te puedo decir mucho más
Buenas tardes.me acaban de enviar del INSS una carta diciéndome que mi solicitud de pensión de viudedad ha sido aceptada en régimen general. En principio me dijeron al solicitarla que tenía concedido mínimo dos años pq tenía que demostrar 2años de convivencia.ahora mi duda es si es como me dijeron para solo dos años o vitalicia si no cambia mi situación.un saludo y mil gracias
Hola Marta,
Tendría que ver esa resolución para poder aconsejarte mejor
Hola Javier:
Me gustaría hacerle una pregunta.
Mi tía abuela lleva cobrando la pensión de viudedad desde hace tres años que es cuando se enteró del fallecimiento de su marido porque se lo notificaron. El marido estaba muerto desde 1995. Vivían separados pero legalmente no hay separación, ni divorcio ni nada.
Mi pregunta es: ¿puede reclamar todos los años de la pensión ya que ella no sabía nada del fallecimiento?
Hola Elisa,
Pues me temo que no, ya que la retroactividad máxima para cobrar la pensión es de 3 meses. De todas formas no estaría mal preguntar en el INSS ya que es un caso especial.
Hola! Mi nombre es Daniela Erica Clemente. Quede viuda hace 10 años con 3 menores a cargo. Fui varias veces al Anses y me decían q necesitaba 6 años de aportes consecutivos. Mi marido ( Jorge Luis Shek Dni 20427683) era trabajador independiente e hizo aportes interrumpidos… Me gustaría saber la situación de él y si hay posibilidad de cobrar una pensión. Se preguntará xq espere tantos años. Honestamente yo quedé destruida…no tenía ánimos para andar peleando burocraticamente y me dediqué a trabajar de lo q pude… Hoy me cuesta encontrar trabajo… y aunque siempre hago algo…es momentáneo… y los años pasan… Así q deseo saber si hay posibilidad de obtener una pensión. Muchísimas gracias! Saludos! Daniela.
Hola Javier,
Tengo 39años y desde hace 3años una incapacidad permanente absoluta total, por una esclerosis múltiple y cobro una pensión.
Estoy casada hace 10años y tenemos un hijo ahora de 7años.
Me pregunto, el día de mañana, ¿Qué pensión de viudo le quedará a mi marido y de orfandad a mi hijo?
Buenas tardes Sr. Javier, actualmente mi padre cobra una pensión por GRAN INVALIDEZ de algo mas de 1800 euros. Está cobrando el 150%, en caso de fallecimiento, ¿a mi madre le quedarían algunos de los porcentages ya mentados del total del 150% de invalidez de mi padre?. Mi madre por su parte, no tiene ingresos.
Muchas gracias de antemano, un saludo.
Hola, mi pregunta es la siguiente
Mi mujer falleció por causas naturales, y somos pareja de hecho desde 2007 y me han denegado la paga de viudedad porque este último año no estábamos empadronados juntos. por temas de Colegios mi mujer e hija cambiaron de localidad para tener plaza en otro colegio.
Mi pregunta es desde 2007 hasta 2016 siempre hemos estado juntos y empadronados con papeles demostrados no les vale con eso que éramos una pareja estable de más de 9 Años juntos.
Dicen denegada la paga por no llevar 5 Años ininterrumpidamente después del fallecimiento. Lo explique el tema y parece qué les da igual ellos se rigen qué tiene qué ser los últimos 5 Años ininterrumpidamente, de ahí no salen.
No hay derecho por este último año no estar empadronado me quieran denegar la paga.
Por cierto la paga de orfandad a mi hija de 5 años si salió favorecida, pero con 250€ es imposible vivir y yo necesito cuidar de ella, y no puedo trabajar pq no tengo a nadie para estar con ella.
Si voy por vía judicial me la aceptarían? Tengo mis dudas. Espero tú Respuesta cuándo puedas.
Muchas Gracias Javier
Saludos
Buenas Javier me padre ha fallecido cobraba la pension minima 605,00 y mi madre una no contributiva mi madre tiene una minusvalia del 72% y un hermano que convive con ellos un minusvalia del 34% QUE PENSION LE QUEDARIA A MI MADRE Y MI HERMANO TIENE DERECHO ALGUNA PENSION.
Gracias
Hola buenas tardes, tengo una duda en cuanto a lo que usted menciona, cuando dice que pueden haber varios beneficiarios, yo estoy casada y mi pareja estuvo casado 17 años con su ex mujer, ahora yo soy su esposa ¿hay posibilidad que su ex mujer cobre algo si el llegar a fallecer? O en ese caso deberíamos de cerciorarnos con el seguro social? Ya que ni el ni yo deseamos que ella pueda obtener una pensión por parte de él. Muchas gracias.
Hola Javier,
Mi madre es autónoma y seguramente se va a jubilar a los 65 años… aun le quedan 4 años hasta entonces. Le va a quedar mas o menos unos 800€ brutos de jubilación y esta cobrando desde el 2004 la pensión de viudedad, unos 1200€.
Mi pregunta es, cuando se jubile, le van a bajar la pensión de viudedad? En principio no supera el limite de los 2500€…
Gracias.
Hola soy vuida y estoy cobrando una pension de vuidez y tengo novio y duerme conmigo en casa pero que no estamos casados ni tenemos pareja de hecho, con ser novios y vivir conmigo me pueden quitar la pension??
Hola Nayua,
No, entre las causas de extinción no está la de convivir con otra persona
Hola Javier, antes de nada muchas gracias por todo lo que aportas a esa pagina y la ayuda que nos das.
Mi situación es la siguiente.
Mi marido (porque estamos casados en el Rexistro Civil desde hace 9 años, sin separación o divórcio) ha fallecio hace cosa de cuatro meses en un accidente laboral, con el tengo dos hijos de 11 y 10 años y hace un par de años que no estamos empadronados juntos.
He tenido un hijo con una tercera persona (hijo extramatrimonial, no?) y que lo ha reconocido el padre biológico (quien estuvo empadronado conmigo 2 semanas) ahora mismo el bebe tiene cuatro meses(poco después que el nascio murio mi marido.
Mi duda es: Me pueden denegar la viuvedad?
Ya que tengo un hijo con una tercera persona que lo reconocio?
Ya que no estoy empadronado con mi marido desde hace un par de años? Porque la mutua me solicita el empadronamiento para demonstrar la convivencia con mi marido, cosa que por estar casada en el Rexistro Civil creo que no haria falta, o no? O es solo un trámite?
Muchas gracias.
Hola Ángela,
habría que conocer el expediente al completo pero si estabas registrados pareja de hecho en un registro civil se exige una convivencia notoria y estable de al menos 5 años, porque tener un hijo posteriormente con otra persona no es o no debería ser obstáculo para percibir la viudedad
Hola Javier,mi caso es el siguiente,me he divorciado en el mes de septiembre del 2008.Estoy cobrando una jubilación no contributiva de 360 euros,y una pensión compensatoria de 40 euros,lo he dejado así porque él se ha quedado con todas las deudas.He estado casada más de 40 años,que derechos tendría en el caso de fallecimiento de mi ex de cobrar la pensión de viudedad?El ha estado 4 años con una pareja de hecho en el extranjero,hace 3 años q se han separado. Muchas gracias desde ya.
Hola Mercedes,
En principio no puedes haberte casado posteriormente ni constituido pareja de hecho, y tienes que ser merecedora de pensión compensatoria en la sentencia o acuerdo de divorcio, eso como regla general.
Hola Javier: Cobro una pensión de viudedad y es probable que vaya a vivir a Estados Unidos. Ese ingreso (598.00) debo declararlo allí cuando tenga que hacer la declaración de la renta? Gracias
Hola Ana
Más que declararlo allí el INSS siempre que un pensionista salga de España quiere saberlo, así que no estaría de mal que te pasaras por el INSS y pongas en conocimiento tu intención de vivir allí.
Buenas, Javier. ¿No es incongruente que en los presupuestos se fije una pensión de viudedad mínima de 637,7 euros para mayores de 65 años, pero que el complemento a mínimos no pueda superar los 364 de la no contributiva, según el 59.2 LGSS?
¿Qué sucede si no llegas a esos 637 ni con los complementos a mínimo?
Gracias.
Hola Pablo,
Lo que se establece es que si en cómputo anual las rentas más la pensión no superan los 7.116,19 €, se complementa la diferencia para que esa persona llegue a ese mínimo, no sé si te he contestado a tu pregunta..
También preguntarte un infarto fulminante mientras dormía, cómo se cuenta… Muerte por enfermedad ?
O como ?
Hola Vero,
Muerte por enfermedad común en principio.
Hola Javier… Antes que nada una felicitación, soy mexicana, estuve casada con español 15 años el falleció a principio de este año, tenemos un hijo en común de 9 años, ahora yo estoy viviendo en México, quiero saber si tengo derecho a la pensión de viudedad, y pensión por orfandad para mi niño, ya desde el mes de marzo inicie los trámites pero no he recibido respuesta parece ser que tardan 90 días, yo todo lo que Necesito saber es si se me otorgara, ya que cuando falleció y estuve encargandome de los trámites me echaron de mi trabajo y hasta ahora no he conseguido, tengo a mi niño a mi cargo y no tengo ningún tipo de ayuda
Hola Vero,
Yo diría que sí ya que la viudedad no depende estrictamente de la nacionalidad como me han dicho varias veces en el INSS, de todas formas no estaría de mas que alguien aquí en España fuera al INSS a preguntar por tu expediente, siempre que le hagas un poder para poder hacerlo.
hola buenas tardes javier necesitaria saber soy viuda hace 25 años estaba cobrando la pension de viudedad con complemento minimo y en el año 2010 estube trabajando me pase cobrando y me lo quitaron solo estoy cobrando la pension sin minimos ,mi pregunta es: recien me entere que desde 2011 tendria que volver a cobrar el complemento minimo ya que mis ingresos no los e vuelto a sobrepasar del tope tienen derecho a devolverme el complemento minimo de estos años gracias atentamente angela
Hola Ángela,
Más que te devuelvan el complemente de todos estos años, lo que puedes hacer es solicitar que te lo vuelvan a pagar ya que tus ingresos del año anterior fueron inferiores a 7.116,18, si es que este es el caso.
Con una pension de gran invalidez, me quitaran pension de viudedad? Gracias de antemano por la ayuda.
Hola Nuria,
la viudedad es compatible con la pensión de gran invalidez así que no pueden quitártela de ninguna forma.
Hola Javier,
Mi madre es divorciada, mayor de 65 años y con 5 hijos ya mayores, mi madre cobra una paga no contributiva de invalidez, pero es la única persona que cobrara la viudedad ya que el no estuvo con nadie mas. La seguridad social le a aprobado la viudedad pero solo el tiempo que convivió con el, que es un 48% y le retiran la paga no contributiva, ósea le quedara una paga de unos 490€. mi pregunta es, ¿no deberían de darle el 100×100 ya que no hay mas beneficiarios? ¿y siendo su único ingreso, no deberían de llegar al mínimo establecido?
Te agradecería tu ayuda para saber si habría que reclamar. Muchas gracias de antemano.
Hola Lidia,
La viudedad nunca se cobra al 100% sino al 52 o al 70% de la base reguladora del fallecido, las pensiones no contributivas están gestionadas por cada CCAA así que habrá que ver las condiciones de la tuya, aunque parece que son incompatibles con cualquier renta, ya que por ejemplo en Andalucía están pensadas para aquellas personas que no tienen recursos suficientes o que nunca hayan cotizado o lo hayan hecho insuficientemente. Quizás puedes acudir a un centro CAISS y pedir cita previa para que os expliquen la cantidad que os pagan a qué se debe
Hola Javier, ante todo muchas gracias por tus interesantes artículos .
Mi pregunta es la siguiente mi marido se va a prejubilar, dentro de año y medio, se ha desvinculado de la empresa este mes, y durante el periodo que queda hasta la jubilación vamos a pagar a la seguridad social un régimen especial, si por una faena del destino el falleciera en este año y medio que no está trabajando solo cotizandimcin elmcinvenio especial, a que viudedad tendría yo derecho ? Espero de todo corazón no tener que usar tu información pero es algo que nos inquieta , gracias
Hola Mary,
Me imagino que ha firmado un convenio especial para seguir cotizando, en ese caso no tendrás problemas para cobrar una hipotética viudedad, porque para esta pensión el que fallece tenía que estar en alta o asimilada al alta, y firmar un convenio especial con la seguridad social se considera asimilada al alta, así que estarías protegida.
Hola Javier, en primer lugar felicitarte por el trabajo desinteresado que haces, felicidades.
Y ahora voy con la consulta, mi madre tiene 85 años y tiene varias patologias, entre ellas Alzheimer y disfuncion renal grave y cobra una pension de 1100 euros, mi padre tiene 83 y cobra 890 euros de pension y 390 por haber trabajado en Alemania, a mi madre desgraciadamente ya le queda poco tiempo, le corresponderia pension de viudedad a mi padre sin tener que renunciar a las dos pagas que tiene? Imagino que si le corresponde seria del 52& de la paga de mi madre. Espero tu respuesta, muchisimas gracias.
Hola Jose javier,
En principio le corresponde el 52% si, y la pensión de viudedad es compatible con la jubilación que estuviera cobrando
Buenas días Javier,
Mi pregunta es la siguiente:
Siendo pareja de hecho y cumpliendo todos los puntos anteriores, todavía quedaría este siguiente punto para cumplir?:
o Que sus ingresos:
Durante el año natural anterior al fallecimiento, no alcanzaron el 50% de la suma de los propios más los del causante habidos en el mismo período, o el 25% en el caso de inexistencia de hijos comunes con derecho a pensión de orfandad.
O alternativamente que son inferiores a 1,5 veces el importe del SMI vigente en el momento del fallecimiento, requisito que deberá concurrir tanto en el momento del hecho causante como durante su percepción. El límite indicado se incrementará en 0,5 veces la cuantía del SMI vigente por cada hijo común con derecho a la pensión de orfandad que conviva con el sobreviviente.
Si en vez de pareja de hecho, fuera matrimonio, no habría que cumplir este último punto, verdad?
Muchas gracias de antemano.
HOla Maider,
Exacto, esta regla es solo para parejas de hecho
Hola Javier ..mira en 2011 falleció mi pareja y padre de mi hija..no he podido cobrar la viudedad aunque tuviésemos vivienda en común. cuentas .hipoteca.libro de familia empadronamiento por no estar inscrita como pareja de hecho o casada..hay alguna solución para esto.?? Cuando falleció tenia una incapacidad absoluta.tanto física como psíquica….gracias un saludo
Hola Carmen,
Creo que no, ya que solo existen 3 casos para cobrar la viudedad, matrimonio, pareja de hecho o separados o divorciados, y parece que no estabas en ninguna de las 3, es una pena porque si te hubieras informado antes ahora podrías disfrutar de esa pensión, pero la ley está hecha de esta forma.
Hola Javier,mi pregunta es la siguiente.
Mi padre acaba de fallecer y cobraba la pensión por una incapacidad absoluta,mi madre queda viuda y también cobra una pensión por una incapacidad total que ronda los 650 euros,he leído que la pensión por viudedad es compatible con la pensión por incapacidad como la que cobra mi madre,pero eso significa que a sus 650 euros mi madre va a sumar el resultante del 52% de la base reguladora de mi padre???
O al cobrar eya ya una pensión solo tiene derecho a un complemento hasta llegar al salario mínimo???
Hola Edorta,
La pensión de incapacidad permanente es compatible con la viudedad, así que puede percibir las dos, lo único que ocurre es que si la de incapacidad permanente tenía un complemento por mínimos puede perderlo.
Hola havier my pregunta es;como se puede quitar una pension conpensatoria que paga mi marido a su ex sin fecha?condo deberia de terminar.estam casados y dos hijas que son mias,se puede reclamar sin gastos de justicia??????muchas gracias.
Hola Nicol,
Creo que la única forma de poder quitar la pensión compensatoria es porque el excónyuge conviva con otra persona o se haya casado con otra persona, y hay que poder demostrarlo. Pero me temo que como la otra persona se va a negar habrá que acudir al juzgado.
Hola buenas noches. Mi padre falleció en enero. Mi madre ha cobrado de pensión 417.93 es normal cobrar por debajo de la cuantía minima? No hay más mujeres ni nada. Llevaban 37 años casados. Gracias
Hola Aran,
Es posible que esté cobrando algún otro subsidio?, en caso contrario siempre es recomendable pedir cita previa al INSS y que le expliquen su situación y el por qué de cobrar esa cantidad.
Hola Javier mi pregunta es la siguiente:Mi padre tiene 59 años esta actualmente trabajando , llevan con mi madre 35 años casados,en caso que mi padre falleciera mi madre tiene derecho a la viudedad?ya que mi madre vive en Ecuador y nunca ha venido a España?
Hola Verónica,
Entre los requisitos para cobrar la viudedad no está el residir en España, así que yo entiendo que con estar casados válidamente sería suficiente, si tu padre reúne cotizaciones suficientes, pero de todas formas es un caso particular y habría que mirarlo bien.
Mi padre a fallecido y cobraba 1300 euros de pensión por jubilación.Mi madre a tenido 5 hijos.A mi madre le quedará el 52% o también le darán un tanto por ciento por los hijos qué ha tenido.
Hola,buenas tardes y muchas gracias por tu atención.Haces un servicio excelente.
Estoy jubilado tras 38 años de cotización. Y me han concedido la Incapacidad Permanente Absoluta, con la pensión máxima.
Mi mujer también está jubilada y también por IPA. Su pensión es la mitad de la mía. Como se puede deducir, los dos estamos bastante tocados y nos preguntamos cómo quedarían las pensiones al sobreviviente si falleciera alguno de los dos.
Creo que si falto yo,ella podría recibir pensión de viudedad por mi (¿es así?) , pero si faltase ella no sé si yo recibiría pensión de viudedad al tener la máxima por mi jubilación.
¿Es posible que se pierda mi derecho a la pensión de viudedad,aunque ella haya cotizado reglamentariamente?
Hola Alfonso,
Ojalá viváis muchos años los dos!, la pensión de viudedad es compatible con la incapacidad permanente pero siempre que no se superen entre ambas el límite de 2.573,7€/mes para 2017
Buenos días.
Estoy divorciada desde 2012 pero mi ex marido y yo con vivíamos en la misma casa para poder hacer frente a todos los gastos y criar a nuestros tres hijos.Hace un mes q ha fallecido en un accidente de trafico,he solicitado la paga de orfandad pero me dicen q no tengo derecho a la paga de viudedad porque el divorcio es posterior a 2008 ahora me quedo desamparada económicamente ya q mi contrato de trabajo es de media jornada.
Habría alguna forma de recurrir?
Gracias.
Hola Pau,
Hay unas condiciones para divorcios antes de 2008 y otros para divorcios posteriores, me imagino que no cumples el de pensión compensatoria ni la edad, habría que verlo a fondo de todas formas
hola javier mi pregunta es la siguiente :mi esposo era colombiano murio en españa. pero yo vivo en colombia quiero saber si tengo derecho a la pension de viudedad pues a pesar de que el estaba alla el nos sostenia economicamente a mi a y alos hijos.eramos casados mas de 23 años.
Hola Yaneth,
Quizás el mejor consejo es que lo preguntes directamente en el INSS, para saber si cumplía los requisitos de cotización y demás
Hola Javier.Gracias por el post, es muy interesante. Pero tengo una duda. Mi esposo recibe una pensión ppr viudedad y estaba divorciado. Ahora esta casado conmigo y sigue recibiendo la pensión, entendí por su explicación que al contraer nuevas nupcias se le retiraría el derecho a esa percepción, si es así algún día tendrá que devolver todo lo que ha estado recibiendo?
Gracias
Hola Nay,
Con la ley en la mano, uno de los supuestos en los que se extingue la viudedad es por nuevo matrimonio, salvo que tenga una pensión de incapacidad permanente o absoluta, o sea mayor de 61 años, y unos requisitos económicos que explico en el artículo. Si no cumple esos requisito es posible que le revisen la viudedad para hacer que devuelva la pensión.
Hola,
Mi madre cobra una pensión no contributiva de 312€ y mi hermana,con discapacidad del 65%, otra de 312 €. La pensión de viudedad le ha llegado reconocida al 52% en lugar del 70%. Mi pregunta es, ¿ Cuando miran que los ingresos de la unidad familiar sean inferiores al 75% del SMI, es teniendo en cuenta la pensión que ya cobraba o la de viudedad?
Por otra parte, ¿perderá mi madre la pensión no contributiva que estaba cobrando hasta ahora?
Hola Javier, me gustaría preguntarte en relación a mi caso. Yo soy un español que reside en Guatemala desde hace ya casi 3 años, y estoy pensando en casarme con una guatemalteca para obtener de facto la nacionalidad guatemalteca.
El caso es que soy viudo y estoy cobrando la pensión correspondiente de viudedad que es de 682 euros mensuales. En total vienen a ser unos 9542 euros anuales con las 14 pagas. También estoy cobrando la pensión de orfandad de mi hija de 9 años que es de 258 euros mensuales, unos 3612 euros anuales. el total suma 13064 euros anuales. Mi pregunta es si conservaría mi pensión al cobrar menos de lo estipulado por la ley (el doble del SMI mensual al año), y me da un límite de 19812,80 euros a los que no llego ni de casualidad. Mi novia tiene un salario anual de 4000 euros, que sumados a mis 13064, se llegaría a los 17064 euros anuales.
¿Qué debo hacer para demostrar que cumplo los requisitos para que no me quiten la pensión, excepto el de los 61 años? Tengo 43.
Hola Nacho,
Si te casas otra vez se pierde la pensión de viudedad como regla general salvo que tengas una IPAbsoluta o minusvalía superior a 65%, etc.. como explico en el artículo
Hola Javier,
No entiendo lo de la cuantía. Mi madre tan solo cobra 300.-€/mes de pensión de viudedad.
Un saludo
Hola Miguel,
Es posible que esté cobrando algún subsidio?, de todas formas el mejor consejo que puedo darte es que pidas cita en el INSS y que le expliquen el por qué de esa cantidad
Hola Javier.
En primer lugar agradecerte la dedicación y el tiempo.
Mi cuestión es la siguiente: Estoy divorciado desde hace 8 años y tenemos una hija en común. Yo solamente pago todos los meses la manutención de mi hija. Tengo hecho testamento y mi hija es heredera única universal.
La madre actualmente tiene trabajo.
Bien…Si quisiéramos volver a casarnos de nuevo,
-Tendría que hacerla obligtoriamente heredera a ella también?.
-Tenemos que tener cuentas conjuntas, recibos domésticos, empadronamiento en un mismo domicilio,etc?
-Tenemos que convivir en un mismo domicilio los dos?, o podemos seguir viviendo cada uno en su domicilio.
-Yo vivo de alquiler, ella es propietaria de su domicilio, en la renta yo desgravo el alquiler y la manutención.
-Tendría que dejar de pagar la manutención?, al casarnos de nuevo.
-Podemos casarnos con la intención de en caso de fallecimiento, ella cobrara pensión de viuedad, pero…. vivir de la manera que lo hacemos actualmente, es decir de forma individual.Esto sería legal o no legal para la administración y S.Social?.
Bueno no quiero extenderme más, creo que la idea queda reflejada. Lo importante para mi es mi hija y quisiera que no tuvieran excesivos problemas económicos en un futuro.
Muchísimas gracias a todos.
Un saludo cordial.
Ezequiel-1963
Saludos:
Mi marido cobraba pensión de orfandad por la muerte de su padre y le duró toda la vida por incapacidad del 92% y por lo tanto, incapacidad para el trabajo. A la muerte de su madre a la pensión de orfandad le sumaron la protección familiar (hijo a cargo). Ambas son compatibles entre sí. Ahora bien, mi marido fallece el 15 de octubre de 2016, habiendo estado casados 10 años y 4 meses. Al solicitar la pensión de viudedad me la deniegan por: «No reunir el causante un periodo mínimo de cotización de 15 días, dentro de los 5 años anteriores a la fecha del fallecimiento. Y por no haber cumplimentado el periodo mínimo de cotización de 15 años.» Pero el caso está en que no podía trabajar por su discapacidad y era pensionista. ¿Alguien sabe qué puedo hacer?
Hola Javier.
me deniegan la paga de viudez de la seguridad social a pesar de que mi marido ha estado de alta hasta el día de su muerte, y la causa que exponen es que no ha trabajado en los últimos 5 años. El caso es que esta persona no puede trabajar teniendo no solo una discapacidad del 92% sino también una baja médica definitiva y una enfermedad terminal en los últimos 2 años de su vida.
Me gustaría saber si se trata de un error y si de se puede hacer algo. Preciso urgentemente de esa paga no tengo ingresos y tengo personas a mi cargo.
Hola Chelu,
En caso de que la persona fallezca por enfermedad común se requiere un mínimo de 500 días cotizados en un plazo de los últimos 5 años, no 5 años cotizados. Si no podía trabajar tenía que haber solicitado la pensión de incapacidad permanente absoluta y entonces no habría que reunir ningún plazo de cotización.
Hola!buenas tarde te escribi el 15 de enero preguntando sobre una pension de viudedad.si es verdad que tengo derecho.aunque lleve casada 10 años con otra persona.mi separación anterior fue por malos tratos y duro el mstrimonio 4 años y no tenemos medios económicos ninguno de los dos actualmente. Me gustaría salir de la duda un saludo.
Hola Cristina,
Disculpa pero tengo más de 250 comentarios pendientes y no doy a basto. Uno de los requisitos para poder cobrar la viudedad es no haber contraído matrimonio nuevamente, como regla general, salvo que tengas 61 años, seas pensionista de incapacidad permanente absoluta, la pensión sea la única o principal fuente de ingresos, etc,
Hola,
Para tener derecho a cobrar la pensión de viudedad se ha de acreditar como mínimo un año de matrimonio o dos como pareja de hecho etc..pero éste artículo habla de enfermedad del causante antes del matrimonio. Si es por accidente o por enfermedad después del matrimonio y antes de que se cumpla un año del mismo, se tiene derecho a cobrar la pensión con carácter vitalicio? Gracias
Hola Isabel,
Si fallece por accidente no laboral y se encontraba en situación de alta o asimilada al alta no se exige periodo de cotización, si no estaba en alta 15 años cotizados, y si era autónomo, estar al día de sus cotizaciones. Respecto del cónyuge solo se exige ser cónyuge ‘legítimo’.
Hola !! Tengo una amiga que piensa casarse con un señor viudo que estubo casado hasta el fallecimiento de su esposa hasta los los 68 años. En caso de que este señor falleceese que porcentage de pensión de viudedad le perteneceria a mi amiga?? Trendrá una redución en la pension por ser un señor viudo y haber estado anteriormente más de 40 años casado??
Matrimonio con una pensión en bruto de 2.342 euros el marido y 524 euros, la mujer, con que pensión se quedaria la viuda.
Gracias anticipadas.
Hola José Manuel,
Pues depende, pero el porcentaje es el 52% o el 70% de la base reguladora
Hola y gracias de antemano. Soy pensionista de ip y mi mujer es extracomunitaria con tarjeta de residencia temporal de cinco años Nos vamos a ir a vivir a su país pero voy a dejar el percibo de la pensión aqui.si fallezco estando en el extranjero inscrito en el CERA mi mujer podría cobrar la pensión en su país? Gracias de nuevo
Hola tengo 59 años,cobro un desempleo de 426,mayores de 52 años,divorciada de 2013 ,ahora vivo en pareja de 2014 mes de abril,tengo empadronamiento juntos a mi pareja,no somos casados,el cobra un pensión de 1560 euro,tiene un enfermedad terminal,de fallece yo tengo derecho para cobra algo.? gracias
Hola javier..
quisiera saber que pasa con la pension que percibe mi madre por el fallecimiento de mi padre; ella esta en una etapa terminal y quisera saber si esa pension me corresponde a mi despues… tengo 19 años y soy estudiante
Mi madre y mi padre cobraban la pension no contributiba , se muere mi padre y mi madre pasa a cobra la de viudes que esde 407 euros si me pueden decir algo al referente
Hola,
Mi padre debía 8.500 euros a seguridad social de autónomos. Hemos recibido la resolución de que a mi madre le han concedido la pensión por 800€ porque entiendo que han tirado de los años anteriores que el cotizó por el régimen general. Si pagamos lo que se debe, le subiría la pensión?
Hola Javier,
Mi madre de 82 años tiene desde hace más de 20 años reconocida una discapacidad del 65%. Se quedó viuda en 2003.
Ella cobra dos pensiones:
1.- SOVI por invalidez de 396,20 euros mensuales
2.- VIUDEDAD de 339,91 euros mensuales
En pensiones mínimas, los 396,20 euros del SOVI le coinciden, pero no así con la pensión de viudedad. En la información de la Seguridad Social consta como pensión mínima de viudedad para personas con un grado reconocido de discapacidad del > = 65% de 637,7 euros. ¿En esta pensión de viudedad se tiene en cuenta la renta de la pensión por SOVI y por ello no se puede obtener o alcanzar la pensión mínima que es de 637,7 euros ?
Muchas gracias.
Ricardo
Hola Javier , gracias por muy importante articulos. mi pregunta es fallecio mi marido por enfermedad y llevo casada con el 12 anos el es pencionista noruego y yo soy espanola , me tocara algunas partes de su pension ya que no tengo ningun trabajo lo deje todo para cuidarle a el . espero tu respuestas , desde ya muchas gracias . un saludo .
Hola Javier.
Actualmente soy viuda joven, me gustaría volver a ser madre sin tener un nuevo matrimonio o pareja de hecho. Mi pregunta es: siendo madre soltera, me quitarían la pensión de viudedad?
Agradezco tu respuesta.
Un saludo.
Hola Elizabeth,
No, las causas de extinción de la viudedad son las que pongo en el artículo.
Hola Javier,
¿Es cierto que ahora una pareja no de hecho sino de derecho puede cobrar pensión por viudedad si uno fallece? Bastaría con tener hipoteca en común, facturas conjuntas y 9 años de convivencia juntos pero sin ser matrimonio ni haber firmado como pareja de hecho? Muchas gracias.
Hola Kris,
Con la ley en la mano creo que no es posible puesto que es necesario inscribirse como tal en un registro público oficial como pareja de hecho
hola y gracias de antemano por su amabilidad.Mi pregunta es la siguiente y nadie explica esto.Yo me jubile hace veinte años y logicamente y de acuerdo a la normativa del momento me dio una base reguladora (que no me recuerdo);pero pongamos que fuera de 500€(que entonces eran pesetas)y debido a el incremento de los IPC anuales,ahora cobro 1500€.A mi mujes en caso de mi fallecimiento seria el resultado de aplicar el 52% de esa base,pero tenria el mismo incremento que tuvo mi pension a traves de los años,o sea que seria el 52% de mi pension actual?.Gracias y un saludo
Hola León,
Se toma como referencia la misma base reguladora que sirvió para que tu cobres los 1.500€, de todas formas el cálculo exacto lo hace el INSS, podéis pedir cita previa y preguntar exactamente como se queda el cálculo
Hola Javier:
A ver si me puedes aclarar mis dudas.. Cobro una pensión de viudedad desde los 49 años, un importe bajo de 453,96 euros desde 1999, , después de informarme he concluido no llego a la pensión mínima de viudedad, ahora tengo 67…leo por ahí que a esta edad se cobra bastante más si se reunen los requisitos.
Por otro lado, tengo una jubilación que también es mínima 434 ,13 euros puesto que he cotizado sólo los últimos quince años.,
A lo que voy ninguna de las dos pensiones llegan a la cuantía mínima establecida por ley
No me correspondería por edad cobrar una viudedad mínima mayor?
No se si me he explicado bien.
Agradecería tu respuesta, porque la suma de estas dos pensiones no me llega ni pa pipas.
Un cordial saludo.)
Hola Cristina,
el mejor consejo que puedo darte es que acudas al INSS y que allí con tu expediente delante te expliquen porqué estás cobrando tan poca cantidad.
Buenas tardes
Mi padre esta prejubilado y mi madre nunca contigo; si falleciera mi padre, a mi madre le perteneceria algo?
Gracias :)
Buenas tardes
Soy soltera y mi pareja divorciado.Llevaba viviendo con el hace 13 años, pero no estábamos inscritos como pareja de hecho.
El era abogado y no hacía cotizaciones a la seguridad social.
Necesito saber si hay alguna posibilidad de que pueda conseguir una pensión o ayuda del estado.
Gracias de antemano por cualquier información.
Un saludo cordial
Silvia
Hola buenos días, mi pregunta es la siguiente, para que la ex-mujer de mi marido tuviera derecho a la pensión de viudedad, al no tener compensatoria, debería de reunir todos los requisitos:
para divorcios anteriores a 2008 se tiene que acreditar esto:
-que entre la fecha del divorcio y el fallecimiento no hayan transcurrido más de 10 años
-que el matrimonio durara al menos 10 años
-Y una de dos: o que existan hijos comunes o que la edad del beneficiario sea superior a 50 años en el momento de la muerte del exconguye
o solo uno de ellos, yo llevo casada desde hace 13 años, mi marido se separó en el 2003, no le pasa pensión compensatoria, hace más de 10 años que se divorciaron, y el matrimonio duró 10 años y tienen un hijo en común de 22 años, tendría derecho la exmujer a una parte de la pensión de viudedad?, es que no me queda muy claro. Muchas gracais
Hola quería hacerte una pregunta sencilla cuando a mi me quiten la paga de ofanda a mi madre le quitan algo d dinero de la paga de viudez ? Gracias espero tu respuesta
Hola Javier, gracias por el artículo. Tenía una pregunta.
Mi mujer falleció en diciembre 2016 por enfermedad llevaba más de 2 años en paro,tengo 2 niños pequeños.llevaba casada con ella 4 años.
Crees que me daran pensión por viudedad y pensión de orfandad por cada niño?
Muchas gracias
Hola Rubén,
Depende de si reúnes o no todos los requisitos, tanto la persona que fallece como el beneficiario, como explico en el artículo. Y con la orfandad ocurre lo mismo, depende de la edad y los ingresos, pero en principio parece que si.
Hola.soy una mujer que se divorcio hace 11 años.y me volvi a casar.mi ex fallecio yo fuy la última esposa.al no tener nada mi actual esposo es verdad que tengo derecho a la pensión de viudedad? Agradesco su respuesta un saludo
Mi madre falleció el 19 de noviembre, tanto mi padre como mi madre cobraban una pensión de 603 euros cada uno. Mi padre cobra complemento a mínimos en su pensión, quería saber si le quitaran el complemento a mínimos y le daran la de viudedad, porque si es así cobraría lo mismo, una cosa por otra. También me gustaría saber si por vivir con el mi marido, mi hija y yo, se considera cargas familiares y podría solicitar el 70 % de la base reguladora de la pensión de mi madre.
Buenas noches Javier, mi consulta es la siguiente:
Actualmente cobro pensión de viudedad del 52% (1.200€/mes) y tengo ingresos por trabajadora por cuenta ajena. Proximamente pasaré a situacion de prejubilacion, tengo 60 años, con la obligación de jubilarme a los 63 años, con la correspondiente reduccion en la pension de jubilacion, que en principio me corresponderia la maxima, pero se vera reducidan en aprox un 16%.
Tenia entendido que en el momento de la jubilacion, al ser la pension la maxima, dejaria de percibir la de viudedad. En mi caso cobraré la maxima por complementarse con la de viudedad hasta ese importe máximo?
Espero haberme explicado con claridad…. muchisimas gracias .
Hola Karmele,
Específicamente se establece por ley la compatibilidad de la pensión de jubilación y viudedad, pero no estaría demás pedir cita previa al INSS para una atención más personalizada
Buenos días
Me gustaría saber si mi madre es apta al cobro de la pensión de viudedad.
Le indico datos,
– Fecha de defunción de mi padre: 10-11-2012
– Fecha de boda: 25-03-1972
– Fecha de separación de mis padres: 22-05-2000(Renunció a la pensión por contrato)
– Ingresos de mi madre por empleo, desempleo, pensiones, ayudas, etc..: 0€(Nada)
– Edad de mi madre: 64 años
– Años cotizados como autónoma: 14
– Años pendientes de cotización para cobro: 1
– Años cotizados como empleada: 0
Actualmente está dada de alta como autónoma y factura por una tienda de ropa que tiene, la cual cerraremos cuando cumpla los 65 años, es decir dentro de 3 meses y medio.
Hace 4 años solicitó la pensión y se le denegó por no cumplir 1 requisito, que habían transcurrido más de 10 años desde la fecha de separación a la fecha de fallecimiento de mi padre.
Es posible solicitarla de nuevo cuando cumpla los 65 años?, hemos visto en la página de la SS la siguiente excepción que se da….
“A partir de 1-1-2013, también tendrán derecho a la pensión las personas divorciadas o separadas judicialmente antes del 1-1-2008, que no fueran acreedoras de la pensión compensatoria, aunque no reúnan los demás requisitos exigidos en la disposición transitoria 18ª (que entre la fecha del divorcio o separación y el fallecimiento de causante no hayan transcurrido más de 10 años; que el matrimonio haya durado al menos 10 años, que tuvieran hijos comunes) siempre que:
Tengan 65 o más años,
No tengan derecho a otra pensión pública y
La duración del matrimonio con el causante de la pensión no haya sido inferior a 15 años.”
Interpretamos que SI es posible, no es así?
Es compatible la pensión de viudedad con la que se solicite de jubilación?, es compatible con seguir trabajando como autónoma?
Muchísimas gracias!
Hola Andrés,
Por la complejidad, esta consulta deberías ser resulta a través de las consultas por email
Buenos dias Javier,
Soy un separado y luego divorciado, y me reconocieron una pensión de viudedad en 2014, el importe de mi pension fue calculado sobre la base reguladora de mi ex a la que le aplicarion el 52% y un porcentaje de prorrata de 55,51% lo que me dio pension inicial de 190,90€ y se le sumo una revalorizacion de 41,76€ total que la pension que cobro es de 232,66€. Dicho esto he visto que dices en tu articulo que existe una pension minima de viudad que para 2016 es de 481,60 €.
Mi pregunta es: ¿Si yo cobro una pension de viudadad inferior a esa pension minima de viudadad yo tengo el derecho a cobrar esa pension minima de viudedad?, ¿Y si es que sí puedo reclamar todo lo que no me han pagado de minimo desde 2014 momento en que me fue aprobada ?
Muchas gracias por tu respuesta y blog. Feliz año nuevo a todos.
Hola Javier, en cuanto al porcentaje de la pensión de viudedad del 52% o 70%, para calcular si el beneficiario tiene cargas familiares, en los ingresos de la unidad familiar ¿debemos incluir el importe de la propia pensión de viudedad? si hay que incluirla para hacer los calculos ¿la incluimos como si fuese el 52%?
Hola Juan Luis,
Se excluye la propia pensión
Hola yo cobro 617 euros de viudedad tengo dos hijos menores de 26 años uno estudia el otro trabaja y percibo un alqiler de un piso de 550 euros pero yo vivo de alqiler y pago 750 en el momento qe puse el piso en alqiler me qitar el 20 pociento de mi pensión entonces mi pregunta es si dejo de percibir mi alqiler me pueden dar ese 20 por ciento qe me qitaron?porqe mi hijo mayor ya se independiza osea estaría con mi pensión y la de mi otro hijo qe cobra 237 Gracias
Muy Buenas tardes! Mi nombre es Daniel y tengo varias preguntas que hacer por favor. Mis padres son ambos canarios. Mi padre ha fallecido y recibia una pension de vejez SOVI de 404 euros aprox., la cual creo que era contributiva. Es decir el trabajo en espana varios anos antes de venirse a vivir a Venezuela con mi madre. Mi madre ha quedado viudad con 86 anos y quisiera saber si ella tiene el derecho de recibir la pension de viudedad. Segun tengo entendido ella trabajo en espana cuando era muy joven pero no creo que cotizo. Aun asi tiene ella el derecho de recibir dicha pension de viudedad. Mi padre murio hace 3 anos y aqui en Venezuela no me ha podido ayudar a resolver el problema y quisiera saber si me podrias dar informacion para hacer los tramites ya que ella esta necesitada de dinero. Toda la ayuda que me puedas dar sera eternamente agradecida y que dios te bendiga.Si me puedes mandar la respuesta a mi correo te lo agradeceria muchisimo.
tiene algun beneficio fiscal,laboral,social economico,ect un trabajador por cuenta ajena,con el 50 por ciento de sordera.
Hola Fran,
Más que con el 50% de sordera, entiendo que si tiene concedido algún grado de discapacidad, entonces sí puede tener beneficios
puede una señora de 75 años,que esta cobrando una pension por viudedad,otra pension o parte proporcional de otra,por gran invalidez.
Hola Fran,
Viudedad e incapacidad permanente son compatibles entre sí
Buenas tardes Javier:
Querría hacerte una consulta:
Mi padre es un agricultuor jubilado, y mi madre acaba de fallecer. ¿DE la pensión que tiene que ronda los 700 euros, se le reduce al enviudar?
Gracias y saludos
Ángeles
Buenas tardes Javier¡Agradecerte de antemano tu respuesta.Tengo varias dudas.Mi padre se quedó viudo de mi madre, a los 3 meses empezó a vivir con una señora de nacionalidad rumana y ésta le obligó a casarse para cobrar la viudez cuando él fallezca, ya que se llevan 14 años de diferencia.Ya llevan un año casados, pero él se ha caído y se ha roto varias costillas y se encuentra bastante mal de salud. También le ha exigido que le ponga una casa su nombre.Mis preguntas son:¿Ella puede cobrar la viudez con sólo un año de matrimonio?¿ella tendría derecho a la herencia de mi padre, ya que tiene varias propiedades? Espero su respuesta en cuanto le sea posible y muchas gracias.
Hola María,
Sí, podría cobrar la viudedad porque no se casó con una persona enferma, sino que enfermó después del matrimonio, así que como yo lo veo no habría matrimonio de conveniencia (técnicamente). El tema de la herencia pues depende, es un tema más de derecho civil pero excepto la legítima los otros 2/3 de la herencia si puede hacer con ellos lo que quiera. Salvo que sea una persona enferma y el notario entienda que no está en condiciones de manejar sus bienes o propiedades y no consienta un cambio de testamento…
mi suegra es viuda y cobra una pensión de 697 € al mes. Cobra por habilitado de clases pasivas del Estado. Ella no ha trabajado nunca. Mi pregunta es si puede acogerse al bono social que aplican las eléctricas.
Hola Jose Luis,
Lo desconozco totalmente, pero recientemente se ha aprobado una nueva ley del bono social energético, para personas especialmente vulnerables, con familias con todos sus miembros en paro, con 60 años o más que perciban la pensión mínima. Creo que puedes llamar a tu compañía eléctrica y ellos te informan.
Hola Javier,
Somos un matrimonio que llevamos años casados, yo cobro una pensión de Jubilación del máximo 2.550 € mensuales y mi esposa una Pensión de Invalidez Permanente Absoluta y cobra 879 € mensuales, en el caso de que yo falleciera.
Ambos hemos estado cotizando en el Regimen General de la Seguridad Social.
Que cantidad lequedaria a ella de viudedad en el caso de que yo falleciera.
Muchas Gracias Un Saludos
Hola Manuel,
La pensión de incapacidad permanente es compatible con la pensión de viudedad así que podría cobrarla, el porcentaje no lo sé pero puede ser del 52 o del 70% dependiendo de las circunstancias personales y económicas. Pero ojalá vivas muchos años!
Hola Javir, me gustaría preguntar ¿un hombre jubilado con 81 años podría optar a la paga de viudo, si su mujer no había cotizado en la Seguridad Social? esta mujer murió hace unos 8 años aproximadamente, y varios años antes de morir, recibió una paga no contributiva, pero tras obtenerla tuvo que devolverla.
Muchas gracias.
Un saludo.
hola me llaml ana quisiera saber mi madre se ha kedado viuda cobra una pension no.contrivutiva por enfermeda mi padre cobra el 75%de pensionista.
pero con mi madre vivimos yo que tengo 26 año y mi hija que tiene 3 y yo no cobro ninguna ayuda.
cuanto se le quedaria ami madre de paga y le quitarian la suya no contrivutiva.
y yo tendria alguna ayuda???
Hola
Quería hacer una pregunta
Soy madre de familia numerosa y estoy casada sólo trabaja mi marido .Tengo una vecina que tiene 43años su marido ha falleció hace 9 años ella cobra 1200€ de paga de viuda mas 500€ por cada hijo que tiene 2 tiene tarjetas de familia numerosa recetas gratis en la farmacia y convive desde hace 7 años con otra persona donde el trabaja y entra otro sueldo a casa y mi pregunta es si eso se puede hacer y seguir con todas esas ayudas
Muchas gracias
Hola javier tengo una duda sobre la pension de viudedad de mi madre….ella esta cobrando la pension de viudedad de mi padre fallecido pero la cuantia que le pagan es por 26años que convivieron juntos pero hasta 8 años despues delos 26 no se divorciaron y legalmente fue su mujer….mi pregunta es… no le pertenece la cuantia de la pension por los años que fue su mujer legal?
Hola Javier,
hace tres meses falleció mi exmarido con el que había estado 12 años casada. Tenemos dos hijos en común y llevabamos dos ajos divorciados.
No recibía pensión compensatoria.
Me gustaría saber si me corresponde pensión de viudedad,recibo informaciones contradictorias.
Muchas gracias
Hola Elena,
Quizás fuera aconsejable acudir al INSS y preguntar allí, pero te comento: la regla general es que si no recibías pensión compensatoria, necesitas acreditar que eras víctima de violencia de género. Si tu divorcio hubiera sido anterior a 2008 entonces se establece una regla específica pero como no es el caso, creo que no tienes derecho a viudedad, aunque sigo recomendando ir a INSS y salir de dudas.
Hola q tal mi marido estaba trabajando en Noruega a fallecido accidente yo estoy en España donde tengo que ir para cobrar la pensión de viudedad hracia
Hola Sonia,
pedir cita previa al INSS y comentarles tu caso
Hola. Mi padre cobra una pensión de jubilación por el Régimen General y otra por Clases Pasivas ya que había cotizado en cada uno de ellos más de 15 años y reunía el resto de requisitos. En caso de fallecimiento, mi madre cobraría una pensión de viudedad por cada uno de los Regímenes o tendría que optar sólo por una de ellas? Por otro lado, el cálculo de la viudedad sería por la pensión que cobra mi padre o por la base reguladora que sirvió para calcular dicha pensión?Muchas gracias.
Hola. Me llama Kalina. Soy pencionista por viudedad en Espana, pero vivo i trabajo en Bulgaria. Ten go quie presentar en Espana fe de la vida. No pregunta es puedo pedir eat a sertificado en embajada de Espana en Sofia i Ten go quie venir a pedir lo en Espana. Gracias I buen dia.
Hola, hace unos meses murió mi marido con quien hacía más de cinco años llevábamos registrados como pareja de hecho y con todos los papeles en orden pero aún siendo pareja de hecho él estaba separado judicialmente desde hace más de 20 años de su anterior mujer, solicité la pensión de viudedad y me la han denegado porque él no estaba divorciado sino sólo separado, porqué no puedo recibir mi parte de pensión si cumplo los requisitos de pareja de hecho?, porqué en Madrid me la deniegan y en otras comunidades si se puede tener la pensión?, si mi pareja no estaba divorciado porque permite Madrid ser pareja de hecho a alguien solo separado y después negar la pensión?…Por favor podéis aconsejarme que hacer para obtener el derecho a mi pensión de viudedad.
Hola Marta,
han utilizado la letra pequeña de la ley para denegarte la pensión, se dice como requisito que durante el periodo de convivencia ningún componente de la pareja de hecho estuviera impedido para contraer matrimonio ni tener vínculo matrimonial con otra persona, y las personas separadas mantienen el vínculo matrimonial mientras no se divorcien, o lo que es lo mismo una persona ‘separada’ no se puede volver a casar hasta que no se divorcie porque con la separación se mantiene el vínculo, y con el divorcio se rompe ese vínculo.
Hola Javier.
Mi madre ha quedado viuda, con una paga de 564€.
No llega al mínimo, que creo que es de 636€.
Mi padre cobraba otra pensión de Bélgica.
¿Puede ser que la Seg. Social no le page la pensión mínima, a expensas de saber si le corresponde algo de Bélgica, o tiene que solicitar que se la suban hasta los 636€?.
Muchas gracias y saludos.
Hola Javier te comento me case en junio 2013 con un señor separado en el 96 y divorciado en 2012 su ex tiene ingresos de jubilación. mi marido es jubilado con la pensión máxima de 2500 yo soy ama de casa mi pregunta es ¿ tiene derechos a pensión su ex tras 20 años separada ? dos hijos en común y 15 años de matrimonio? se separo en 1996. que me corresponde en caso de dividir la paga de viudedad ?
Hola javier.soy casada legalmente hace 10 años con un niño reconocido legalmente mas otros 3 menores que no son sus hijos.también somos usufructo.queria saber si a los niños que no son suyos le toca algo y hasta cuando podemos quedarnos en el piso??.gracias.
Gracias de antemano.
Tengo la duda de si a mi madre le están pagando demasiada pensión de viudedad. Por un lado de Isfas unos 1300 mejorada por haber tenido 4 hijos y por otro de seg social unos 1100 pq mi padre había cotizado cómo cómo 60 añps en dos trabajos. El decia que cobraba el máximo, casi todo por isfas y un poquito de seg social hasta el tope cómo 2000 euros. Yo creo que para la barbaridad que había cotizado no era tal maximo. Ña cuestión es que la viudedad de mi madre es como te he explicado y no quiero que.luego le reclamen por equivocarse ellos. Gracias
Hola Javier
Te planteo mi caso:
-primer matrimonio: de 2003 a 2014, sin hijos, acuerdo de divorcio sin pension compensatoria.
-segundo matrimonio y actual: mas de dos años, hijo en comun
Mis dudas son:
1. Si yo falleciese, mi actual conyuge tendría que compartir la pensión de viudedad con mi exmujer si esta reclamase?
2. En caso afirmativo, si no reclamase nada mi exmujer, no se aplicaria ninguna pension de viudedad «de oficio»?
Muchas gracias por adelantado
Hola Pablo,
1, si tu exmujer no se ha vuelto a casar tendría derecho a viudedad como regla general, se reserva el 40% a tu actual cónyuge en todo caso.
2, no se concede de oficio sino a instancia de parte, pero todo el mundo reclama, por si caso..
Hola Javier
Te planteo mi caso:
_primer matrimonio: de 2003 a 2014, sin hijos, acuerdo de divorcio sin pension compensatoria.
_segundo matrimonio y actual: mas de dos años, hijo en comun
Mis dudas son:
1. Si yo falleciese, mi actual conyuge tendría que compartir la pensión de viudedad con mi exmujer si esta reclamase?
2. En caso afirmativo, si no reclamase nada mi exmujer, no se aplicaria ninguna pension de viudedad «de oficio»?
Muchas gracias por adelantado
Hola Javier, te explico mi caso:
-Primer matrimonio: de 2003 a 2014. Divorciado de mutuo acuerdo, sin pensión compensatoria. Sin hijos
-Segundo matrimonio: más de dos años, con un hijo en común.
Dudas:
1. Si yo falleciese, mi actual conyuge (2º matrimonio) percibiría toda la pensión de viudedad o tendría que compartirla con mi exmujer. (el 40% lo tendría garantizado)
2. En caso de que tuviese que compartirlo con mi exmujer: si mi exmujer no reclamase pensión de viudedad, no se le asignaría ninguna pensión «de oficio»? no se si me explico…
Muchas gracias por adelantado
Buenos noches, tengo una pregunta respecto a la pensión de viudedad. DESCONOZCO el paradero del que fué mi exposo desde que nos separamos judicialmente en el año 2000; ¿como podría enterarme si ha fallecido? muchas gracias, ya que el resto de requisitos si los cumplo.
Hola Inmaculada,
para personas desaparecidas por causa distinta al accidente, hace falta una declaración judicial de fallecimiento, mediante una demanda judicial
Hola, estamos haciendo el tema de la pension de viudedad de una mujer de 65 años. Su marido fallecido cobraba 726 en su base reguladora. Me gustaria saber qué pensión se le quedaria, si cobra el minimo o no. Se que habria un complemento para llegar a ese minimo, pero no sé si está superitado a otro ingreso.
Hasta ahora ella es autonoma, en un regimen colectivo especial de cuidado de su madre, que no tiene ningun tipo de ingresos. Su jubilacion a dia de hoy, será efectiva en marzo del 2019 para cotizar el minimo de años.
El problema es que hasta ahora no recibia ningun ingreso a su nombre, pero claro, su marido si tenia un campo que tenia ingresos de exportacion (pipas y trigo actualmente). Tras el fallecimiento, entiendo que si percibiria un ingreso, y no sé si esto le puede afectar a su pension de viudedad y a su futura pensino de jubilación.
Mis dudas son estas que paso a resumir:
– Cual sería el importe de su pensión de viudedad. 636,1 euros que es el minimo, o el 52% de 726 euros que es la base reguladora de su marido. En este ultimo caso, no se si se tiene en cuenta los ingresos que podria percibir por el campo para quitarle el complemento para llegar al minimo. Ademas ha tenido 3 nacimientos, por lo que creo que hay un complemento del 10% sobre el resultado.
– Merece la pena seguir pagando la cuota de autonomo de ella (234 euros mensualmente) durante lo que le queda de jubilacion . Si no merece la pena, habrá que avisar a la seguridad social. Pero si merece la pena, cual sería su pensión de jubilacion final, sabiendo que ya cobra la pensión de viudedad.
– En el caso que no haya ingresos externos mayores de 7116 euros, podria percibir un complemento para llegar al minimo. En ester caso, entiendo que no percibiria los dos complementos de viudedad y jubilacion. Cual se debería aplicar?
Muchas gracias y espero vuestros comentarios asap.
Saludos
Hola Javier. ¿que se entiende por «ser acreedor de una pensión compensatoria»?. ¿que en la sentencia se haya fijado una cantidad? O ¿que en la sentencia de disolución de gananciales no se fije cantidad pero no se renuncie? Gracias.
Hola Ana,
Ser acreedor de una pensión compensatoria, es que bien por sentencia o por acuerdo se fije una pensión compensatoria para uno de los cónyuges, que se fije una cantidad económica, es decir, 300€, 500€, 1.000€ etc, o que no se renuncie a ella, es decir, que se deje la puerta abierta a reclamarla más adelante.
Hola Javier, mi pregunta es; cobro una pensión de viudedad pero me quiero ir de vacaciones por 6 meses a ecuador podria quedarme ese tiempo allá y luego regresar sin que me afecte en la pension de videudad ya que me he informado que no puedo estar fuera del España hasta 90 días. me quitarían la pensión. Se darian cuenta que he estado fuera del pais por unos meses me gustaría que me ayudarás informandome. Gracias
Hola Johan,
Si, se darían cuenta, solo tienen que ver la fecha de salida y la de llegada y hacer la cuenta
Hola, hace poco quedé viuda, mi pareja estaba separado pero no divorciado de su anterior mujer y llevábamos un poco más de 5 años de pareja de hecho, tengo derecho a pensión de viudedad aunque él no estuviera divorciado??
Hola javier soy viuda cobro 481 euros mi pregunta es e tenido una hija puedo pedir viudedad con cargas familiares aunque sea una carga mia? cuanto es la cuantia? Y cuant o tienpo puede tardar la resolucion?muchas gracias
Hola, hace poco quedé viuda, mi pareja estaba separado pero no divorciado de su anterior mujer y llevábamos un poco más de 5 años de pareja de hecho, tengo derecho a pensión de viudedad aunque él no estuviera divorciado?
Hola Javier, mi madre es viuda (cobra la pensión de viudedad: 572 euros). Estaba prejubilada. Ahora se ha jubilado del todo, este més le ha venido la primera cuota de jubilación (1322 euros (un mes y algo)) y el finiquito de la prejubilación (561 euros).
El mes que viene ya percibirá un mes entero de jubilación (1288 euros).
El caso es que este mes ya le ha venido menos de la pensión de jubilación y no sabemos por que puede ser, le ha venido 528 euros, unos 45 euros menos. ¿Sabes a que se debe?. Gracias!!
Hola,
Me gustaría saber exactamente si tendría derecho a pensión por viudedad . Tenemos 3 hijos en común, y soy funcionaria del estado del grupo A2. Él es un trabajador por cuenta ajena con suficientes años cotizados y activo actualmente. Tenemos pensado casarnos, pero yo tenía entendido que si tienes unos ingresos determinados no tenías derecho a pensión por viudedad. Entonces si nos casamos tendríamos derecho a la pensión aunque nuestros ingresos no sean bajos?
Gracias.
Buenos días Sr. Ortega.
Mi hermano lleva un tiempo sumido en una profunda depresión. Ha intentado quitarse la vida en un par de ocasiones. Él tiene la certeza de que, si lo consigue, su mujer y su hija recibirán una ayuda por viudedad. Sé que no llega a los 15 años cotizados y actualmente no tiene trabajo. ¿Cree usted que su mujer recibiría alguna ayuda económica?
Rezo y espero para que no llegue a producirse esta situación.
Hola. Soy pencionista por viudedad en Espana. Mi pregunta as si voy a vivir I trabajar en Bulgaria me pierdo el pencion..Si no as necessarily a visar seguridad social. Gracias I buen dia.
Soy funcionario jubilado y por tanto cobro por el concepto de Clases Pasivas. Mi pensión ronda los 1.500 euros y la de mi esposa unos 1.400 en este caso de la Seguridad Social. Tenemos 2 hijos mayores pero no a nuestro cargo, es decir independientes.
Mi pregunta es: ¿Tendríamos derecho a pensión de viudedad ambos, o sea respectivamente el uno del otro?
Hola Javier, mi padre ha fallecido en un accidente laboral y la mutua le ha aprobado a mi madre de 51 años una pensión de viudedad del 52% y ella no trabaja. Con ella vive mi hermano de 24 años, al que no le han concedido la orfandad porque ha trabajado dos meses y medio este verano y ahora no trabaja, es normal? Además, me gustaría saber si cuando cumpla 55 años le aumentaría la pensión un 20% ya que en la mutua indican en las condiciones generales que si tuviera mas de 55 años si que le correspondería, se podría pedir cuando los cumpla?muchas gracias
Hola Belu,
Puede cobrar el 70% de la pensión de viudedad, pero no cuando cumpla los 55 años, sino cuando cumpla los requisitos que explico en el artículo, cargas familiares, que la viudedad sea la principal fuente de ingresos y que los ingresos no superen una determinada cantidad anual
hola, una pregunta,mi suegra ha enviudado hace un mes ,ella no ha cotizado nunca,pero le ha quedado una pensión que supera los mil euros, mas 500 por la hija de 20 años que está estudiando,esta les han dicho que sera durante 5 años o hasta que trabaje, pero en SS le dijeron que cuando cumpliera 65 años mi suegra, ahora tiene 59, tendria otra pensión que le corresponde a ella por no haber cotizado nunca y ya que a esa edad ya no recibira los 500 de su hija. puede ser eso?
Acabo de quedar viudo y mi marido recibía una pensión de 648 euros por incapacidad. Yo quisiera saber cuanto me recibiría por pedir la pensión de Viudo?, ya que tengo 49 años y y tengo VIH.
Muchas Gracias
Tengo derecho pensión viuda? Mi ex marido se casó en segundas nupcias, la primera cónyuge ha fallecido, cobraria el 100×100
Hola; estoy cobrando una pensión por viudedad, con cargas familiares, por tanto eran 735.70€. Resulta que ya mi hijo con 25 años recién cumplidos está trabajando y a mi también me han hecho un contrato para trabajar por tres meses de media jornada. Este último pago de mi pensión me la han rebajado a 481.6€. ¿Es eso correcto? antes de todo me había informado en la SS y me dijeron que me descontaban un plus de 93€ y no fue así. Necesito su ayuda. Gracias
Hola Cande,
Si estaba cobrando la viudedad al 70% de porcentaje y su hijo realiza una actividad retribuida es posible que su pensión ya no constituya la principal fuente de ingresos o que se hayan superado los límites y por eso se la han bajado al 52%..
Hola, me gustaría hacer una pregunta a ver si me puedes ayudar, mis padres están separados hace más de 20 años y ninguno rehizo su vida en todo ese tiempo, mi padre falleció hace un par de meses y mi madre solicitó la pensión de viudedad.
Ha recibido la carta diciendo que le conceden la pensión pero como está cobrando su pensión por jubilación solo tiene derecho a una de las dos.
Me gustaría saber si eso es así y no tiene derecho o si, le pertenece y se puede reclamar.
Muchas gracias.
Un saludo.
Hola Javier,
Me extraña ya que la pensión de viudedad es compatible con la de jubilación por norma, me iría a la Seguridad Social a que me expliquen este punto
..igual la clave está en saber si la pensión de jubilación es «contributiva» o «no contributiva»… (ya que las «no contributivas» me consta que no son compatibles con otras…)
Buenos días Javier: Una consulta.Mi suegra tiene 87 años y cobra el Sovi que son unos 403 euros mas o menos.Su marido cobra 915 euros de pensión y está bastante fastidiado. Cuando fallezca, mi suegra podrá cobrar la parte que le corresponda de viudedad más su Sovi, o se lo quitarán? Muchas gracias.
Buenas tardes , mi ex marido ha fallecido en el 2016, me divorcie en el 2004 ,estuve casada 18 años con dos hijos y no me he casado ni he tenido pareja de echo desde aqyel divorcio del 2004 y tengo mas de 50 años.
Desaria saber si me corresponde algun tipo de paga de viudedad u otra
Muchas Gracias
Buenas Javier.
Acaba de fallecer mi padre, el cuál, se ha vuelto a casar con otra mujer en 2013. Estuvo casado con mi madre 28 años y ésta no pidió la paga compensatoria por coacciones de mi padre hacia ella, aunque nunca lo denunció. Hay una sentencia de separación del año 2003 y otra de divorcio del año 2007. Cumple todos los requisitos para pedir la pensión de viudedad, pero la sentencia de separación pasa de 10 años hasta el fallecimiento, mi pregunta es:
A que se acogerá la SS para concedersela o denegarsela? A la separación o al divorcio? Y si fuese a la primera, habría alguna posibilidad de recurrir al Supremo por años convividos o algún otro apartado al que acogerse?
Gracias de antemano y espero su respuesta.
Mi madre ha fallecido recientemente. Tenia 65 años, pensionista y cobraba 603 euros aprox. Mi padre con 67 años tb es pensionista con una cuantia de 636 q le han puesto hace poco. Mi pregunta es: ¿q paga de viudedad le qeda? ¿el 52% de la base reguladora de mi madre en paz descanse? Espero respuesta. Gracias
Hola Vanessa,
Lo normal es que cobre el 52%, podría cobrar el 70% si reúne los requisitos que comento en el artículo. Esta pensión es compatible con la pensión de jubilación o incapacidad.
Hola Javier,
Mi pareja es docente sustituta del Ministerio de Educación. Suele trabajar 8 o 9 meses al año y el resto del tiempo cobra el paro. No tenemos otros ingresos, porque yo soy funcionario en excedencia y no tengo intención de incorporarme al trabajo. Si falleciera en un accidente, cual seria la base reguladora para calcular la pensión de viudedad y cuál sería el porcentaje a cobrar? Por cierto, si tememos un hijo en común menor de edad, el también recibiría pensión de orfandad? Al llegar a los 65 años yo cobraría la viudedad? Muchas gracias.
Hola Javier. Mi esposa, nos casamos en 1984, teníamos bienes gananciales, ella de 62 años de edad ha fallecido recientemente. Yo tengo 67 años y estoy cobrando unos € 686,- (incluye unos 30 ó 40 € de pensión de Francia). Como mi esposa ha fallecido por enfermedad (estando trabajando y cotizando), ¿tengo derecho a una pensión por parte de la Seguridad Social…? Un cordial saludo. Ruben Cabrera.
después de la muerte de su marido en 2010, tiene derecho a solicitar una pensión para la viuda?
hola, Por favor, me puedes resolver la siguiente duda: se trata de un señor que ha estado trabajando por cuenta ajena y de pensión cobra 1800 euros y su mujer que ha trabajado en el régimen especial de empleadas de hogar y cobra de pensión 600 euro. En caso de fallecimiento del señor ¿cómo quedaría la pensión de la esposa?
Gracias
Hola yo quería informarme, hace 6 años me quedé viuda,me quedó el 52%
520 euros es lo que cobro,en esa fecha yo trabajaba,pero hace tres años que tube que cerrar el negocio.
En marzo de este año me reconocieron el 34% de discapacidad.
Podría pedir una revisión, de la pensión.
Actualmente estoy sin empleo,pero vivo sola..
Hola Javier, buenas tardes. Me gustaría hacerte una consulta, mi madre tiene cotizados más de 30 años, dejó de trabajar para cuidar a mi abuela enferma, mi abuela estaba cobrando la pensión de viudedad, casi unos 600 euros. Vimos que existía la posibilidad de que ella cobrase la pensión contributiva a favor de familiares. Ya que, tiene dos hijos y ahora mismo ningún tipo de ingreso o prestación económica.
¿Habría alguna posibilidad de que la cobrará? Y en caso afirmativo, ¿cuanto le correspondería?
Muchas gracias de antemano.
Mi esposo ha fallecido por enfermedad común ( cáncer de laringe) hace 10 días ,el cobraba una pensión de 798 euros y podía trabajar q ahora estaba de baja pero cobraba tmb 940 euros ? Mi pregunta la paga de viudez se computa por las dos pagas o sólo por una y la de orfandad sería igual?
Hola Ana,
Se calcula de forma distinta si estaba trabajando o era pensionista. Si estaba de baja por enfermedad común se suman las bases de los últimos 24 meses y se divide entre 28. De todas formas el cálculo exacto lo sabrás cuando llegue la carta de la pensión. Para orfandad es igual. Mucho ánimo.
Buenas tardes necesito urgente un abogado residente en España que me represete para solicitar pension de viuedad. Soy ciudadana colombiana, mi esposo era español y acaba de fallecer.
Yo tengo una pensión por incapacidad absoluta desde el 2009 tengo 63 años y mi marido le an dado la invalidez total recientemente llevamos 40 años casados y los dos hemos cotizado mas de 32 años nuestras hijas son mayores nos corresponderia pension de viudedad, que porcentaje, Gracias La pequeña trabaja pero vive en casa.
Buenos días, mi padre tenia una incapacidad permanente absoluta del 100 por cien. Tenia 70 años pero la seguía cobrando, se acercó a la seguridad social si debería cambiar a jubilación y de dijeron que seria igual. El ha fallecido y mi madre cobra el 52% de lo que cobraba mi padre. Aún tienen hipoteca. Se podría saber si es esa la que le corresponde. Porque con seiscientos y poco y pagar luz, agua, hipoteca, le queda más bien poco. Saludos
Hola María,
Normalmente ese cálculo no es erróneo, otra cosa es que la persona entienda que le corresponde el 70% y no el 52%, deberían haberle mandado una carta con el cálculo de la pensión y a principios de año con la actualización de la pensión.
Hola, quiero saber si tengo derecho a pensión, en caso de fallecimiento, estoy casada hace 6 años con un español, yo soy chilena, y estamos casados en Chile, no en españa, es necesario casarnos por las leyes españolas? y el antes estuvo casado 30 años, pierdo los beneficios??? o los gana la ex esposa?
Hola Pamela,
Voy a mirarlo y te comento.
Hola yo quiero preguntar que tendre derecho a una pension de viudas si mi pareja de echo tenia una pencion absoluta desde 2009 pero no tenia 15 anos cotisados.
El faevido aogado es desir acsidente.Somos pareja de echo desde 2009.
Gracias Borislava Angelova
Hola Borislava,
Qué quieres decir con faevido aogado es desir acsidente ¿?
Hola Javier. Mi madre se acaba de quedar viuda de mi padrastro. Solicitó la pensión de viudedad y se la han denegado. Tienen una hija en común de 22 años, una convivencia demostrable de 23 años y casados desde hace un par de meses. Él ha fallecido por un cáncer terminal diagnosticado en agosto del año pasado. Llevaba sin cotizar a la seguridad social desde el año 2003. Pero tenía bastantes más de 15 años cotizados a lo largo de su vida. Mi madre debería reclamar o en verdad no tiene derecho a paga??? Muchas gracias de antemano por su respuesta.
Hola Adriana,
habría que ver cuál es el motivo para denegar la viudedad y ver si se puede hacer algo, estudiar el caso en definitiva
Hola, un amigo se divorció en 2005, su mujer acaba de fallecer, tiene mi amigo derecho a pensión de viudedad? Se casaron en 1983
Hola Juani,
para divorcios anteriores a 2008 se tiene que acreditar esto:
-que entre la fecha del divorcio y el fallecimiento no hayan transcurrido más de 10 años
-que el matrimonio durara al menos 10 años
-Y una de dos: o que existan hijos comunes o que la edad del beneficiario sea superior a 50 años en el momento de la muerte dela exmujer.
-por supuesto no haberse casado nuevamente después del divorcio
Hola Javier
Mi hermana a quedado viuda,solo llevaba casada 3 meses,el marido murio en un accidente de trafico hace pocos dias,tiene derecho a una pension de viuda?no tiene hijos
Hola Ana María,
Yo entiendo que sí, y además no es necesario período previo de cotización al ser accidente.
Buenas tardes Javier.mi pareja tiene una enfermedad oncologica llevamos más de siete años viviendo y empadronados mismo domicilio…reconocida gran invalidez estamos inscritos como pareja de echo un año y cuatro meses, su enfermedad a empeorado y estoy agobiado tendría derecho a una viudedad si le pasara algo a mi pareja. Gracias
Hola Juan,
Los requisitos son que el fallecimiento se produzca después de 2008, inscripción como pareja de hecho en un registro público de CCAA o ayuntamiento válido, convivencia ininterrumpida de 5 años con el causante, y finalmente requisito de ingresos
Gracias Javier,y si es el caso contrario, ella lleva mas de 25 años trabajando y cotizando a la seguridad social, tengo derecho yo a uns pension de viuded aunque tenga mi pension de discapacidad.Mi pension es por enfermedad común,y tengo 59 años, pronto cumpliré los 60,y también le quería preguntar, si me puedo pedir la pension por juvilacion. Gracias Javier.Un saludo Juan.
Hola Juan,
la pensión de jubilación es compatible con cualquier renta del trabajo, incluso la pensión de jubilación o incapacidad permanente
Hola Jabier, desde el año 2010, me reconocieron siete enfermedades dejenerativas,y me dieron una absoluta con una discapacidad del 80% reconocida.Cobro una pension de 975 euros no contributiva, pero tengo 40 años cotizados en la seguridad social.En caso de que yo fallezca tiene derecho mi mujer a una pension,si llevo casado con ella cerca de 40 años.Te lo pregunto, porque me han comentado que al ser no contributiva mi pension mi mujer no tendría derecho a una paga de viuded, Gracias.
Perdona mi falta de ortografía, es que tengo Parkinso entre otras enfermedades. un saludo.
Hola Juan,
Ojalá vivas muchos años!, bueno ten en cuenta que se garantizan unas pensiones mínimas, así que si tu falleces o al revés y se cumplen los requisitos que menciono en el artículo tanto de la persona fallecida como de la que sobrevive se tendrá derecho a cobrar viudedad.
Hola : Soy viuda y como trabajo cobro el 52% ,mi pregunta es: si pido excedencia en el trabajo al ser mi única fuente de ingresos la paga de viuda pasaría a cobrar el 70%?me ha quedado una paga de 1300€ pero después de quitarme el IRPF se me queda en 1166€.
Gracias.
Hola Ana,
Depende de si los ingresos superan o no los topes que menciono en el artículo, de todas formas se puede pedir una revisión de la pensión en cualquier momento
Tengo 65 años y estoy jubilado. mi pareja 30 y llevamos 11 casados. Por lo cual yo tengo mi paga como jubilado y mi pareja trabaja. En caso de que yo falleciera, dicho de paso sea muy tarde. ¿Mi pareja tendria derecho a la paga de viudedad aunque trabaje? Gracias
Hola Javier estoy casada desde septiembre de 2015 y tengo un hijo en común de doce años llevábamos viviendo juntos desde 2003.el falleció de cáncer en mayo de este año 2016 ,tenía cotizado 12 años y estaba cobrando una pensión no contributiv….la seguaridad social me dice que deben estudiar el tema pero que posiblemente no tenga derecho a viudez ….es así de verdad o no?
hola Javier;No entiendo «-Entre la fecha del divorcio o separación judicial y la fecha del fallecimiento del causante, no hayan transcurrido más de 10 años» ?Quiere decir que si han pasado mas de diez años desde el divorcio y la muerte del exconyuge ya no hay derecho a pension¿.
Hola Javier primeramente gracias por esta página maravillosa. Mi pregunta es soy brasileña tengo pareja de echo en la comunidad autónoma hace 4años y empdronemto además de documento notarial de pareja de echo estoy en Brasil hace 9 meses por motivos familiares y mi pareja ha fallecido con 44 años de un enfarto. Yo tengo derecho a pensión si o no? El ha cotizado mas de 15 años y estaba en alta antes de morir…gracias
Hola Regma,
En caso de parejas de hecho tienen que darse estos requisitos:
-el fallecimiento sea posterior a 2008
-inscripción como pareja de hecho en registro público oficial 2 años antes al menos del fallecimiento
-convivencia de al menos 5 años anteriores al fallecimiento
-requisito de ingresos
De todas formas se hace un análisis de cada caso para ver si reúnes o no los requisitos, yo presentaría la solicitud y a ver qué contestan.
Hola Javier! Mi papa era español pero nunca trabajo en España siempre en el extranjero, mi mama puede cobrar una pensión de viudez en España ya que no recibe nada del país donde mi padre trabajo?
hola javier,
en 2007 firmamos una hipoteca conjunta,el 24/09/2010 tenemos un hijo, en 25/12/2010 ella fallece, el niño tenemo tiene orfandad,pero yo pense en su momento que al no estar oficializada administrativamente, nuestra relacion, no me pertenecia nada y ahora, una persona me ha echo retomar el tema y me eh surgido la duda. a todo eso, solo estuvimos empadronados juntos 7 meses por motivos varios.
hipoteca, libro de familia, e hijo es lo unico que puedo aportar
crees que me pertenece algo de viudedad?
Hola Orsa,
Déjame que te lo mire y vuelvo a editar este mensaje
Hola Javier mi madre cobra la pensión de viudedad de mi padre el 60% porque el 40% restante lo cobra su segunda esposa mi pregunta es si pude solicitar alguna otra prestación,es decir ademas de su pensión cobrar algo mas Gracias
Tengo una incapacidad permanente absoluta llevo viviendo en pareja 16 años y casado 12 años co la misma mujer , mi pensión es el único ingreso q tenemos en el matrimonio , en caso de mi fallecimiento q porcentaje tiene mi esposa viuda que cobrar de pension de viudedad cuando está ha sido nuestra única fuente de ingresos y mi esposa no tiene ningún otro ingreso , graciad
Hola Jesús, cobraría el 52 o el 70% de la base reguladora correspondiente que yo no te puedo calcular, lo que sí se garantizan son unas cuantías mínimas como he puesto en el artículo
Hola Javier, me separe en el 2003 y divorcie en agosto 2008, soy de violencia de genero, pero no cobre pensión compensatoria, estuve en casa de acogida, y tuve que cambiar de ciudad, en el 20013 mi ex murio,estuve casada desde 1980, hasta el 2003, tengo 58 años, y dos hijos en comun pero ya son independiente, él era pensionista por enfermedad, quisiera saber si tengo derecho a la pensión de viudedad ya que me han dicho que como mi divorcio es posterior no lo tengo., muchisimas gracias
Hola rosa déjame que lo mire y te comento
Hola Javier
Mi pareja cobra pensión viudedad.
Si nos empadronamos juntos sin registrarnos como pareja, perdería la pensión.
Si nos registramos la perdería inmediatamente o a los dos años
Hola Antonio,
Entre las causas de extinción de la pensión de viudedad no está la de empadronarse juntos, sino constituir pareja de hecho, casarse otra vez, culpabilidad en la muerte del causante, fallecimiento del pensionista o condena de homicidio.
Hola sr. Javier
Buen dia tenga usted
Tengo unas preguntas que hacerle y espero pueda ayudarme
Mi mamá cobra una pensión por mi papa que fallecio hace 15 años, ella no era casada y esa pension solo se entrega si se comprueba que estoy estudiando, tengo una situación muy dificil y quisiera cobrar esa pensión por mi cuenta, ya soy mayor de edad y cuento con varios documento del seguro e inbursa en donde aparece que estoy pensionado, ella sigue cobrandola pero mis estudios los pago yo, ¿de alguna manera podria cobrar yo la pension? Y de ser asi ¿que debo hacer? y ¿en donde? Si pudiera ayudarme con eso se lo agradecería mucho
Hola David,
Yo solo te puedo ayudar de acuerdo con la legislación española.
Actualmente cobro el subsidio de > 55 años (426 €) y mi esposa cobra una IP Absoluta 603,30 €. ¿Si por desgracia falleciera mi esposa podría yo seguir cobrando el subsidio y el 52% de la pensión de viudedad? ¿o tendría que renunciar a alguna de esas ayudas?.Gracias.
Hola javier, te cuento mi caso mi marido fallecio hace dos mes de cancer con 57 años yo acabo de regresar a españa porque vivia en el extranjero el estaba dado de baja cuando fallecio pero cotizo 15 años aqui en españa y tengo un hijo especial de 15 años, a mi me corresponde alguna paga por viuda y cargas familiares?
Hola Javier soy viudo y hasta ahora cobraba una pensión del 70%, pero por no cumplir alguno de los requisitos me la han dejado en el 52%, mi pregunta es si se vuelven a dar de nuevo los requisitos volvería la pension al 70% o sería necesario reclama, y si la respuesta es esta última, como lo hago.
Hola Toño,
Si crees que ya sí reúnes los requisitos para que te vuelvan a elevar la pensión al 70% hay que presentar este formulario
Hola soy viuda desde hace 11 años. Jamas he cobrado nada por la muerte de mi esposo, que era empleado de una empresa perteneciente a Industria y Comercio.Pasaron los años y como nunca surgio ese tema, ni me interesaba hacerlo en ese momento;no hice tramite alguno.Pero desde septiembre del 2015 inicie el tramite por Anses, pidiendo por lo que creo me corresponde.Me contestaron que por una ley del 25 de septiembre, y habiendo pasado tanto tiempo, y por que ademas tengo un sueldo como docente jubilada, no me correspondia.Pregunto es asi o que debo hacer.Muchisimas gracias.Espero su respuesta ya que en este momento si tengo la necesidad de saber si me corresponde algo.
Hola, Anses me suena a Argentina, es posible?
Buenos días Javier
Cobro pensión de viudedad al 45% ya que la cobro desde 1997.
Puedo solicitar el 52% tras la subida de las pensiones?
Gracias
hola , buenos dia , mi esposo fallecio , estamos casados 46 años y el cobraba una pension no contributiva , yo puedoi pedir pa pension de vuidez , el era español murio en asturias
Hola Beatriz,
haría falta saber qué tipo de pensión cobraba su marido, los subsidios por desempleo se consideran situaciones asimiladas al alta y por tanto reuniría los requisitos para poder cobrar la viudedad
Hola, en caso de que por un error de la administración no se ha abonada pensión que correspondía, como se debe reclamas? mediante el inss o por vía judicial? Muchas gracias.
Hola Noelia,
Primero en vía administrativa y luego por vía judicial
Hola Javier, te quería comentar mi caso.
Mi madre ha fallecido recientemente y no sabemos si a mi hermana le corresponderá una pensión de orfandad y a mi padre una de viudedad. Te comento en primer lugar lo de mi padre:
Mi madre cotizó aproximadamente 10 años pero cuando falleció estaba dada de alta, por lo que he leído hasta ahí si tendría derecho a una pensión. Sin embargo, se añade el requisito de haber trabajado 500 días consecutivos previos al día del fallecimiento y mi madre pidió una excedencia de un mes un año antes.¿Los 500 días tendrían que ser justo antes de la muerte o, como he leído en otras páginas, en un período de 5 años previos?
Por otro lado, mi hermana tiene 24 años y no trabaja pero si está apuntada en un curso. ¿Podría recibir una pensión?
Gracias de antemano y un saludo.
Hola Javier, te escribí hace unos días y no recibí respuesta. Te reenvío mi cuestión.
Mi madre ha fallecido recientemente y no sabemos si a mi hermana le corresponderá una pensión de orfandad y a mi padre una de viudedad. Te comento en primer lugar lo de mi padre:
Mi madre cotizó aproximadamente 10 años pero cuando falleció estaba dada de alta, por lo que he leído hasta ahí si tendría derecho a una pensión. Sin embargo, se añade el requisito de haber trabajado 500 días consecutivos previos al día del fallecimiento y mi madre pidió una excedencia de un mes un año antes.¿Los 500 días tendrían que ser justo antes de la muerte o, como he leído en otras páginas, en un período de 5 años previos?
Por otro lado, mi hermana tiene 24 años y no trabaja pero si está apuntada en un curso. ¿Podría recibir una pensión?
Gracias de antemano y un saludo.
Hola Lucía,
El problema es que cada vez me escribe más gente y es difícil contestar a todos..; como regla general para que un hijo cobre orfandad se requiere que tenga menos de 21 años, o más pero esté incapacitado permanente en el grado de absoluta o gran invalidez. Respecto a la viudedad se requieren 500 días cotizados dentro del periodo de 5 años anteriores a la fecha del fallecimiento, así que entiendo que sí le correspondería viudedad.
Hola!mi madre es extranjera y esta casada con un español,desde hace varios años,el esta enfermo,y mi pregunta seria,si ella tendria derecho a la pension de viudedad.gracias un saludo
Hola Camelia,
Si se casa con una persona enferma digamos que ésta debe vivir un año después de casado para optar a viudedad, en caso de que lleve varios años casada no tendría que haber ningún problema para cobrar la pensión llegado el caso.
Hola Javier, soy tengo 49 años, y estoy cobrando una pensión de Viudedad por la Seguridad social de la Marina,de 369€.Mi actual pareja, tiene una pensión, de 680€.Sí me caso ,yo perdería mí pensión, al ser ésta, mi único ingreso? .Un saludo
Muchas gracias por tu rápida respuesta.
Hola Javier,
Mi madre ha solicitado la pensión de viudedad y le ha sido denegada por el motivo de no tener cumplida la edad de 65 años en la fecha dela solicitud, según lo establecido en el apartado 2 de la disposición transitoria decimotercera de la ley general de la seguridad social.
Te lo he puesto textual.
Te cuento un poco el caso nuestro, lleva separada 23 años, (no se ha vuelto a casar, ni pareja de hecho) estuvo 11 años casada y no tuvo pensión compensatoria, mi padre falleció en febrero con 58 años y cotizó mas de 15 años, mi madre tiene 56.
Mi pregunta es si hay alguna posibilidad de recurrir y ganar o lo tenemos todo perdido con la nueva legislación?
Otra pregunta es si nos quieren decir que a los 65 años si le pueden conceder la pensión?
Yo por mas que busco no encuentro nada de restricciones por edad.
Muchas gracias de antemano
Hola Patricia,
La normativa sobre pensiones de viudedad a veces parece más un jeroglífico .., efectivamente para separaciones anteriores a 1.1.2008 se establece que podrá percibir pensión de viudedad el cónyuge que aunque no reciba pensión compensatoria tenga 65 años o más, no tenga derecho a otra pensión y el matrimonio haya durado más de 15 años.
Sobre si podrá recibirla cuando cumpla 65 años, hay otro ‘pero’ y es que entre la fecha del fallecimiento y el divorcio no hayan pasado más de 10 años.
Si nos casamos, habría que esperar un año para tener derecho a cobrarla???
Y si por enemplo su pensión fuera de 800 euros, qué cantidad me correspondería???
GraciS
Hola Araceli,
Si convivís juntos desde hace muchos años, no tiene sentido seguir divorciados, lo de esperar un año tendría que acreditar que habéis convivido juntos todo el tiempo a pesar del divorcio, y sobre lo de la pensión yo apuesto que sería el 52% en su caso ya que dispone de ingresos suficientes
Hola Javier. Soy una mujer de 53 años y tengo reconocida una IP absoluta desde 2.006, con una pensión de 2.057 € y 14 pagas.
Me casé en el 2.007 y en Julio del 2015, por unos problemillas nos divorciamo.
Sin embargo, no hemos dejado de convivir y esos problemillas ya los hemod solucionado
Me aconsejas que nos casemos de nuevo psra cuando llegue el día., podamos cobrar pensión de biudedad???
Él tiene 66 años y es autómom
Gracias
Hola Javier, ante todo gracias por atenderme. Si en el caso de que creyeras conveniente contar con tus servicios para tal reclamación házmelo saber, estaría encantado dados tus conocimientos.
La consulta es para mi madre. Tenia una pensión mínima de 630€. Mi padre con una discapacidad de 53% le quedó una pensión de unos 860€. Mi padre ha fallecido hará ya 2 meses y fue por suicidio, lamentablemente. La cuestión es que a mi madre le notificaron que le correspondería una pensión de viudedad de mas del 50% quedándola una total de 1190€, todo bien hasta ahí hasta que recibe una notificación en la que la comentan que le restan unos 300€ alegando que era un plus añadido a su pensión original y lo restan argumentando la suma de la viudedad total 880€. Ella ya no tendría pensión mínima como tal, el estado computa por la suma total?, también tenemos (creo) que unos dos meses para cursar una reclamación, es posible hacerla? si es así, se podría gestionar y tramitar por alguien con tu competencia?, evidentemente tu mismo a ser posible?
Muchas gracias por la atención
Un saludo
Daniel Rodrigo Atienza
Hola Daniel,
habría que analizar primero toda la documentación que habéis recibido para que pueda estudiar el caso, luego está el problema de que no se en qué provincia estás, pero te podría mandar el recurso y lo presentas tú mismo en caso de que merezca la pena recurrirlo. Mándame un email a info@miasesorlaboral.es
Hola Javier,
mi marido es ciudadano comunitario y cotiza en la Seguridad Social Española desde hace 30 años. Yo soy extracomunitaria, residente permanente en España. Convivimos con mi marido desde el 2008 (no nos habíamos registrado como pareja de hecho nunca) y nos hemos casado en el 2015. Antes de casarme hablé con una abogada y ella me dijo que en el caso de fallecimiento de mi marido yo podría cobrar la pension de viudedad si en el momento de fallecimiento llevamos 1 año casados, independientemente de que si tengamos hijos o no. No tenemos hijos comunes, el tiene una hija de su anterior relación, una mujer con la que no estaba casado.
En este momento estoy haciendo tramites para la Nacionalidad Española y estoy preparando el test de Conociminetos Constitucionales y Socioculturales de España compuesto por Instituto Cervantes. La pregunta nº 5056 del test es: «A que prestación se puede optar cumpliendo estos requisitos: llevar un año o más casados antes del falleciiento y tener hijos comunes» y la respuesta correcta es «pension de viudedad». O sea que, ¿la abogada me informo mal? o bien ¿el Instituto Cervantes se equivoca con este tema? ¿Es necesario tener hijo comunes para cobrar esta pensión o no?
Agradecería mucho la respuesta. Un abrazo!! Alejandra
Hola Alejandra,
La ley dice que en caso de fallecimiento por enfermedad común se requiere que el cónyuge que sobrevive tiene que cumplir uno de estos requisitos para poder cobrar viudedad:
– o que existan hijos comunes
– o que el matrimonio se hubiera celebrado un año antes de fallecimiento.
Yo creo que en este caso se equivoca el Instituto Cervantes, según lo veo la pregunta correcta sería esta: ¿A qué prestación se puede optar en caso de muerte de uno de los cónyuges por enfermedad común, no sobrevenida tras el matrimonio, cumpliendo uno de estos requisitos: que éste se hubiera celebrado con un año de antelación como mínimo a la fecha del fallecimiento o, alternativamente, la existencia de hijos comunes? :)
Gracias Javier, ya me sonaba raro esto del Instituto :)
Hola escribí hace unos días y no recibí respuesta,soy viuda, ahora tengo pareja y me gustaría volver a casarme pero por problemas económicos no quisiera perder la pension, me han comentado unos amigos que si me caso en Argentina o cualquier otro país que lo permita tendría validez y no perderia la pension en España.
Me gustaría saber si es posible.
Gracias.
Hola Neste,
Déjeme que lo mire y vuelvo a editar este mismo comentario.Bueno, lo único que he podido averiguar es que contraer matrimonio, cualquiera de ellos, que tenga validez en España se pierde el derecho a viudedad, por ejemplo si uno se casa por el rito Zulú no se perdería la pensión, pero si fuera válido en España se perdería ese derecho.Hola Javier,
Llevo 11 años viviendo en España. Mi marido de 8 años (Español) con quien tengo dos hijos pequeños falleció el año pasado. Actualmente mis hijos y yo cobramos una pension de viudedad y huérfano del gobierno Español. Mi pregunta es: si vuelvo a vivir en mi país de origen (no comunitario), podemos seguir cobrando estas pensiones? Muchas gracias de antemano.
Hola, quería saber si una persona que está cobrando la pensión de viudedad y se casa otra vez, ¿se tiene que comunicar a la seguridad social que deje de pagarsela, o la S.S la deja de pagar automaticamente?
Hola Javier:
Tengo un par de dudas respecto a la pensión de viudedad y deseo plantearte.
Cuando haya habido separación legal y con posterioridad (p. ej. 10 años después) divorcio?
Cuál es la fecha que se ha de considerar a efectos de observar los requisitos temporales.
Por otro lado, tengo entendido que a partir del 1/1/2013 y para separaciones o divorcios acaecidos antes de 2008 se han de cumplir sólo los siguientes requisitos:
Tener 65 años ó más
Duración matrimonio no inferior a 15 años
No tener derecho a otra pensión pública.
Este último apartado significa que no puede tener ni una pensión de jubilación?
Agradecida
Hola Mª Ángeles,
Entiendo que la fecha que se toma en cuenta es la de la separación, y la pensión de jubilación es una pensión pública así que no podría cobrar jubilación tampoco, de todas formas voy a mirarlo a ver y vuelvo a editar este mensaje.
Javier, discúpeme mi insistencia, estoy desesperada por mi enfermedad y económicamente. Según lo expuesto en su texto, ¿tendría derecho a esa pensión de viudedad?
Reciba un enorme abrazo. Gracias.
Estimado Javier:
He leido en su página lo siguiente: ¿si me caso otra vez tengo derecho a la pensión de viudedad?
Este caso es interesante,puedes preguntarte ¿soy viuda, si me caso pierdo la pensión de viudedad? la regla general dice que si te casas otra vez pierdes la pensión de viudedad, pero como casi siempre en derecho hay excepciones y son estas:
Se podrá mantener la pensión de viudedad en el caso de que el pensionista contraiga nuevo matrimonio o pareja de hecho siempre que se acredite lo siguiente:
Ser mayor de 61 años o menor y tener reconocida una pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez o acreditar una discapacidad superior al 65%
Que la pensión de viudedad constituya la principal o única fuente de ingresos del pensionista. Y se considera tal cuando el importe de la pensión represente como mínimo el 75% del total de los ingresos en cómputo anual.
Tener el matrimonio o pareja de hecho unos ingresos anuales, incluida la pensión, que no superen en cómputo anual el doble del SMI (648,60 x 2= 1.297,2€)
Te puedes preguntar también: ¿tengo derecho a pensión de viudedad en caso de divorcio y nuevo matrimonio?, la respuesta es la misma, tanto para separados o divorciados si hay nuevo matrimonio, no se tiene derecho a viudedad como regla general, salvo el supuesto que acabo de comentar.
Mi pregunta es:
Soy divorciada de mi primer y segundo marido y actualmente no estoy casada ni en pareja de hecho.
Ha fallecido mi primer ex-marido con el que tengo un hijo en común de 29 años.
No he tenido pensión compensatoria de ninguno de los dos y me divorcié de mi segundo marido hace ya 13 años.
Tengo 51 años, desempleada de larga duración, sin ingresos de supervivencia y una discapacidad del 65%. ¿Puedo solicitar la pensión de viudedad de mi primer marido fallecido?
Gracias, un saludo.
Hola María Pilar,
Yo hablo siempre de supuestos generales según viene reflejado en la ley, pero como vemos la regla general es que un nuevo matrimonio no da derecho a viudedad y así me lo confirmó un funcionario del INSS, pero también es verdad y eso el funcionario no me lo dijo que si acreditas los requisitos de discapacidad, ingresos, etc, técnicamente también le correspondería cobrar la pensión, quizás lo mejor es solicitarla directamente o acudir al INSS a resolver la duda.
Buenos días Javier:
Le agradezco enormemente la labor que realiza, su respuesta me sirve de mucho, aún tengo esperanza. Acudiré al INSS. Un fuerte abrazo :)
Hola buenos dias Javier, mi pregunta es la siguiente: Mi marido trabaja en la construccion y tiene 40 años y un monton de años cotizados,yo tengo 39 años y me han detectado un cancer en la cabeza, no se cuanto tiempo me queda exactamente, tenemos una niña d 10 años. Mi marido podria seguir trabajando y cobrar la paga de viuded juntas? Y a mi hija le quedaria alguna paga? Gracias por todo
Hola Ana María,
Mucha fuerza!. Sí, la pensión de viudedad es compatible con la renta del trabajo y tu hija de 10 años podría cobrar pensión de orfandad.
Hola Javier, yo tengo la pensión maxima, es decir 2500€ brutos, Mi pareja como único ingreso tiene 400€ al mes con un trabajo de 2h al día. Si nos casaramos y yo falleciese, ¿le quedaría pensión de viudedad? ¿Cuanto aproximadamente?. Ya he visto que tendríamos que estar casados un mínimo de 12 meses antes del fallecimiento.
Muchas gracias por tu ayuda, un saludo.
Hola Fernando,
Lo primero de todo, ojalá vivas muchos años!, ambas partes tienen que cumplir una serie de requisitos. El porcentaje a cobrar es o el 52% o el 70%, dependiendo de si ella tiene o no ingresos suficientes, cargas familiares como explico en el artículo. Si el fallecido era pensionista de jubilación, se coge la misma base reguladora que sirvió para el cálculo de la pensión y se le aplica el porcentaje 52 – 70% que corresponda.
Saludos cordiales mi imquietud es la siguiente mi madre se ha quedado viuda de su esposo el cual era pensionista mi mama es minusvalida y no tiene trabajo y no tiene hijo en conjunto ella esta casada hace 5 años, pero la familia del conyuge de mi mama quiere que su mama la ex esposa quiere la parte que le corresponde por pension de viudedad, pero ella vive en una residencia y tiene 5 hijos mayores de edad que tienen como mantenerla a la vez en vida la señora repartio los bienes a su hijo el señor les cedio la mayor cantidad de bienes a la familia cual seria la proporcion que le corresponderia a mi mama, aparte los hijos del señor le han quitado el DNI del señor y estan tramitando por su cuenta el certificado de defunsion que debe hacer mi mama para que no se le quite su derecho a esa pension.
Hola Viviana,
En caso de que haya por ejemplo dos mujeres con derecho a viudedad por haber estado casadas con el fallecido, tienen derecho ambas a percibir la pensión, en proporción al tiempo que hayan convivido con él y en todo caso se guarda el 40% para la mujer superviviente, en este caso tu madre. No le pueden quitar nada, sino que el INSS hará el cálculo de lo que le corresponde a cada una.
Buenas tardes. Mi pregunta es la siguiente.
Mi madre ha fallecido hace dos semanas con 65 años y era ama de casa. Cuidaba de mi padre el cual cobra una no contributiva con minusvalía de un 86 por ciento. ¿Tiene mi padre derecho a pedir viudedad?
Mi madre trabajo once años cuando era una niña pero no sé si sería valido para poder pedir algo.
Llevaban 40 años juntos.
Gracias por tu atención.
Hola Ana,
En primer lugar mucho ánimo, en principio tu madre al no estar en alta o afiliada o asimilada (lo deduzco de lo que me cuentas) debería haber cotizado 15 años en toda su vida laboral, de todas formas puedes acudir a una oficina del INSS y que miren allí su expediente, le dirán si tiene derecho o no a pedir viudedad.
Hola Javier, buenos días.
Me gustaría plantearte mi caso. Estoy casada desde hace año y medio y tenemos un hijo de 4 meses. Actualmente no trabajo, y tengo algún depósito privativo por herencia que me ofrece algún rendimiento trimestral. Estoy opositando para ser funcionaria, si llegase a conseguir mi plaza y mi sueldo, si mi marido falleciera, tendría derecho a pensión de viudedad?? en total podría ganar al mes entorno a los 1.500 euros y calculo que el 52% de la base reguladora de mi marido sería esa misma cantidad… Muchas gracias de antemano. Un saludo.
Hola Marta,
En tu caso puedes acreditar tener hijos comunes y que el matrimonio se haya realizado 1 año antes de la fecha del fallecimiento como mínimo.., las rentas que tú puedas acreditar servirán para o bien cobrar el 52% o bien el 70 si son escasas, pero en principio parece que sí cumples los requisitos, faltaría por ver si él también cumple los requisitos.
hola javier me gustaria saver si tengo derecho a la pencion de viuded ?mi mujer cobra la pencion apsoluta de hases unos meses 626 con las minimas y a cotisado a lo largo de su vida 9 años y pico,me kedaria ami el 52 % de esos 626 euro ,o no tendria derecho por no aver cotisado los 15 años?yo cobro la incapasidad permanente y tenemo un hijo en casa menos 26 año en paro,llevamo casado 30 años
Hola, cobro una pensión de viudedad y quería saber si me caso fuera de España puedo seguir conservandola.
Hola Javier,
Me gustaría hacerte una pregunta mi cuñado con 44 años ha fallecido en estos días y queríamos saber si a su mujer con la que lleva casado 12 años y no han tenido hijos. Le corresponde una pensión de viudedad estando ella trabajando.
Hola Sara,
Si, en principio ella reúne el requisito de estar casada con 1 año de antelación al fallecimiento, sobre cuánto puede cobrar, pues ya dependerá de cómo falleció, es decir, si era por accidente o enfermedad común, si tenía cotizaciones suficientes o no, etc. Que ella esté trabajando y tenga ingresos puede significar que en vez de cobrar el 70% de la base reguladora de su exmarido, cobra el 52%
Hola buenos dias: mi pregunta es la siguiente,soy el marido de una persona desaparecida,hace un año,la hipotesis de la policia,es que se tiro al mar,el cuerpo no ha aparecido,cuando voy a poder cobrar viudedad
Hola Miguel,
Déjame que lo mire a ver,
y vuelvo a editar este mismo mensaje.. Según parece en los casos de desapariciones de personas, si es por accidente laboral o no, pero se haga presumible su muerte, si pasan 90 días sin noticias, se tendrá derecho a viudedad. En los demás casos, que no se accidente, es necesaria una declaración judicial de fallecimiento.Buena mi padre a fallecido y estamos arreglado la pensión para mi madre mi madre tienen pensión compesatoria y mi padre no se caso más nunca se pasaron 24 años casados el tenía más de 15 años cotizados por lo menos 35 y sus últimas nóminas son de 1.700 euros que se quedó parado días antes de fallecer mi pregunta es cuanto se le podía quedar de pensión?
Hola Clara,
En principio parece que cumple con los requisitos para poder cobrar la pensión de viudedad, pero el cálculo exacto lo hace el INSS teniendo en cuenta las bases de cotización de su padre y dependiendo si estaba en activo como parece el caso o si era por accidente laboral o no,teniendo todo esto en cuenta se hace el cálculo de diferente manera, y el porcentaje que se cobra será del 52 o del 70% según si su madre tiene responsabilidades familiares o no
Hola quisiera hacer una pregunta estoy casada hace 10 años, mi esposo tiene 62 años y recibe una pensión no contributiva hace 15 anos, si el llegará a fallecer yo tendría derecho a alguna pensión de viudedad? El solo tiene cotizados casi 12 anos nada más, que podría hacer para tener derecho? Muchas gracias
Hola Diana,
El requisito general es haber cotizado 15 años, mi consejo es que acuda a un centro CAISS de la Seguridad Social y ahí le pueden aconsejar más específicamente aportando todos los datos.
Hola Javier quisiera hacerte una pregunta aver mi padre murió hace 8 años y no pudimos cojer ni la paga de viudedad y la de orfandad porke mi padre sólo cotizó 13 años y medio la pregunta es si mi madre pagará el año y medio ke falta podría cobrarla??? Y si es así le darían todo lo atrasado gracias
Hola Esther,
En el caso de que a un trabajador le faltan días cotizados para acceder a determinada pensión puede suscribir un convenio especial con la Seguridad Social, pero tiene que ser la propia persona interesada no sus familiares, de todas formas voy a investigarlo y vuelvo a editar este mismo mensaje.
Buenos días Javier
Llevo conviviendo con mi pareja 26 años y empadronados en los mismos domicilios 22 años, tenemos dos hijos común, mi pregunta es, al no estar casados ni en pareja de hecho se puede acreditar con los empadronamientos y libro de familia que todo este tiempo hemos estado viviendo juntos?
Hola María,
la Ley exige que para poder cobrar viudedad estar casado / divorciado o separado, la última opción es ser pareja de hecho y para este caso es necesario estar inscrito en un registro específico existente o bien en la CCAA o municipio, en caso contrario casi con total probabilidad será denegada la viudedad aunque puedas acreditar haber convivido muchos años juntos.
Buenas tardes Javier:
El 10/03/2016 falleció mi padre, que era beneficiario de una pensión de jubilación por el importe mínimo. Mi madre también es jubilada y su pensión también es la mínima.
Me gustaría saber si el importe de su pensión de viudedad será el 52% de la base reguladora que se tuvo en cuenta para el cálculo de la de mi padre o al ser pensiones mínimas, el cálculo es distinto. Gracias!
Hola María josé,
Sí, la base reguladora que se toma como referencia para el cálculo de la pensión de viudedad es la misma que sirvió para determinar la pensión de incapacidad permanente, aplicándole el porcentaje que corresponda 52 o 70%
gracias javier entonces la base reguladora de mi esposo fue de 1250 euros de esa cantidad seria el 52% gracias
hola javier una pregunta mi esposo fallecido cobraba una pension IP de 1159 euros no tenemos cargas familiares yo tengo 48 años se que me quedara el 52% pero de que cantidad de 1159 o la cantidad que tomaron para la pension o me quedaria la pension minima por ser menor de 60 años gracias
Hola Juanma,
La base reguladora es la misma que sirvió a su esposo para cobrar la incapacidad permanente, solo que en vez del 55% IPT o 100% IPA, se le quedará el 52% o el 70% según si cumple con los requisitos. La cuantía para menores de 60 años es de 481,60€/mes
una pregunta una persona que ha fallecido y no ha cotizado el minimo el marido puede cobrar de viudo i tiene un menor un niño menor de edad ay alguna posibilidad de cobrar de viudo o otra paga
Hola jose Luis,
Si estaba en alta o en situación asimilada al alta debe haber cotizado 500 días en los últimos 5 años, en caso de no estar en alta ni asimilada, debe haber cotizado 15 años, como regla general. De todas formas puede pasarse por el INSS y que le orienten mejor ya que allí tienen el expediente del trabajador
PABLO GONZALEZ 19 DE MARZO 2016
JAVIER UNA PREGUNTA ,MI PAREJA FALLECIO EL 28 DE AGOSTO DE 2015 CONVIVIMOS DESDE EL 2006 HASTA EL DIA DE SU MUERTE Y YO HICE UNA DECLARATORIA DE UNION DE HECHO Y EN SENTENCIA SALIO A MI VAOR EL RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO DESDE EL 2006 HASTA 28 DE AGOSTO FECHA DE LA MUERTE DE MI PAREJA. PREGUNTO TENDRIA DERECHO A PEDIR LA PENSION DE VIUDEDAD, YA QUE ELLA TENIA RECONOCIDA PENSION DE IP ABSOLUTA.
GRACIAS.
Hola Pablo,
En principio yo diría que sí ya que puedes acreditar que eras pareja de hecho mediante un documento público (sentencia), con al menos 2 años de antelación al fallecimiento. Rellena la solicitud y cuando tengas resolución pásate por aquí y me comentas.
Buenas tardes Javier:
Supongo que mi caso es demasiado complicado para obtener respuesta alguna… Bueno, igualmente, gracias por «su interés».
Hola María Pilar,
No me acuerdo de su caso, me lo puede escribir otra vez. Gracias
Claro que sí Javier: Soy divorciada de mi primer y segundo marido y actualmente no estoy casada ni en pareja de hecho.
Ha fallecido mi primer ex-marido con el que tengo un hijo en común de 29 años.
No he tenido pensión compensatoria de ninguno de los dos y me divorcié de mi segundo marido hace ya 13 años.
Tengo 51 años, desempleada de larga duración y una discapacidad del 65%. ¿Puedo solicitar la pensión de viudedad de mi primer marido fallecido?
Gracias, un saludo.
Hola María Pilar,
No es posible ya que la separación/divorcio del primer marido no da derecho a viudedad, quien puede darle derecho a viudedad sería, en todo caso, el segundo matrimonio.
Gracias Javier, un saludo.
Javier una pregunta, como se repartiria la pension de viuedad en el sigueinte caso:
Mi madre estuvo casada por 5 anos con su esposo que fallecio recientemente. Su exesposa no tenia pension compensatoria de divorcio y tiene 69 anos. Ella tiene un hijo del fallecido y estuvo casada por mas de 10 anos. El fallecido dejo un testamento nombrando a mi madre como unica beneficiaria y excluyendo especificamente a su ex esposa.
La exesposa quiere cobrar ahora a pesar de que mi madre lleva 5 anos de casada con el fallecido. Estoy preocupado porque no me parece justo que la ex esposa reciba la mayoria de la segurida social y de la pension privada. Como funcionaria en este caso? El testamento tiene prioridad o como se repartiria la pension?
Gracias
Hola Andrés,
la ley dice que en el caso de que haya varios beneficiarios con derecho a pensión de viudedad, éste se reconocerá en proporción al tiempo vivido cada uno de ellos con el causante fallecido, garantizándose en todo caso el 40% a su madre, en este caso.
Hola mi caso es el siguiente mi hermano fallecio y vivio por cuatro años con su pareja, pero a los dos meses de fallecido el mismo, ya ella esta con una nueva pareja aun asi puede recibir este beneficio…muchas gracias
Hola Yhojana,
Normalmente la pensión de viudedad se extingue si se produce un nuevo matrimonio o pareja de hecho, pero me imagino que «ella no va a ser tan tonta» de casarse y perder esa pensión ..
Buenos días Javier: Soy divorciada de mi primer y segundo marido y actualmente no estoy casada ni en pareja de hecho.
Ha fallecido mi primer ex-marido con el que tengo un hijo en común de 29 años.
No he tenido pensión compensatoria de ninguno de los dos.
Tengo 51 años, desempleada de larga duración y una discapacidad del 65%. ¿Puedo solicitar la pensión de viudedad de mi primer marido fallecido?
Gracias, un saludo.
Buenos dias Javier mi pregunta es mi madre cobra pension de viudedad pero el 60% por que el 40 restante es de la segunda esposa de mi padre son 381.60€ en noviembre de 2015 se compro un coche y le dieron el plan pive ¿ tiene que declarar a hacienda el plan pive?
Hola Eva,
Lo de declarar a hacienda es más un tema fiscal que yo desconozco, lo que si te puedo decir, es que por tener un coche no le van a quitar nada de la pensión, salvo que tuviera reconocido un complemento a mínimos y ahora resulte que supera los ingresos mínimos y como consecuencia le quiten ese complemento.
hola cobro 1200 eros mensuales incluidas las pagas durante 9 meses al año el resto voy al paro y cobro 700 eros por mes (3 meses), cobro una pensión de viudedad de 350 euros pero cada año me baja más porque dice q cobro mucho por mi trabajo. No tengo hijos a mi cargo pero tengo que pagar alquiler y vivir es compatible las rentas del trabajo con la de viudedad? Porque cada año me bajan la de viudedad hasta 200 euros por mes?Voy a la SS y no me informan bien donde puedo ir a informarme?
Hola Rafael,
Las rentas del trabajo son compatibles con la pensión de viudedad, así que si le han quitado dinero de la pensión, lo único que se me ocurre es que le han eliminado el complemento a mínimos por tener más ingresos, de todas formas a principios de año a todos los pensionistas les mandan una carta en donde se detalla su pensión y ahí debería explicar su situación y el porqué de esa bajada de 200€
Buenas tardes: Yo cobro una pensión de jubilación de autónomos de 603 euros mensuales de cuantía, mi marido acaba de fallecer el mes pasado y él era jubilado del Regimen General,¿tengo derecho a la pensión de viudedad?
Gracias.
Buenos días: Soy divorciada de mi primer y segundo marido y actualmente no estoy casada ni en pareja de hecho.
Ha fallecido mi primer ex-marido con el que tengo un hijo en común de 29 años.
No he tenido pensión compensatoria de ninguno de los dos.
Tengo 51 años, desempleada de larga duración y una discapacidad del 65%. ¿Puedo solicitar la pensión de viudedad de mi primer marido fallecido?
Gracias.
Buenos dias Javier mi pregunta es mi madre cobra pension de viudedad pero el 60% por que el 40 restante es de la segunda esposa de mi padre son 381.60€ en noviembre de 2015 se compro un coche y le dieron el plan pive ¿ tiene que declarar a hacienda el plan pive?
Mi padre falleció cobrando una pregubilacio por enfermedad de 600 y pico mi madre es menor de 60 y sin cargas familiares es normal que le quede una viuded de 50 €?
Hola Tomás,
Pues depende porque faltan muchos datos, te aconsejaría que acudieras al INSS y allí que tienen todos los datos te den una explicación razonable
ES SOBRE LA VIUDADES DE MI SUEGRA
pregunta Carlos
HOLA JAVIER,QUISIERA ACERTE UNA PREGUNTA
hola
Hola Juan Carlos,
Si mañana mismo mi compañera y yo nos declaramos pareja de hecho ante notario, ¿cuánto tiempo deberá transcurrir para que en caso de mi fallecimiento ella pueda cobrar?
Gracias por tu amabilidad. Saludos.
Hola Enrique,
Lo que la ley dice es que debes inscribirte como pareja de hecho en un registro público en CCAA, ayuntamiento o documento público, si existe la posibilidad te aconsejaría que te inscribieras en un registro de tu Ayuntamiento o Comunidad Autónoma, preferiblemente. Y sobre el plazo tienen que transcurrir 2 años.
Pero además tiene que haber convivencia estable e interrumpida de 5 años.
Saludos
Hola soy una mujer Bulgaria. Mi marido tiene trabajando en España 9 años i en Bulgaria 9 años. Falesio en 16.09.2013. Tengo derecho para pension de viudedad en España si estoy trabajando en Bulgaria. Gracias.
Hola Kalinka,
En principio no veo inconveniente, deberéis estar casados con anterioridad al fallecimiento, o que existan hijos comunes, que su marido acredite 500 días cotizados en los 5 años anteriores al fallecimiento. De todas formas deberías preguntar en un Centro de Atención e Información a la Seguridad Social, donde seguro que con todos los datos tuyos y de tu marido te dan una respuesta más exacta.
Saludos
Hola soy pensionista por viudedad en Espana. Puedo ir a trabajar en Bulgaria sin perder pencion i es necessarily visas en seguridad social quie voy a vivir I trabajar en Bulgaria. Gracias I buen dia.
gracias por la respuesta,me referia a una paga que cobraba mi madre ademas de la paga de viuda,que era compatible con la de viudedad,por invalidez creo que se llamaba.
Si, la viudedad es compatible con la incapacidad permanente (invalidez).
Hola javier me gustaria preguntarte si mi abuela que cobra una pension de viuda no contributiva y otra de dependencia,podria cobrar otra pequeña paga de pension por enfermedad,gracia por la atencion.
Hola Juan Carlos,
El problema es: ¿qué paga es esa que pretende cobrar?, ya que no trabaja, y es una persona dependiente.
Saludos
Hola Javier mi pregunta es la siguiente mi hermana es autónomo familiar y estuvo de baja por maternidad cobrando los 100 euros mensuales ahora hacienda le manda una carta diciendo que por ser autónomo familiar no le corresponde y que lo tiene que devolver es así ?
Hola Eva,
100€/mes por maternidad, ¿seguro que te refieres a maternidad?, los autónomos tienen el derecho a cobrar la maternidad al igual que los trabajadores asalariados
Hola,Javier,mi pregunta es si enviudas a los 11 meses de haberte casado,te pertenece pensión,la defunción seria por accidente de trafico
Hola María del Carmen,
En principio si no se acredita los 12 meses de casados, es necesario haber convivido como pareja de hecho con el fallecido, de modo que sumando el tiempo de pareja de hecho y casado se superen los dos años.
Saludos
Hola Javier si quien recibe la viudedad tiene deuda con INSS puede ser denegada y la orfandad de una niña de 8 años en comun????
Hola María,
Lo normal es que se compense la deuda hasta que se satisfaga totalmente, pero no puede ser denegada.
Hola,yo quería saber si después de 11 años separada legalmente y 21 año casada,puedo cobrar la viudez,al separarme renuncie a la paga compensatoria,Mi ex marido murió hace tres meses ,y durante el último año le cuide yo..gracias
Hola Cati,
La regla general dice que para cobrar la pensión de viudedad estando separada legalmente hace falta ser acreedora de pensión compensatoria, pero hay algunas excepciones, por ejemplo si acreditas la separación antes del 1.1.2008 tendrías que reunir estos requisitos:
-Entre la fecha del divorcio o separación judicial y la fecha del fallecimiento del causante, no hayan transcurrido más de 10 años
-El vínculo matrimonial haya tenido una duración mínima de 10 años
-Además, se cumpla alguna de las condiciones siguientes: o la existencia de hijos comunes del matrimonio; o que el beneficiario tenga una edad superior a los 50 años en la fecha del fallecimiento del causante.
De todas formas la mejor manera de saber si se tiene derecho o no es presentando la correspondiente solicitud.
Saludos
Hola tengo 58 años.
Cobro una pensión de viudedad,de 518 euros
El 52%. Yo estoy cotizando por el régimen
de autónomos,convenio especial.
Tengo cotizados 20 años entre régimen general,y autónomos..
Me gustaría saber,si me interesa seguir cotizando hasta la jubilación, porque al ser viuda igual me rebajan mucho mi jubilación.
Y a lo mejor no me interesa seguir cotizando
Gracias…Saludos.
Hola Pepi,
Depende de cuánto estés cotizando por autónomos entre otras cosas, pero lo mejor es que utilices la autocalculadora de la pensión de jubilación de la Seguridad Social, así podrás ver cuánto cobrarías si sigues cotizando y una vez llegada la edad de jubilación. Autocalculadora
Saludos
Hola soy monica hace algo mas de 6 meses mi marido fallecio tengo 4 hijos dos eran de el los mayores son de otro matrimmonio anterior, bien me dan la orfandad de los niños pequeños y a mi el 52% me estubieron pagando el 70 despues de variar reclamaciones yo no tengo ningun otro ingreso de nada solo la pension de alimentos de mis hijos mayores que eso me dijeron que no contaba para el 70% es decir que cuando reclame me dijeron que si no trabajaba y no cobraba nada porque las pensiones no contaban ninguna que me tendrian que dar el 70% pero ahora me la han quitado cobro el 52%. mi pregunta es si mis pensiones cuentan o no para poder solicittar el 70% ? gracias
Hola Mónica,
Sería bueno saber exactamente porqué en un principio le dan el 70% y luego le rebajan al 52%. (Le habrán mandado una carta explicándoselo) Para cobrar el 70% hace falta: 1) tener cargas familiares, 2) que la pensión sea la principal fuente de ingresos, es decir, que suponga más del 50% de los ingresos del pensionista,3) que los ingresos suyos anuales no superen los 17.371€/año.
Saludos
Hola tengo 42 años cobro una paga de viudedad de 480 tengo una niña pero no es del difunto la he tenido después mi hija y yo vivimos con mi padre y de mi padre desde hace 6 años cuando el muera tengo derecho a su paga por el hecho de estar cuidandolo y no poder trabajar gracias
Hola Sandra,
Por el hecho de cuidar a una persona dependiente, si es el caso de su padre, es muy posible que su Comunidad Autónoma conceda alguna ayuda y no esperar a que él fallezca, pero para eso habría que acudir a los organismos oficiales de su comunidad y preguntar allí.
Saludos
Hola Javi, al leer tu artículo me ha sorprendido la referencia a los matrimonios de conveniencia. Según apuntas, la enfermedad grave podría ser considerada indicio de matrimonio de conveniencia en caso de que el enfermo viva durante 1 año (lo justo, además, para que el cónyuge extranjero pueda acceder a la nacionalidad española).
El caso ejemplificativo que se se nos presentaría sería el siguiente: Español enfermo grave se casa con extranjero a cambio de una buena cantidad de dinero (más de la normal, imagino) para que al fallecer pueda cobrar la pensión de viudedad.
¿Qué opinas? Estoy haciendo un trabajo sobre esto y la verdad es que la idea que has mencionado me parece muy buena.
Muchas gracias, saludos!!
Hola Sandra,
Pues este caso está así fijado por ley para evitar este tipo de matrimonios, y es posible que incluso le concedan la pensión de viudedad y luego le revisen el expediente porque no reunía los requisitos para cobrar la prestación. Este fraude se evita o bien teniendo hijos, o bien si fallece antes de 1 año de casados, acreditando un periodo de convivencia en total de 2 años. Y siempre hablamos de enfermedad antes del matrimonio, porque si por desgracia uno de los cónyuges cae enfermo después de casarse pues en principio no habría problema. Pero en fin, los juzgados están llenos de este tipo de ‘apaños’, y cada vez se mira más con lupa por parte del INSS este tipo de situaciones.
Mucha suerte con tu trabajo
Si estoy casada con una persona divorciada llevo casada 20 años una vez si fallece mi marido la pensión de viudedad como se reparte el tiene hijos mayores de edad
Hola María,
Si hay varias personas beneficiarias se reparte la pensión según el tiempo vivido con el fallecido, reservando en todo caso el 40% para el cónyuge actual o pareja de hecho.
si me caso con el padre de mis hijos, que está muy enfermo, tengo derecho a una pensión de viudedad
Hola Asun,
Como explico en el artículo, si te casas con él y existen hijos comunes tienes derecho a viudedad.
Saludos
hola buenas tardes,le comento mi caso,mi padre falleció hace unos meses y mi madre solicitó la pensión,el problema es que no estaban casados legalmente.Pero tienen 4 hijos en común y vivieron juntos 34 años.Sabe si podrá cobrala?Gracias.
Hola Ángel,
Si no estaban casados, ni divorciados o separados al fallecer su padre, la única opción legal es que estuvieran unidos como pareja de hecho e inscritos como tal en algún registro público de la Comunidad Autónoma, o Ayuntamiento, o en documento público.
Saludos
Hola, Javier.
Soy funcionario y mi mujer es autónoma y tiene más ingresos que yo. En el caso de que yo falleciera, ¿tendría ella derecho a la pensión de viudedad ? ¿O tendría que darse de baja como autónoma para poder cobrar dicha pensión?
Muchas gracias
Hola Serxin,
Sí, y por ley se garantizan unas pensiones mínimas según los ingresos y si hay cargas familiares, así que ella cobrará más o menos según lo que tú hayas cotizado y también si ella tiene o no rendimientos del trabajo, pero no tiene que darse de baja como autónoma.
Saludos
Buenos días Javier,
Tengo una familiar, mi tía, que empezó a cobrar en setiembre la pension de viudedad y tiene un niño a cargo (4 años) que cobra su pensión de orfandad. Les reconocieron a ambos estas cantidades: Viudedad = 984 ; Orfandad = 281. El caso es que ella no trabaja y no tiene rentas, pero les ha llegado una carta diciendo que le minoran la pension de viudedad al 52% de la base reguladora. Pasara a cobrar el minimo, 730 € mes. No lo entiendo, tampoco entiendo el motivo de la carta: al superar las pensiones el 75% del smi pasa al 52% de la base reguladora. Tienen en cuenta la pension para calcular el %?? Puede pasar del 70 al 52 solo por esto. Los demás requisitos los cumple. Estoy un poco sorprendido.
Muchas gracias de antemano por tu profesionalidad,
Saludos
Hola Julio,
La ley dice que se tienen en cuenta TODAS las rentas de la unidad familiar, y en ésta se incluyen también la de los los menores acogidos. De forma que no pueden ser superior al 75% SMI (6.810,3€), en caso contrario automáticamente se pierde el derecho a cobrar el 70% y se pasa al 52%
Saludos
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente:
Mi padre fallecio hace mas de 20 años y cotizo muy poco tiempo a la Seguridad Social en España (Unos dos años), y algo menos de tres en Alemania hasta que dejo de trabajar por enfermedad y regreso a España. Actualmente mi madre tiene 88 años y cobra 630€ como pension de su jubilacion que empezo a cobrar coincidiendo con el fallecimiento de mi padre.
Pregunto: podria haber cobrado tambien pension por viudedad, en caso afirmativo, se puede aun reclamar.
Gracias anticipadas.
Hola Miguel,
Depende de si reunía los requisitos o no: si estaba en alta o asimilada al alta debía tener cotizados 500 días en los 5 años anteriores al fallecimiento, y si no estaba en alta 15 años de cotización en total. Ambas pensiones, jubilación y viudedad son compatibles, pero lo mejor es que te pases por una oficina de la Seguridad Social y preguntes, sobre todo por el tema de las cotizaciones en Alemania.
Saludos
Buenas tardes, mi pregunta es la siguente mi padre a dejado la herencia a sus tres hijos y a su actual mujer el usufructo de todo su legado, con mi madre su primera esposa tambien tenia bienes en comun que no estaban liquidados de los ganaciales si nosotros renunciamos a la herencia todos, para quien seria esa parte?
Muchisimas gracias. Saludos
Hola javier,
En primer lugar darte las gracias por esta pagina y por tu buena voluntad de resolver nuestras dudas. Mi prima esta cobrando la pension desde 2010 pero lleva viviendo en eeuu desde hace 3 años. Mi pregunta es q si ella vuelve a españa y lo supieran que lleva mucho tiempo viviendo fuera, pudiera dejar de cobrarla? Gracias.
Hola David,
Yo entiendo que no, además entre las causas de extinción de la pensión de viudedad no está la de vivir o haber vivido en el extranjero.
Saludos
Hola Javier. Antes de nada agradecerte esta página y tu voluntad de ayudar a los que no estamos puestos en estos temas.
Mi caso es el siguiente: Mi madre enviudó en 1978, entonces no cotizaba y a raíz de la muerte de mi padre empezó a cotizar en régimen de autónomo hasta su retiro. La verdad es que hasta la fecha no me había preocupado demasiado por las prestaciones que recibía, pero a raíz de un infarto cerebral que sufrió hace unos meses estoy tramitando una ayuda por dependencia y me he encontrado con que mi madre (80 años) recibe estas prestaciones:
469,44 €. concepto seguridad social (deduzco que es el «retiro»)
242,62 €. concepto INSS/ISM (deduzco que es la viudedad)
¿Es posible una viudedad tan baja?
Saludos y gracias de antemano.
Hola Bartomeu,
Es posible que la suma de ambas pensiones den como resultado una cuantía superior al mínimo permitido, y por eso se minora una de las dos. De todas formas en el propio INSS pueden explicarte mejor el cálculo realizado, ya que allí tienen el expediente delante.
Saludos
hola. es para saber si hay alguna modificacion en cuanto a la edad (ahora la mujer debe tener 60 años y el hombre 65) para tener beneficio de la pensión. o si no hay modificacion gracias….
Hola Isabel,
Para ser beneficiario de la pensión de viudedad no se exige requisito de edad, como regla general, salvo que estuvierais divorciados o separados pero desconozco si este es tu caso o no, habría que mirarlo en detalle.
Saludos
Hola Javier yo también tengo una pregunta.Estube conviviendo con una persona 13anos acreditado con certificado de empadronamiento teniendo también cuenta bancaria común y después de 13 natos mi pareja a fallecido..en un accidente de tráfico.Tenemos un hijo en común que se le a reconocido la pensión de orfanda sin embargo a mi no.Me puede ayudar en algo?Gracias .Un saludo
Hola,
Tendría que ver la resolución por la que se te deniega la pensión, algún fallo tiene que haber porque cumples los requisitos.
Saludos
Hola ,a mi suegro lo han dado la absoluta por enfermedad ,le ha quedado 782,35€ mi suegra tiene 58 años cuando si se quedara viuda cuanto le quedaría, gracias.
Hola Chari,
Es el 52% de la base reguladora de la incapacidad permanente o el 70% según has podido leer en el artículo más las revalorizaciones que correspondan.
Saludos
Muchisimas gracias por respuesta muy amable un saludo
Buenas tardes,me gustaría saber si mi madre tendría derecho a la pensión de viudedad de mi padre te explico ellos están divorciados desde noviembre de 2007 después de 30 años de matrimonio pero mi padre se caso en el año 2010, mi madre tiene pensión compensatoria por el juez, en estos momentos mi padre esta en fase terminal por tumor cerebral tiene invalidez permanente,espero me aclare si tendría derecho o no muchas gracias y un saludo
Hola mari Carmen,
En este artículo explico si se tiene derecho a viudedad en caso de separación o divorcio. En principio si tu padre reúne los requisitos de cotización y demás y tu madre no se ha casado ni constituido pareja de hecho tendrá derecho cuando fallezca tu padre. Saludos
Hola Javier, buenas tardes. Quiero hacerte una pregunta concreta. ¿Tendrá derecho a la pensión de viudedad una persona que tiene a su marido cobrando una pensión permanente absoluta desde el año 2010?. Su matrimonio data del año 1993. Si tiene derecho a la pensión, ¿las bases reguladoras serán las mismas que se utilizaron para calcular la absoluta?
Gracias y un saludo.
Hola Víctor,
Si fallece la persona que estaba cobrando la IP Absoluta sí, ya que está dentro de los supuestos que contempla la ley, y la base reguladora es la misma que sirvió de base para el cálculo de la IP
Saludos